BOLETÍN Nº 118 - 2 de junio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 152/2020, de 25 de mayo, del Director General de Educación, por la que se modifica la Resolución 76/2020, de 12 de marzo, que convoca en el año 2020 la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, prevé en su artículo 54 el acceso a las enseñanzas artísticas superiores de aquellos/as aspirantes que, careciendo de los requisitos académicos, superen una prueba de acceso regulada por las administraciones educativas.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, establece en su artículo 7 “Flexibilización de las medidas en el ámbito educativo no universitario y de la formación”, lo siguiente:

“Durante el periodo de vigencia de esta prórroga, y en el supuesto de que se acuerde la progresión a fase II o posterior en un determinado ámbito territorial con arreglo a lo previsto por el artículo 3.1, las administraciones educativas podrán disponer la flexibilización de las medidas de contención y la reanudación de las actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario y de la formación, correspondiéndoles asimismo la ejecución de dichas medidas.

Durante este periodo podrán mantenerse las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y «on line», siempre que resulte posible y aunque no fuera esta la modalidad prestacional educativa establecida como forma específica de enseñanza en los centros.”

En consecuencia, la Orden Foral 48/2020, de 25 de mayo, del Consejero de Educación, dispone la flexibilización de las medidas de contención y la reanudación de determinadas actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario para el curso 2019/2020 y en concreto autoriza la realización de pruebas de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores.

Así mismo, la Resolución 76/2020, de 12 de marzo, del Director General de Educación, convoca en el año 2020 la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores. La citada Resolución fue tramitada con anterioridad a la entrada en vigor Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La regulación de la convocatoria de Prueba de Madurez para el acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores posibilita que la ciudadanía que no cumple con los requisitos establecidos en la normativa pueda acceder a las Enseñanzas Artísticas Superiores mediante la superación de una prueba de acceso convocada por las Administraciones educativas; por ello se considera esencial para la protección del interés general y básico para el funcionamiento del servicio público educativo.

De igual forma la Resolución conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y de la Secretaría General de Formación Profesional sobre el inicio y la continuación de los procedimientos de admisión, pruebas de acceso y para la obtención de títulos académicos y matriculación de alumnado de los centros sostenidos con fondos públicos de la enseñanza no universitaria resuelve la continuación de los procedimientos de las Administraciones Educativas competentes correspondientes a las pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas por resultar indispensables para la protección del interés general y el funcionamiento adecuado del servicio público educativo.

El Director del Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas presenta informe favorable para que se dicte una resolución que modifique la Resolución 76/2020, de 12 de marzo, afectando al calendario y determinados aspectos de desarrollo y gestión de la convocatoria en el año 2020 de la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores.

En virtud de las facultades atribuidas por el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Modificar la Resolución 76/2020, de 12 de marzo, del Director General de Educación, por la que se convoca en el año 2020 la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores, conforme a lo dispuesto en el anexo de esta resolución.

2.º Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Contra la presente Resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

4.º Trasladar la presente Resolución y su Anexo al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Ordenación, Formación y Calidad, al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia, al Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional y al Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas, a la Sección de Ordenación Académica, a la Sección de Inclusión, a la Sección de Planificación, Ordenación y Desarrollo de Formación Profesional, a la Sección de Gestión Jurídico-Administrativa, a la Sección de Enseñanzas Artísticas, al Negociado de Escolarización, al Negociado de Orientación y al Negociado de Gestión de la Información Escolar a los efectos oportunos.

Pamplona, 25 de mayo de 2020.–El Director General de Educación, Gil Sevillano González.

ANEXO

Modificación de la Resolución 76/2020, de 14 de marzo,
por la que se convoca en el año 2020 la prueba de madurez
para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores

1. Modificación del texto de la base 1.10 del anexo I de la Resolución 76/2020, de 14 de marzo, que queda redactada de la siguiente manera:

La documentación a presentar por las personas que soliciten adaptaciones para la realización de la prueba es la siguiente:

a) Adaptaciones para la realización de la prueba por discapacidad. La condición de discapacidad se acredita con alguno de los siguientes documentos, que habrá que aportar junto a la solicitud de inscripción a la prueba de madurez:

–Resolución o certificado expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.

–Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social o del Ministerio de Defensa.

–Tarjeta emitida por la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas del Departamento de Derechos Sociales del Gobierno de Navarra, en la que se reconozca el grado de discapacidad, junto con un documento identificativo válido.

b) Adaptaciones para la realización de la prueba por necesidades específicas de apoyo educativo debido a dificultades específicas de aprendizaje y trastornos por déficit de atención e hiperactividad, y debido a necesidades educativas especiales. Esta condición de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se justifica mediante el documento de acreditación de la condición de alumnado de necesidades específicas de apoyo educativo, firmado por la orientadora o el orientador del centro en el que ha cursado sus estudios de enseñanzas obligatorias o postobligatorias, conforme al modelo que figura en el Anexo VI de la Resolución 76/2020, de 14 de marzo, por la que se convoca en el año 2020 la prueba de madurez para el acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores, que habrá que adjuntar a la solicitud de inscripción a la prueba de madurez. Este documento incluirá el tipo de adaptación que se precisa.”

2. Modificación del texto de la base 3.1 del anexo I de la Resolución 76/2020, de 14 de marzo, que queda redactada de la siguiente manera:

El plazo de inscripción a la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores será entre los días 1 y 5 de junio de 2020, ambos inclusive.

3. Modificación del texto de la base 4.1.b) del anexo I de la Resolución 76/2020, de 14 de marzo, adicionando un tercer guión en este apartado con la siguiente redacción:

Documento de acreditación de la condición de alumnado de necesidades específicas de apoyo educativo, con indicación de la adaptación que se precisa, conforme al modelo que figura en el punto 10 de este anexo.

4. Modificación del texto de la base 4.2 del anexo I de la Resolución 76/2020, de 14 de marzo, que queda redactada de la siguiente manera:

La Sección de Enseñanzas Artísticas enviará al tribunal coordinador de las pruebas, antes del 15 de junio de 2020:

–Las solicitudes de exención de la prueba por acreditar haber superado la parte común de las pruebas de acceso a ciclos formativos, de cualquiera de las cuatro modalidades de prueba, en alguna de las convocatorias celebradas en la Comunidad Foral de Navarra desde el año 2008 a 2018 ambos inclusive.

–Las solicitudes de exención de la prueba por acreditar haber superado la parte común de las pruebas de acceso a ciclos formativos de las modalidades de Humanidades y Artes del año 2019.

5. Modificación del texto de la base 5 del anexo I de la Resolución 76/2020, de 14 de marzo, que queda redactada de la siguiente manera:

5.–Relación de admitidos y excluidos.

5.1. Las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación de los motivos de exclusión, se publicarán por la Sección de Enseñanzas Artísticas el día 12 de junio de 2020 en la web del Departamento de Educación y en el catálogo de trámites del Gobierno de Navarra.

Asimismo, en dichas listas se indicará la resolución de las adaptaciones de la prueba solicitadas por las personas aspirantes, así como la resolución de las exenciones solicitadas.

5.2. Se podrán interponer reclamaciones entre los días 15 y 17 de junio de 2020, ambos inclusive, en los lugares recogidos en la base 3 de este Anexo, según modelo del Anexo IV:

–Las reclamaciones referentes a la admisión/exclusión, se dirigirán a la Sección de Enseñanzas Artísticas.

–Las reclamaciones referentes a las solicitudes de adaptaciones se dirigirán al presidente del tribunal coordinador de las pruebas.

5.3. Una vez resueltas las reclamaciones, las listas definitivas de personas admitidas y no admitidas se publicarán el día 19 de junio de 2020 en la web del Departamento de Educación y en el catálogo de trámites del Gobierno de Navarra.

