BOLETÍN Nº 39 - 26 de febrero de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 224/2019, de 28 de enero, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante oposición, de dos plazas del puesto de trabajo de Oficial Técnico de Mantenimiento de Vehículos, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

El apartado 6 del artículo 15 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, establece que, cuando razones de eficacia y economía aconsejen modificaciones en la organización y funciones de los puestos de trabajo, que conlleven necesariamente su encuadramiento en nivel superior, las Administraciones Públicas de Navarra podrán, excepcionalmente, convocar pruebas selectivas con carácter restringido a sus funcionarios, siempre y cuando las vacantes convocadas no supongan incremento alguno de puestos de trabajo en la plantilla existente.

A tenor de dicho precepto, mediante Decreto Foral 5/2019, de 16 de enero, publicado en el Boletín Oficial de Navarra, número 17, de 25 de enero de 2019, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, en su artículo 3 relativo a la promoción restringida del personal Auxiliar de Mantenimiento de Vehículos encuadrado en el nivel D, se crean dos plazas del puesto de trabajo de Oficial Técnico de Mantenimiento de Vehículos (nivel C) adscritas a la Dirección General de Interior, con el fin de posibilitar la promoción mencionada.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante oposición, de dos plazas del puesto de trabajo de Oficial Técnico de Mantenimiento de Vehículos (nivel C), al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, así como sus bases.

2.º Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

3.º Notificar la presente Resolución a la Secretaría General Técnica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, a la Dirección General de Interior, a los Servicios de Control de Gasto de Personal y Nóminas y de Gestión de Personal de la Dirección General de Función Pública, al Negociado de Información al Público y Registro, y a los miembros del Tribunal designados, a los efectos oportunos.

Pamplona, 28 de enero de 2019.–La Directora General de Función Pública, Amaia Goñi Lacabe.

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROMOCIÓN INTERNA RESTRINGIDA, MEDIANTE OPOSICIÓN, DE DOS PLAZAS
DEL PUESTO DE TRABAJO DE OFICIAL TÉCNICO
DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS, NIVEL C

Esta convocatoria se regirá por las siguientes,

BASES

1.–Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en promoción interna restringida, mediante oposición, de dos plazas del puesto de trabajo de Oficial Técnico de Mantenimiento de Vehículos (nivel C), al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

1.2. El presente procedimiento de selección se regirá por lo dispuesto:

–En el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

–En el Reglamento de ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio.

–Demás normas de aplicación y con arreglo a las presentes bases.

2.–Requisitos de las personas aspirantes.

Las personas que concurran a la presente convocatoria deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y hasta la toma de posesión, los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Haber sido nombrada para un puesto de trabajo de Auxiliar de Mantenimiento de Vehículos de nivel D.

c) Estar en posesión del título de Técnico Superior en Automoción o título declarado equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

No obstante lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2 Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, dicha titulación puede suplirse por la acreditación de 8 años de antigüedad reconocida en las administraciones públicas.

d) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de las clases A y B.

3.–Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en el procedimiento selectivo deberán presentar su solicitud de forma telemática, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, “Menú”, “Trámites”, “Servicios para la administración”, “Empleo Público y Promoción” en la reseña de la convocatoria.

La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.2. Documentación a presentar.

3.2.1. Al momento de presentar la solicitud on line, las personas aspirantes deberán aportar, según el caso, la siguiente documentación escaneada:

Uno.–Fotocopia del título exigido en la base 2.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

Dos.–Fotocopia del carnet de conducir vehículos de las clases A y B, exigido en la base 2.d) de la convocatoria.

Tres.–Las personas aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33%, deberán acreditar ésta mediante la aportación de uno de los siguientes documentos:

–Certificado expedido por el IMSERSO u órgano competente de la Comunidad Autónoma.

–Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.

Cuatro.–Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptación de tiempos y/o medios para la realización de las pruebas, podrán aportar la documentación que estimen conveniente para su justificación.

3.2.2. Bastará con copias simples de la documentación, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

4.–Admisión de personas aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Directora General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido. La presentación de reclamaciones será de forma telemática a través de internet en la dirección www.navarra.es en la reseña de la convocatoria.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Directora General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.4. Si transcurrido el plazo de presentación de solicitudes ninguna persona aspirante resulta excluida, se procederá directamente a la publicación de la lista definitiva de personas aspirantes admitidas.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por las siguientes personas:

–Presidente: Don Antonio García Malumbres, Director del Servicio de Desarrollo de las Políticas de Seguridad, del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.

