BOLETÍN Nº 201 - 10 de octubre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 11 de septiembre de 2019, por el que se somete la nueva propuesta de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Parque Fluvial de la Comarca de Pamplona, relativo al cambio del ámbito y del trazado del tramo 6 Río Bajo Arga del paseo fluvial a su paso por Ororbia, promovido por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, a los trámites simultáneos de información pública y audiencia a los Ayuntamientos afectados por su trazado.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 24 de enero de 2018 se inicia la tramitación del expediente de modificación del tramo 6 Río Bajo Arga de referido PSIS, relativo al cambio del ámbito y del trazado del paseo fluvial a su paso por Ororbia, promovido por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (Boletín Oficial de Navarra número 31, de 13 de febrero de 2018).

El objeto del expediente es modificar el trazado del paseo fluvial a su paso por Ororbia para evitar atravesar su casco urbano. En concreto, se plantea sustituir el tramo del paseo que atraviesa el casco urbano de Ororbia por un trazado que discurre por la otra orilla del río Arga. El trazado propuesto se apoya en el camino existente del Molino de Etxamur y cruza el río a través de dos nuevas pasarelas.

Con fecha 11 de abril de 2019 se ha presentado una nueva propuesta de modificación que implica, por cuestiones económicas, cambiar uno de los cruces del río Arga propuestos, en lugar de a través de una nueva pasarela, a través de una de las aceras del puente de la NA-7010 existente.

Consideraciones:

La nueva propuesta se considera que plantea cambios sustanciales con respecto a la expuesta al público por lo que el expediente se somete de nuevo a los trámites de audiencia y exposición pública. Asimismo se han solicitado de nuevo informes a la Confederación Hidrográfica del Ebro, a la Dirección General de Obras Públicas, a los Servicios de Patrimonio Histórico, de Protección Civil, y de Economía Circular y Agua.

Dicha propuesta, así como la anterior, no afectan o desnaturalizan el objeto del PSIS sino que plantean modificar el ámbito del mismo, por lo que debe considerarse que afectan a sus determinaciones de ordenación urbanística estructurantes.

El nuevo trazado discurre por suelos clasificados en el Plan Municipal de la Cendea de Olza como suelo no urbanizable, por caminos públicos y por suelos categorizados como genéricos y de alta productividad, cuyos regímenes urbanísticos son compatibles con la actuación propuesta.

En la página 11 del documento se recoge: “Una vez cruzado el paso de peatones del puente, se volverá a retomar el trazado por el paso inferior del puente y de esa forma el contacto con el río”. Y en la página 13: “vista desde el puente de la NA-7010 sobre el río Arga en dirección a Ororbia. La continuidad del paseo será por el paso inferior del puente”.

Se debe aclarar si una vez cruzado el puente de la NA-7010 en dirección a Ororbia el trazado se propone cruzando la calzada, a través de un paso de peatones, o por debajo de dicho puente. En caso de optarse por la primera solución, la misma deberá contar con el visto bueno de la Dirección General de Obras Públicas.

El trazado propuesto a su paso por la acera del puente de la NA-7010 con la instalación de una barrera protectora tendrá una anchura menor a 1,45 metros. Se deberá justificar la suficiencia de esta anchura para la accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad. Asimismo deberá justificarse el cumplimiento de las anchuras de la vía reguladas en el PSIS.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, los planes y programas deben someterse a evaluación ambiental estratégica de manera previa o simultánea a la aprobación del Plan Sectorial.

Examinada la documentación, se informa que ésta incluye todos los contenidos previstos en la normativa. En conclusión, puede someterse a información pública el expediente conjuntamente a los efectos del procedimiento de evaluación ambiental estratégica y del procedimiento que establezca la legislación reguladora del referido Plan.

En su virtud, de acuerdo con el informe emitido en fecha 28 de junio de 2019 por la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y de conformidad con el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, y demás normas de aplicación, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ACUERDA:

1.º Someter la nueva propuesta de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Parque Fluvial de la Comarca de Pamplona, relativo al cambio del ámbito y del trazado del tramo 6 Río Bajo Arga del paseo fluvial a su paso por Ororbia, promovido por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, por el plazo de cuarenta y cinco días, a los trámites simultáneos de información pública y audiencia a los Ayuntamientos afectados por su trazado.

A tales efectos, el expediente estará a disposición de las personas interesadas en las oficinas del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos (calle González Tablas, 9, 31005 Pamplona), pudiéndose presentar, por escrito, durante dicho plazo, cuantas alegaciones se consideren oportunas.

Asimismo el documento se podrá consultar en la siguiente página web: http://www.ExposicionpublicaOT.navarra.es.

2.º Someter igualmente el expediente, y por el mismo plazo, a información pública, a los efectos del procedimiento de evaluación ambiental estratégica, de conformidad con el artículo 21 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

3.º Indicar que en la resolución del expediente se estará a lo dispuesto en el presente acuerdo y en los informes sectoriales solicitados.

4.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

5.º Trasladar este acuerdo a la Dirección General de Obras Públicas, a los Servicios de Patrimonio Histórico, de Protección Civil, de Economía Circular y Agua y de Territorio y Paisaje, a la Sección de Comunales y a la Confederación Hidrográfica del Ebro.

6.º Notificar el acuerdo al Ayuntamiento de la Cendea de Olza, al Concejo de Ororbia y a Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, a los efectos oportunos.

Pamplona, 11 de septiembre de 2019.–El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

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