BOLETÍN Nº 194 - 1 de octubre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 44/2019, de 10 de septiembre, de la Directora General de Recursos Educativos, por la que se dispone el cese temporal de actividades del Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/Haur eta Lehen Hezkuntzako Ikastetxe Publikoa de Beintza-Labaien.

Vista la propuesta del Servicio de Inspección Educativa para que se disponga el cese temporal de actividades del Colegio Público de Beintza-Labaien, debido a que para el curso 2019-2020 se ha quedado sin alumnado al no haberse matriculado ningún niño o niña, previéndose que a corto y medio plazo no cambien las circunstancias y no haya suficiente alumnado para mantener abierta la escuela.

Visto que la escolarización de los niños y niñas de Beintza-Labaien está garantizada en el colegio público “San Miguel” de Doneztebe/Santesteban, donde cuentan con transporte y comedor.

En virtud de lo establecido en el artículo 2 del Decreto Foral 80/2019, de 3 de julio, por el que se reordena la red de Centros Educativos Públicos de la Comunidad Foral de Navarra, y de las facultades atribuidas por el artículo 32.1 d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral; y a propuesta del Servicio de Infraestructuras Educativas,

RESUELVO:

1.º Disponer el cese temporal de actividades del Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/Haur eta Lehen Hezkuntzako Ikastetxe Publikoa de Beintza-Labaien (código de centro: 31002965), con efectos del inicio del curso 2019-2020.

2.º Disponer, igualmente, que, además de la documentación académica del alumnado del centro que continúe su escolarización en el colegio “San Miguel” de Doneztebe/Santesteban, se traslade a este colegio la de los ex alumnos del colegio para su archivo y custodia.

3.º Indicar que el Ayuntamiento de Beintza-Labaien, podrá utilizar las instalaciones del colegio para realizar actividades socioculturales y educativas, que sean compatibles y adecuadas con su naturaleza, que cesarán en el momento en que las instalaciones vuelvan a ser necesarias para uso escolar.

4.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Notificar la presente resolución al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Beintza-Labaien; indicando que, contra la presente resolución administrativa, la Administración Pública interesada podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

6.º Trasladar la presente resolución; a los distintos Servicios de la Dirección General de Recursos Educativos; a la Sección de Centros Escolares, Financiación y Ayudas al Estudio, a la de Ordenación Académica y a la de Contratación, Servicios Complementarios y Coordinación Administrativa, y al Negociado de Gestión de la Información Escolar.

Pamplona, 10 de septiembre de 2019.–La Directora General de Recursos Educativos, Begoña Unzué Vela.

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