BOLETÍN Nº 118 - 2 de junio de 2020

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

LUMBIER

Inicio de expediente de incumplimiento de deberes urbanísticos, edificio de calle Santa María 6

Ante la imposibilidad de comunicación a los herederos de doña María Cruz Pérez Ibáñez, titular –según el catastro municipal– del edificio situado en calle San María número 6 de Lumbier, de la Resolución de Alcaldía número 66/2020, de 25 de mayo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se pone en conocimiento de los titulares de los derechos reales sobre mencionada finca de la citada Resolución, cuya parte dispositiva se trascribe a continuación:

“Primero.–Incoar a la propiedad del inmueble sito en la parcela 150 del polígono 4, calle Santa María número 6 de Lumbier, herederos de doña M.ª Cruz Pérez Ibáñez, expediente para la declaración del incumplimiento de deberes urbanísticos por inobservancia de los deberes de conservación y mantenimiento de inmuebles, que podrá dar lugar, de conformidad con lo previsto en el artículo 121.7.e) del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de ordenación del territorio y urbanismo, a la expropiación de la finca.

Segundo.–De conformidad con el artículo 128 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de ordenación del territorio y urbanismo, donde se establece el procedimiento previo a la expropiación por incumplimiento de deberes urbanísticos, se notifica al propietario, el incumplimiento de los deberes urbanísticos para que concurra, otorgándoles un plazo de quince días para formular alegaciones.

Tercero.–Advertir que transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior sin que se hayan cumplimentado las condiciones de subsanación, se iniciará el correspondiente expediente expropiatorio por inobservancia de los deberes legales de conservación y mantenimiento de inmuebles.

Cuarto.–Notificar la presente Resolución a los titulares catastrales con arreglo a lo dispuesto en el artículo 44 LPACAP (Ley 39/2015), a los propietarios de los inmuebles colindantes con el denunciado y publicarla en el Tablón Edictal Único del BOE, en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Quinto.–Dar cuenta de ésta Resolución en la próxima sesión ordinaria que el Pleno celebre.

Sexto.–Advertir que contra dicha Resolución cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.”

Lumbier, 25 de mayo de 2020.–La Alcaldesa, Rocío Monclús Manjón.

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