BOLETÍN Nº 39 - 26 de febrero de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 39/2019, de 8 de febrero, del Consejero de Derechos Sociales, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de ayudas económicas en el ámbito de la familia, para cubrir gastos extraordinarios y necesarios que se produzcan en el seno de las familias numerosas para el año 2019. Identificación BDNS: 439676.

Mediante la Orden Foral 222/2016, de 4 de mayo del Consejero de Derechos Sociales se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas para el periodo 2016-2019 para cubrir gastos extraordinarios y necesarios que se produzcan en el seno de las familias numerosas, entendiéndose por tales los necesarios para la compra o sustitución de prótesis auditivas, prescripciones ópticas (gafas o lentes de contacto siempre y cuando sean necesarias por motivos no estéticos), ortodoncia y ortopedia.

La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas tiene, entre otras funciones y objetivos, la de coordinación, impulso y evaluación de las actuaciones reflejadas en el Plan de Apoyo a la Familia así como el fomento, coordinación, gestión y seguimiento de los programas destinados a la Familia.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece el régimen jurídico general aplicable a éstas cuando sean otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social.

La concesión de cada una de estas ayudas se realizará en régimen de evaluación individualizada, lo que supone que los expedientes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden de presentación de las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello. En caso de agotarse los recursos presupuestarios disponibles para cada convocatoria, las solicitudes serán desestimadas.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés social, así como la legalidad de las bases reguladoras.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 128/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales.

ORDENO:

1.º Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas económicas a familias para cubrir gastos extraordinarios y necesarios que se produzcan en el seno de las familias numerosas, entendiéndose por tales los necesarios para la compra o sustitución de prótesis auditivas, prescripciones ópticas, ortodoncia y ortopedia que se produzcan en el año 2019, conforme a las bases reguladoras aprobadas por Orden Foral 222/2016, de 4 de mayo del Consejero de Derechos Sociales.

2.º Autorizar un gasto de 199.500 euros con cargo a la partida.

920006 93300 4809 231509, denominada “Ayudas a familias numerosas”, del Presupuesto de gastos del año 2019.

El importe máximo para cada línea objeto de subvención será el siguiente:

–9.500 euros irán destinados a las ayudas previstas para la compra o sustitución de prótesis auditivas.

–75.000 euros irán destinados a las ayudas previstas para la compra o sustitución de prescripciones ópticas

–15.000 euros irán destinados a las ayudas previstas para la compra o sustitución de ortopedia.

–100.000 euros irán destinados a las ayudas previstas para tratamientos de ortodoncia.

En caso de que el importe previsto para alguno de los supuestos no se agotara se podrá destinar, en su caso, a la concesión y abono de solicitudes para el resto de supuestos que hubieran quedado pendientes por falta de crédito, teniéndose en cuenta a los efectos de su concesión la fecha de entrada de la solicitud correspondiente.

3.º Establecer los importes correspondientes a cada subvención que para el año 2019 serán los siguientes:

a) La subvención para la compra o sustitución de prótesis auditivas será de:

–500 euros o el importe de la prótesis en el caso de que su coste sea menor, cuando la renta per cápita de la unidad familiar sea inferior a 11.078,57 euros.

–350 euros o el importe de la prótesis en el caso de que su coste sea menor, si la renta per cápita de la unidad familiar es igual o superior a 11.078,57 euros e inferior a 13.848,22 euros.

b) La subvención para la compra o sustitución de prescripciones ópticas será de:

–160 euros o el importe de la prescripción óptica en el caso de que su coste sea menor, cuando la renta per cápita de la unidad familiar sea inferior a 11.078,57 euros.

–120 euros o el importe de la prescripción óptica en el caso de que su coste sea menor, si la renta per cápita de la unidad familiar es igual o superior a 11.078,57 euros e inferior a 13.848,22 euros.

c) La subvención para la compra o sustitución de ortopedia será de:

–250 euros o el importe de la ortopedia en el caso de que su coste sea menor, cuando la renta per cápita de la unidad familiar sea inferior a 11.078,57 euros.

–150 euros o el importe de la ortopedia en el caso de que su coste sea menor, si la renta per cápita de la unidad familiar es igual o superior a 11.078,57 euros e inferior a 13.848,22 euros.

d) La subvención para la los tratamientos de ortodoncia será de:

–600 euros o el importe del tratamiento de ortodoncia en el caso de que su coste sea menor, cuando la renta per cápita de la unidad familiar sea inferior a 11.078,57 euros.

–300 euros o el importe del tratamiento de ortodoncia en el caso de que su coste sea menor, si la renta per cápita de la unidad familiar es igual o superior a 11.078,57 euros e inferior a 13.848,22 euros.

4.º En caso de insuficiencia presupuestaria para atender a todas las solicitudes, el gasto autorizado podrá ampliarse a través del correspondiente incremento presupuestario.

5.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Contra la presente Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Trasladar esta Orden Foral a la Subdirección de Familia y Menores de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, y al Centro Contable y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Derechos Sociales.

Pamplona, 8 de febrero de 2019.–El Consejero de Derechos Sociales, Miguel Laparra Navarro.

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