Presidente Suplente: Don Alfredo Ondarra Ramos, Jefe de la Sección de Coordinación de Seguridad, del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.

–Vocal: Don Joaquín José Oroz Pascual, Jefe de la Sección de Parque Móvil, del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.

Vocal Suplente: Don Miguel Ángel Marzabal Díaz, Jefe de la Sección de Juego y Espectáculos Públicos, del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.

–Vocal: Don Federico José Michaus Olaechea, Ingeniero Técnico Industrial de la Sección de Parque Móvil, del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.

Vocal Suplente: Don Eugenio Vila Sánchez, Jefe de la Sección de Tráfico y Seguridad Vial, del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.

–Vocal: Don Gregorio Lacunza Lacunza, en representación de la Comisión de Personal.

Vocal Suplente: Don Javier Elizalde Alfonso, en representación de la Comisión de Personal.

–Secretaria: Doña María del Mar Suárez Sanabria, Técnica de Administración Pública (Rama Jurídica) de la Dirección General de Interior, del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.

Secretaria-Suplente: Doña Elena Huarte Ruiz, Jefa del Negociado de Gestión y Coordinación de los Servicios de Traslado de Personal, del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.–Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo a partir del mes de junio de 2019.

En la Resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se determinarán el lugar, fecha y hora de realización de la primera prueba de la oposición.

La convocatoria a las pruebas de la oposición se realizará mediante llamamiento único, debiendo las personas aspirantes acudir provistas del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidas de la oposición las personas aspirantes que no comparezcan en las fechas, horas y lugares anunciados o no se identifiquen mediante alguno de los documentos citados.

Concluida la calificación de cada una de las pruebas de la oposición, el Tribunal publicará, en la página web del Gobierno de Navarra y en el tablón de anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de personas aspirantes aprobadas con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración de la siguiente prueba, con una antelación mínima de 48 horas.

6.2. Las pruebas de la oposición serán las que se indican en la presente base y se desarrollarán en el orden y sobre las materias que se señalan en el temario del Anexo I de la convocatoria.

Todas las materias se exigirán conforme a la normativa vigente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas aspirantes con discapacidad reconocida, que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

6.3. La oposición constará de las siguientes pruebas:

6.3.1. Primera prueba.

De carácter teórico, consistirá en contestar por escrito, a un cuestionario de 100 preguntas tipo test con cuatro alternativas de respuesta para cada pregunta, de las que sólo una será válida, sobre las materias contenidas en el temario que figura en el Anexo I de la presente Resolución. Cada respuesta incorrecta penalizará una tercera parte del valor de un acierto.

Las personas aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 120 minutos para la realización de esta prueba.

La puntuación máxima de esta prueba será de 100 puntos.

Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no alcancen 50 puntos en esta prueba.

6.3.2. Segunda prueba.

De carácter teórico-práctico, consistirá en desarrollar y resolver, por escrito, un supuesto práctico planteado por el tribunal, relacionado con el temario recogido en el Anexo I.

Las personas aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 60 minutos para la realización de la prueba.

La calificación de la prueba será de 10 puntos.

Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no alcancen 5 puntos en esta prueba.

Esta segunda prueba se realizará por el sistema de plicas.

6.4. La valoración de las pruebas puede alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo: Primera prueba, 100 puntos. Segunda prueba, tendrá la calificación de Apto o No Apto.

6.5. En la realización de las pruebas no se permitirá el uso de ningún tipo de material.

7.–Relación de personas aprobadas y propuesta de nombramiento.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador publicará, en la página web del Gobierno de Navarra y en el tablón de anuncios del Gobierno de Navarra, la relación de personas aprobadas con las calificaciones obtenidas en la oposición, por orden de puntuación total alcanzada.

Asimismo, elevará a la Directora General de Función Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de las personas aspirantes aprobadas.

La referida propuesta de nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y en la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección www.navarra.es, “Menú”, “Trámites”.

7.2. Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos y condiciones para el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, sea requerida por la Dirección General de Función Pública para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada a la persona aspirante propuesta y aportada por ésta en la forma establecida en la base 3 de esta convocatoria.

