BOLETÍN Nº 90 - 10 de mayo de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 472E/2019, de 27 de marzo, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo, y se modifican sus bases reguladoras aprobadas por la Resolución 502/2018, de 25 de abril. Identificación BDNS: 441759.

De acuerdo con lo establecido en los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, aprobados por el Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, constituye la finalidad del mismo la planificación, ejecución y control de las políticas de empleo, consensuadas con los agentes sociales, mediante la gestión coordinada de los servicios y programas que se establezcan en relación con la promoción del empleo, la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado de trabajo, la colocación, la intermediación, orientación y formación para el empleo y el análisis de las políticas y situación del empleo en Navarra, para lo que, entre otras funciones, financia, concede y gestiona diversas subvenciones relacionadas con la creación de empleo y la inserción laboral cuyas bases reguladoras han sido aprobadas con anterioridad al año 2019.

El artículo 30.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece que las convocatorias de subvenciones deberán llevar aparejada la autorización de gasto en los términos establecidos en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra. Procede, por ello, autorizar el gasto de las subvenciones a las Unidades de Apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo para el año 2019.

Por la Resolución 502/2018, de 25 de abril, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se aprobaron las bases de la mencionada convocatoria. Asimismo, procede modificar las bases reguladoras al objeto de corregir algunas disfunciones de gestión.

Las referidas bases reguladoras cumplen con lo dispuesto en el Capítulo I y en el artículo 34.2.b) del Reglamento (UE) 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y constituyen el fundamento jurídico de la concesión de estas subvenciones. Este régimen, cuya aplicación en 2019 deberá ser comunicada a la Comisión Europea, figura identificado como ayuda SA.51145 en su Registro de ayudas públicas.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,

RESUELVO:

1.º Autorizar un gasto de 600.000,00 euros con cargo a la Partida 950001 96100 4709 241109 “Ayudas a Centros Especiales de Empleo. FSE” del presupuesto de gastos de 2019, para la concesión de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo, cuyas bases reguladoras fueron aprobadas por la Resolución 502/2018, de 25 de abril, BDNS 441759.

2.º Modificar las siguientes bases reguladoras aprobadas por la Resolución 502/2018, de 25 de abril:

2.1. Se añade un segundo párrafo a la base 5.3 con la siguiente redacción:

“Cuando la causa de baja de un componente de la Unidad de Apoyo sea temporal podrá ser sustituido por el tiempo que dure dicha baja por una contratación eventual, debiendo cumplir, en todo caso, con los demás requisitos que establece en el apartado 1 de esta base”.

2.2. Se añade un segundo párrafo a la base 6.3 con la siguiente redacción:

“En los casos de ausencia por ILT, de acuerdo con las funciones que realizan los componentes de las unidades de apoyo, la subvención será de 1,11 euros por día que permanezca en esa situación. Dicho importe se reducirá proporcionalmente en función de la jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.”

2.3. La base 7.1 queda redactada de la siguiente forma:

“Las solicitudes se presentarán de manera telemática a través de la ficha correspondiente del Portal del Gobierno de Navarra en internet (www.navarra.es) (ficha de las ayudas)”.

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar esta Resolución al Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas.

5.º Informar a la Comisión Europea de la prórroga de la vigencia del régimen de ayudas SA.51145.

6.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Derechos Sociales, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 27 de marzo de 2019.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Paz Fernández Mendaza.

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