BOLETÍN Nº 201 - 10 de octubre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PITILLAS

Tasas y tipos de gravamen para 2020

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de septiembre de 2019, de conformidad con lo establecido por la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, con el quórum reglamentario, adoptó el siguiente Acuerdo:

Primero.–Aprobar los tipos impositivos y tasas para el ejercicio 2020 de la siguiente manera:

1) Fijar en el 4% del presupuesto de ejecución material, el tipo de gravamen del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras en general.

2) Fijar en el 0,295%, el tipo de gravamen anual, para la exacción de la Contribución Urbana.

3) Fijar en el 0,8%, el tipo de gravamen anual, para la exacción de la Contribución Rústica.

4) Establecer, para la determinación del incremento de valor en el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, el porcentaje mínimo de cada tramo señalado en el artículo 175 de la Ley Foral 2/95 y como tipo de gravamen, el 12%.

5) En el Impuesto de Actividades Económicas, mantener como índice, de los previstos en el artículo 154 de la citada Ley Foral 2/1995, el siguiente:

–El 1,4 en las actividades que se desarrollen dentro del término municipal de la localidad.

Las tasas por expedición de documentos:

–1 euro por cada copia de cualquier documentación existente en el Ayuntamiento que sea susceptible de obtención y reproducción.

–2 euros por cada certificación de antecedentes obrantes en el Ayuntamiento, susceptible de su expedición (por cada hoja).

–2 euros por cada cédula parcelaria que se expida.

–1 euro por cada compulsa de documentación.

–0,10 euros por cada fotocopia de documentación particular que se realice.

–3 euros por publicación de Bando (voz pública) a instancia de particulares.

Tasas por uso de centro cívico:

–Invierno ½ jornada: 30 euros.

–Invierno jornada completa: 50 euros.

–Invierno ½ jornada festivo: 40 euros.

–Invierno jornada completa festivo: 60 euros.

–Verano ½ jornada: 15 euros.

–Verano jornada completa: 30 euros.

–Verano ½ jornada festivo: 20 euros.

–Verano jornada completa festivo: 40 euros.

Tasas por instalaciones deportivas:

1.–Abonos de instalaciones deportivas municipales:

–De 0 a 6 años: 12,00 euros.

–De 7 a 13 años: 37,00 euros.

–De 14 a 64 años: 66,00 euros.

–Mayores de 65 años: 40,00 euros.

2.–Entradas piscinas municipales:

–De 0 a 6 años:

  • De lunes a viernes: 1,60 euros.
  • Sábados, domingos y festivos: 2,25 euros.

–De 7 a 13 años:

  • De lunes a viernes: 2,25 euros.
  • Sábados, domingos y festivos: 2,60 euros.

–De 14 a 64 años:

  • De lunes a viernes: 3,50 euros.
  • Sábados, domingos y festivos: 5,00 euros.

–Mayores de 65 años:

  • De lunes a viernes: 2,25 euros.
  • Sábados, domingos y festivos: 2,60 euros.

3.–Alquiler de frontón y pistas de pádel:

SOLICITUD DE LA PISTA
POR ABONADOS

SOLICITUD DE LA PISTA
POR NO ABONADOS

Alquiler pista pádel

2,00 euros/pista hora

4,00 euros/pista hora

Luz pista pádel

4,00 euros

4,00 euros

Alquiler frontón

Gratuito

Gratuito

Luz frontón

5,00 euros

7,00 euros

(*) Si el alquiler lo realiza un abonado, éste deberá hacer uso de la pista, no admitiéndose la realización de reservas para el uso de los no abonados.

4.–Reducciones:

–Minusválidos que acrediten un grado de minusvalía hasta el 33% se aplicará un 25% de reducción.

–Minusválidos que acrediten un grado de minusvalía entre el 34% y el 65% se aplicará un 50% de reducción.

–Minusválidos que acrediten un grado de minusvalía superior al 66% se aplicará un 60% de reducción.

–Si los padres o abuelos (indistintamente) o quien ejerza la patria potestad declarada judicialmente, son abonados, los menores de edades comprendidas de 0 a 6 años, podrán acceder gratuitamente.

–Los miembros de familias numerosas se verán beneficiados de una reducción del 20%.

–Grupos: número de integrantes igual o superior a 25 personas. Reducción del 10%.

–Parados de larga duración (justificado) se verán beneficiados de una reducción del 20%.

–Personas con renta garantizada (justificado) se verán beneficiados de una reducción del 50%.

Las reducciones no serán acumulables en caso de existir derecho a la reducción por más de un concepto.

Segundo.–El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2020, y seguirá en vigor en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

Tercero.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por plazo de treinta días hábiles, al objeto de que los vecinos e interesados legítimos, puedan dentro del mencionado plazo, examinar el expediente que se hallará en la Secretaría Municipal y formular las alegaciones que estimen oportunas.

Transcurrido el mencionado plazo, sin haberse presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el tipo impositivo y firme el acuerdo. En este caso, se publicará esta circunstancia en el Boletín Oficial de Navarra al objeto de que la modificación inicialmente aprobada produzca efectos jurídicos.

Pitillas, 25 de septiembre de 2019.–El Alcalde, Pedro José Labari Elduayen.

Código del anuncio: L1912438