BOLETÍN Nº 207 - 18 de octubre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 75E/2019, de 25 de septiembre, del Director General de Medio Ambiente por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto Instalación de tendido de Fibra Óptica en el Perdón 1, en los términos municipales de Beriáin, Galar y Cizur promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Con fecha 12/07/2019 ha tenido entrada en el Servicio de Territorio y Paisaje, la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anejo 2C epígrafe M) Instalaciones de comunicación, del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 del Decreto Foral legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

La actuación proyectada tiene por objeto dotar de tendido de fibra óptica al CT El Perdón 1 y al CTC CTNE Puente la Reina, para lo cual se proyecta enganchar cable de fibra óptica en los apoyos de la línea eléctrica de 13,2 kv S.C.”4667-02-Esquiroz-Beriáin” mediante un tramo aéreo de 7230 m desde el apoyo número 1003 ubicado en Beriáin junto a la balsa de la Morea hasta el CT El Perdón 1, y otro tramo aéreo de 194 m desde el apoyo 821 de la misma línea, ubicado junto al CT El Perdón 1, hasta el CTC CTNE Puente la Reina. El proyecto conlleva la sustitución de diez apoyos. El proyecto inicia en la rotonda de acceso al Polígono industrial de Beriáin, discurre por la margen este y sur de la balsa de La Morea, sur de la urbanización de Beriáin, cruza la carretera NA- 6009 Beriáin-Subiza y discurre paralelo a dicha carretera por su lado norte y junto a la Cañada Real de Milagro a Aezkoa hasta la localidad de Subiza, en donde en el cruce de entrada a la localidad de Subiza cruza la carretera NA- 6000 Echavacoiz- Campanas, abandona Subiza por el norte junto al depósito de aguas, y se dirige hacia los altos del Perdón. Ya en los altos cruza la carretera de los altos del Perdón NA-6056, discurre paralela al sur de dicha carretera durante casi 1800 m hasta su final en la CT Perdón 1. El tramo más corto de 194 m se inicia desde el apoyo junto al CT El Perdón 1 hasta el CTC CTNE Puente la Reina en los altos del Perdón.

La Sección de Estrategia y Ordenación del Territorio informa que la actuación solicitada tiene la consideración de actividad permitida conforme al artículo 110.2 a) del Decreto Foral legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por lo que no requiere de autorización de actividad en suelo no urbanizable. La Sección de Impacto Ambiental y Paisaje informa favorablemente el proyecto con los condicionantes expuestos en la presente Resolución.

Vistos los informes obrantes en el expediente, y en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y por el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 96/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

RESUELVO:

1.º Conceder la Autorización de Afecciones Ambientales a la Instalación para dotar de fibra óptica al CT El Perdón 1 y al CTC CTNE Puente la Reina, en los términos municipales de Beriáin, Galar y Cizur, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas:

–Ya que el proyecto se desarrolla en zona de protección para la avifauna a los efectos del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en los nuevos apoyos de amarre y de alineación proyectados, deberá respetarse la distancia de 1 metro entre elemento conductor y zona de posada, bien mediante la utilización de aisladores de esa longitud o bien mediante el forrado de conductor y grapa de amarre.

–Así mismo, se señalizará el cable de fibra óptica con balizas salvapájaros con una cadencia de 10 metros, en los siguientes tramos: desde el apoyo número 803 cercano al depósito de aguas de Subiza, hasta el CT El Perdón 1, desde el apoyo 821 junto al CT EL Perdón 1 hasta el CTC CTNE Puente la Reina, desde el apoyo número 1.002 hasta el número 29, en el entorno de la Balsa de La Morea.

–Se desmontarán las instalaciones que queden fuera de servicio, gestionándose los residuos según su naturaleza.

–El promotor dará aviso del inicio de las obras o cualquier incidencia de índole ambiental que aconteciese, con la antelación suficiente, a la Sección de Guarderío, Unidad de Coordinación de Pamplona. Dicho aviso se realizará mediante un mail a gmapamplona@navarra.es o una llamada al 608062649.

3.º La Autorización de Afecciones Ambientales del Proyecto estará supeditada a la constitución de una fianza por importe de 4.000 euros para garantizar la restauración o minimización de daños que pudieran ocasionarse por la actividad autorizada.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución al Ayuntamiento de Beriáin, al Ayuntamiento de la Cendea de Galar, al Ayuntamiento de la Cendea de Cizur, a la Sección de Guarderío (Unidad de Coordinación de Pamplona) y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 25 de septiembre de 2019.–El Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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