En dichas listas se indicará la resolución de las adaptaciones de la prueba que correspondan a los/las aspirantes y la correspondiente a la exención de la prueba de madurez. Asimismo, en dichas listas figurará la distribución de las personas aspirantes por tribunales y el centro de realización de la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores.

6. Modificación del texto de la base 8 del anexo I de la Resolución 76/2020, de 14 de marzo, que queda redactada de la siguiente manera:

8.–Calendario de realización de la prueba.

8.1. La prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores tendrá lugar el día 23 de junio de 2020 en los centros y horario indicados en el Anexo V.

8.2. Al llamamiento para la realización de la prueba se deberá acudir con el Documento Nacional de Identidad, el pasaporte, un documento de viaje que acredite la identidad, el visado o la Tarjeta de Identidad de Extranjero, así como con el material necesario para realizar los ejercicios. Quien no se presente provisto de la documentación acreditativa de su identidad no podrá realizar la prueba. Así mismo se deberá acudir adoptando las medidas que disponga en esa fecha la autoridad sanitaria.

8.3. Los ejercicios de la prueba de madurez se realizarán según se detalla a continuación:

PRUEBA

DÍA Y HORA DE LLAMAMIENTO

MATERIA

DURACIÓN DEL

EJERCICIO

Prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores

23 de junio a las 10 horas

Lengua Castellana o Lengua vasca

Se reparten los tres exámenes y el alumnado tiene el siguiente tiempo para resolverlos:

2 horas si se realiza el examen de Historia de España

Historia de España o Historia del Arte

Lengua Extranjera (Inglés o Francés)

8.4. Centros habilitados para la realización de la prueba: los centros de realización se publicarán el día 19 de junio, atendiendo a las recomendaciones dadas por las autoridades sanitarias, en particular las referidas al parámetro de movilidad. Se podrán consultar en la Ficha de Trámites “Prueba de madurez para las enseñanzas artísticas superiores” del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección: http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/8520/Prueba-de-madurez-para-las-ensenanzas-artisticas-superiores-2020

8.5. Los/las aspirantes que no se presenten a realizar alguno de los ejercicios serán considerados como “no presentados” a dicho ejercicio o ejercicios y la nota que figurará en dichos ejercicios será de 0 puntos, a los efectos del cálculo de la nota media cuando así proceda.

7. Modificación del texto de la base 9.1 del anexo I de la Resolución 76/2020, de 14 de marzo, que queda redactada de la siguiente manera:

9.1. Los resultados se publicarán en el centro de realización de la prueba y en la web del Departamento de Educación y en el catálogo de trámites del Gobierno de Navarra en las fechas que se indican a continuación:

Resultados provisionales

26 de junio de 2020

Reclamaciones

Del 26 de junio al 30 de junio de 2020 (hasta las 14:00 horas), ambos inclusive

Resultados definitivos

2 de julio de 2020

8. Modificación del texto de la base 10.2 del anexo I de la Resolución 76/2020, de 14 de marzo, que queda redactada de la siguiente manera:

El certificado señalado de superación de la prueba de madurez podrá ser retirado por las personas interesadas, en la Sección de Enseñanzas Artísticas del Departamento de Educación, a partir del 3 de julio de 2020.

9. Modificación del anexo V de la Resolución 76/2020, de 14 de marzo, que queda redactado de la siguiente manera:

Centros habilitados para la realización de la prueba: los centros de realización se publicarán el día 19 de junio, atendiendo a las recomendaciones dadas por las autoridades sanitarias, en particular las referidas al parámetro de movilidad. Se podrán consultar en la Ficha de Trámites “Prueba de madurez para las enseñanzas artísticas superiores” del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección: http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/8520/Prueba-de-madurez-para-las-ensenanzas-artisticas-superiores-2020

10. Modificación del anexo VI de la Resolución 76/2020, de 14 de marzo, que queda redactado de la siguiente manera:

ANEXO VI

Acceso a las enseñanzas artísticas superiores (PDF).

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