BOLETÍN Nº 244 - 13 de diciembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE MONTEJURRA

Retribuciones de los miembros de la corporación

La Asamblea General de la Mancomunidad de Montejurra, en reunión ordinaria celebrada el día 21 de noviembre de 2019, aprobó entre otros y con el quórum legalmente exigido, el siguiente acuerdo:

1. Aprobar la retribución del señor Presidente en la cuantía de 27.600 euros brutos anuales en concepto de compensación económica por la dedicación parcial que las funciones propias del cargo exigen. A los efectos previstos en la L.B.R.L. se asigna una dedicación mínima equivalente al 30% de una jornada ordinaria en la Administración Pública.

El abono de esta retribución será incompatible con la percepción de asignación por asistencia a reuniones de los órganos colegiados

2. El pago de la citada retribución se prorrateará en 14 pagas iguales y se cargará a la partida 0-111-10001.

3. Aprobar la consignación del coste de las cotizaciones de seguridad social derivadas de la retribución asignada al señor Presidente por importe de 7.890 euros anuales que se cargarán con cargo a la partida 0-111-16002.

4. Aprobar la asignación por asistencia a las reuniones a los miembros de la Comisión Permanente por importe de 100 euros por asistencia a cada reunión del Órgano colegiado. Estos gastos se cargarán con cargo a la partida 1-111-23002.

5. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios de la Entidad a los efectos del artículo 75.5 de la LBRL y dar traslado del mismo al Ayuntamiento de San Adrián.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y, frente a la misma, podrán interponer potestativamente cualquiera de los siguientes recursos:

–De reposición, ante la Asamblea de Mancomunidad de Montejurra, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación. (Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Si se presentase recurso de reposición no se podrá interponer ni de alzada ni Contencioso Administrativo hasta que este sea resuelto o desestimado presuntamente.

–De alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación. (Ley Foral 6 /1990, de 2 de junio, de la Administración Local de Navarra).

Si se presentase recurso de alzada no podrá interponerse Contencioso Administrativo hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de alzada.

–Contencioso Administrativo, ante el órgano competente de esta Jurisdicción, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación. (Ley 29 /1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Estella-Lizarra, 22 de noviembre de 2019.–El Presidente, Emilio Cigudosa García.

Código del anuncio: L1915013