BOLETÍN Nº 39 - 26 de febrero de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 42/2019, de 8 de febrero, del Consejero de Derechos Sociales, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de diversas ayudas económicas, directas, de pago único, para facilitar el alquiler de viviendas a familias monoparentales con ingresos insuficientes para el año 2019. Identificación BDNS: 439673.

Mediante Orden Foral 257/2017, de 3 de julio, del Consejero de Derechos Sociales, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas al alquiler de viviendas a familias monoparentales con ingresos insuficientes para las anualidades de 2017 a 2020.

La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas tiene, entre otras funciones y objetivos, la de coordinación, impulso y evaluación de las actuaciones reflejadas en el Plan de Apoyo a la Familia así como el fomento, coordinación, gestión y seguimiento de los programas destinados a la Familia.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece el régimen jurídico general aplicable a éstas cuando sean otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social.

La concesión de estas ayudas se realizará en régimen de evaluación individualizada, lo que supone que los expedientes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden de presentación de las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello. En caso de agotarse los recursos presupuestarios disponibles para cada convocatoria, las solicitudes serán desestimadas.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés social, así como la legalidad de las bases reguladoras.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 128/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales,

ORDENO:

1.º Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas económicas al alquiler de viviendas a familias monoparentales con ingresos insuficientes para el año 2019, conforme a las bases reguladoras aprobadas por Orden Foral 257/2017, de 3 de julio, del Consejero de Derechos Sociales.

2.º Autorizar un gasto de 200.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 920006 93300 4809 231500 denominada “Ayudas a familias monoparentales” del presupuesto de gastos del 2019.

3.º Establecer los importes correspondientes a cada subvención que para el año 2018 serán los siguientes:

a) Unidades familiares compuestas por el ascendiente y una persona a su cargo y cuya base liquidable total de la renta de la unidad familiar que solicita la ayuda, no exceda de 2.3 veces el IPREM: 60% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 4.680 euros anuales por vivienda.

b) Unidades familiares compuestas por el ascendiente y dos personas a su cargo y cuya base liquidable total de la renta de la unidad familiar que solicita la ayuda, no exceda de 2.3 veces el IPREM: 70% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 5.460 euros anuales por vivienda.

c) Unidades familiares compuestas por el ascendiente y tres o más personas a su cargo y cuya base liquidable total de la renta de la unidad familiar que solicita la ayuda, no exceda de 2.3 veces el IPREM: 80% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 6.240 euros anuales por vivienda.

4.º En caso de insuficiencia presupuestaria para atender a todas las solicitudes, el gasto autorizado podrá ampliarse a través del correspondiente incremento presupuestario.

5.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Contra la presente Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Trasladar esta Orden Foral a la Subdirección de Familia y Menores de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, y al Centro Contable y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Derechos Sociales, así como a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a los efectos oportunos.

Pamplona, 8 de febrero de 2019.–El Consejero de Derechos Sociales, Miguel Laparra Navarro.

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