8.–Nombramiento y toma de posesión.

8.1. La Directora General de Función Pública nombrará funcionarios para desempeñar el puesto de trabajo de Oficial Técnico de Mantenimiento de Vehículos, encuadrado en el nivel C, a las personas aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

8.2. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y surtirá efectos económicos y administrativos desde el día siguiente al de su publicación, considerándose este día a todos los efectos como toma de posesión en el puesto de trabajo de Oficial Técnico de Mantenimiento de Vehículos, sin necesidad de acto expreso alguno.

8.3. El personal que, tras superar las correspondientes selectivas, resulte nombrado para una plaza del puesto de trabajo de Oficial Técnico de Mantenimiento de Vehículos objeto de la convocatoria, será encuadrado en el nivel C y percibirá las retribuciones establecidas para dicho nivel y puesto de trabajo en la plantilla orgánica, continuando adscrito al mismo ámbito y destino al que estuviera con anterioridad.

8.4. La participación en esta promoción de nivel no supondrá, en ningún caso, modificación del régimen jurídico funcionarial, estatutario o laboral que tuviera el empleado antes de la promoción, continuando, asimismo, con el mismo régimen de derechos pasivos.

8.5 El personal que resulte nombrado para una plaza del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, continuará desempeñando las mismas funciones y se le podrá encomendar, además, la realización de otras derivadas de su nuevo nivel de encuadramiento.

9.–Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pamplona, 28 de enero de 2019.–La Directora General de Función Pública, Amaia Goñi Lacabe.

ANEXO I

Temario

1. Componentes del motor: El Bloque, la Culata y el Cárter. Colectores de admisión y escape. Tipos. El sistema de distribución. Accionamiento. Calado de la distribución. Comprobación, verificación y puesta apunto de la distribución.

2. Lubricación y refrigeración: El sistema de lubricación. Mantenimiento y comprobación del sistema de lubricación. Aceites motor. El sistema de refrigeración. Comprobación del sistema de refrigeración. Averías.

3. Encendido: Sistema de encendido. Comprobación de los sistemas de encendido. Medidas de Seguridad.

4. Inyección de gasolina: Sistema de inyección de gasolina. La inyección mecánica, electromagnética y electrónica. Comprobación de los sistemas de inyección de gasolina.

5. Inyección Diesel. Sistema de inyección Diesel. Bombas de inyección. Regulación electrónica Diesel (EDC). Sobrealimentación de motores. El turbocompresor y otros sobrealimentadores. Verificación de sobrealimentadores.

6. La transmisión. Misión y elementos de la transmisión. El embrague. Cajas de cambios manuales. Cajas de cambios automáticas, semiautomáticas y variadores. Grupos reductores y diferenciales. La transmisión 4x4, árboles y semiárboles.

7. Sistema de frenado: Los frenos. Topología, elementos y piezas de un circuito de frenos. Bombas. Sistemas de ayuda. Correctores de frenada del eje trasero. Líquido de frenos. Pastillas y zapatas. Mantenimiento de los frenos en vehículos ligeros y motocicletas. Sistema de seguridad, ABS, ESP y control de tracción. El freno de estacionamiento y auxiliar.

8. Suspensión: Suspensión convencional. Suspensión con regulación de altura. Suspensión pilotada electrónicamente. Intervención sobre los sistemas de suspensión. La dirección. La dirección asistida. Ruedas. Llantas. Neumáticos y tipos. Cubiertas, tipos y nomenclatura. Diagnóstico de anomalías y mantenimiento.

9. Circuitos eléctricos del vehículo: Circuitos. Acumuladores para automoción. Baterías. Generadores de corriente continúa para automoción: Dinamos. Generadores de corriente alterna para automoción. Alternadores. Motores de arranque.

10. Puesto de trabajo y ergonomía: Señalización. Tipos de señales. Recipientes. Instalaciones constructivas. Orden, limpieza y mantenimiento. Iluminación. Vías de circulación. Vías y salidas de evacuación. Instalaciones eléctricas. Prevención de incendios. Posturas de trabajo en automoción. Aspectos generales sobre equipos de protección. Ropa de trabajo. Protección del tronco y el abdomen. Protección auditiva. Protección ocular y facial. Protección de las manos y los pies. Protección respiratoria.

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