BOLETÍN Nº 208 - 21 de octubre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 356E/2019, de 10 de octubre, de la Consejera de Salud, por la que se autoriza la encomienda al Negociado de Gestión de Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud de las actuaciones relativas a la preparación, traslado, publicación y archivo de las Resoluciones que se dicten en el Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Mediante Orden Foral 112/1013, de 5 de agosto, de la Consejera de Salud, se modificó la Orden Foral 52/2012, de 8 de agosto, por la que se establecía la estructura del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de Secciones no asistenciales y de unidades no Asistenciales, haciendo desaparecer de la estructura orgánica del Organismo Autónomo la Unidad de Gestión de Resoluciones que tenía atribuidas diversas funciones relativas a la preparación, traslado, publicación y archivo de las Resoluciones que se dictan en el Organismo

Posteriormente, la Orden Foral 111/2013, de 5 de agosto, de la Consejera de Salud, adscribió esta unidad a la Sección de Organización de la Secretaría General Técnica del Departamento, pasando a denominarse Negociado de Gestión de Resoluciones.

La Disposición Adicional Primera del Decreto Foral 132/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Salud, establece que la adscripción del Negociado de Gestión de Resoluciones, dependiente de la Sección de Organización, se adscribe a la Sección de Régimen Interior y Modernización.

El principio de instrumentalidad en orden a fines y objetivos específicamente asignados, que informa el régimen jurídico de los organismos públicos, puede hacer aconsejable que determinadas tareas de carácter más general sean materialmente realizadas por órganos administrativos no integrados en tales organismo públicos mediante la técnica de la encomienda de gestión. Tal es el caso, entre otras, de las actuaciones relativas a la preparación, traslado, publicación y archivo de las Resoluciones que se dicten en el Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

El artículo 14 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrán encomendar a otros órganos u organismos y entidades de derecho público, vinculadas o dependientes la realización de actividades de carácter material y técnico de su competencia, por razones de eficacia, o cuando no posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.

A estos efectos, mediante Orden Foral 204/2015, de 21 de septiembre, del Consejero de Salud, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 195, de 30 de septiembre de 2015, se autorizó la encomienda al Negociado de Gestión de Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud de las actuaciones relativas a las Resoluciones que se dicten en el Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Dicha encomienda, aprobada por Resolución 1419/2015, de 1 de octubre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se realizó con un plazo de vigencia de cuatro años contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, que se produjo el 26 de octubre de 2015 (Boletín Oficial de Navarra número 212).

En razón de lo expuesto, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 14 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

ORDENO:

1. Autorizar la encomienda al Negociado de Gestión de Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud de las siguientes actuaciones relativas a las Resoluciones que se dicten en el Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

a) Preparar, supervisar administrativamente, trasladar y enviar para su publicación, en su caso, las Resoluciones.

b) Archivar y catalogar todas las Resoluciones que se dicten.

c) Preparar los certificados referidos a dichos actos administrativos.

2. La encomienda tendrá un plazo de vigencia de un año, con efectos desde el 27 de octubre de 2019.

3. Publicar esta Orden Foral en Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 10 de octubre de 2019.–La Consejera de Salud, Santos Induráin Orduna.

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