BOLETÍN Nº 173 - 3 de septiembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ORKOIEN

Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora
de los precios de la escuela de música municipal.
Curso 2019-2020

El Pleno del Ayuntamiento de Orkoien, en sesión celebrada el día 17 de abril de 2019, aprobó inicialmente la ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por inscripción y participación en los cursos impartidos en la escuela de música municipal de Orkoien para el curso 2019-2020.

Habiéndose resuelto las alegaciones presentadas en sesión plenaria el día 18 de julio de 2019, se procede a la aprobación definitiva de la citada Ordenanza, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos pertinentes.

Orkoien, 19 de julio de 2019.–El Alcalde, Carlos Arróniz Loyola.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR INSCRIPCIÓN Y PARTICIPACIÓN EN LOS CURSOS IMPARTIDOS EN LA ESCUELA DE MÚSICA MUNICIPAL
DE ORKOIEN PARA EL CURSO ACADÉMICO 2019/2020

Concepto.

Artículo 1.

El precio público objeto de esta Norma se establece al amparo de lo dispuesto en los artículos 28 y siguientes de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales de Navarra.

Obligación del pago.

Artículo 2.

Los conceptos de tasas son: matrícula y cuota mensual.

La obligación de pago nace en el momento de la inscripción/matriculación en los cursos respectivos, y deberá ser satisfecha por quienes cursen la misma.

La Cuota por matrícula será la correspondiente a una mensualidad en cada inscripción. Se deberá cumplir con los pagos mensuales conforme a lo dispuesto.

El incumplimiento en el pago de 2 cuotas mensuales supondrá la suspensión de las clases al alumno/a.

Si al finalizar el curso existiera un impago en las cuotas, perderá la opción a una nueva matriculación.

Normas de gestión y recaudación.

Artículo 3.

La matriculación y gestión de los precios públicos se hará desde las dependencias municipales de la Escuela de Música.

El importe correspondiente a la matrícula se hará efectivo en el mes de julio, a los efectos de reserva de plaza.

Los recibos serán cargados en la cuenta correspondiente, solicitada en la hoja de matriculación, en las fechas indicadas. La cuota de matriculación en el mes de julio se girará según los datos indicados.

Artículo 4.

Aquellos alumnos/as que desearan causar baja una vez matriculados y antes de finalizar el curso académico, deberán comunicarlo en un escrito dirigido a la dirección del centro, en el que podrán indicar voluntariamente los motivos de la baja.

En ningún caso de baja motivada por voluntad del alumno/a será devuelto el importe correspondiente a la matriculación, ya que ésta es una reserva de plaza que el centro ya ha hecho efectiva asignando a este alumno/a un espacio dentro del horario lectivo de un profesor y adquiriendo con éste último los consiguientes compromisos profesionales durante un año.

Las bajas que podrán ser aceptadas serán:

–Por accidente grave del alumno/alumna, previa presentación de informe médico expedido por médico especialista, que imposibilite la práctica de sus instrumentos.

–Por enfermedad grave del alumno/alumna, previa presentación de Informe médico expedido por médico especialista, que imposibilite la práctica de sus instrumentos.

–Por fallecimiento del alumno/alumna.

Si la baja se produce entre el 2 y 5 de septiembre no se deberá abonar ninguna cuota posterior.

Si la baja se produce a partir del 6 de septiembre (inclusive), se harán efectivos los cobros del curso completo.

El coste anual del curso se establece en las tarifas incluidas en el Anexo.

El abono de las tarifas se podrá realizar:

–Matrícula: mes de julio.

–Curso:

  • Pago único en el momento de la matriculación.
  • Mensualmente-10 cuotas mensuales.

Artículo 5.

En caso de inscripción con el curso comenzado se abonará la matricula completa y las asignaturas por meses naturales conforme a las fechas indicadas en el artículo anterior.

Aplicación de las tarifas.

Artículo 6.

Los solicitantes que se quieran acoger a las reducciones contenidas en el Epígrafe 2 del Anexo de esta Norma deberán presentar necesariamente la documentación justificativa que se indica en el anexo.

Artículo 7.

Las tarifas a abonar por los distintos conceptos son las establecidas en el anexo adjunto.

ANEXO

Epígrafe 1.–Tarifa general curso 2019/2020.

Se mantienen las vigentes en el curso 2018/2019.

Epígrafe 2.–Descuentos y normativa para su aplicación.

Sobre los precios indicados en el apartado de tarifas se aplicarán bonificaciones para favorecer diferentes circunstancias. Dichas bonificaciones se aplicaran exclusivamente sobre las cuotas, y nunca sobre la matrícula, y serán aplicables a los alumnos/as empadronados/as en Orkoien y del Ayuntamiento de Cendea de Olza con Convenio y los no empadronados/as.

–Un mismo alumno/a sólo podrá beneficiarse de un único tipo de descuento. En caso de que algún alumno/a pudiera acogerse a más de un tipo de descuento, será aplicable únicamente el más beneficioso para el alumno/a.

–Se considera unidad a todos lo miembros empadronados/as en el mismo domicilio e inscritos en el Libro de Familia o documento oficial que acredite la pertenencia a esa unidad familiar.

–El Ayuntamiento de Orkoien se reserva el derecho de decidir, en posibles casos dudosos, si procede aplicar o no determinado tipo de descuento y/o cuál de los tres tipos sería el aplicable.

Tarifas bonificadas.

–Unidades familiares con dos miembros matriculados/as en la Escuela de Música, bonificación del 10% de descuento a la cuota de la unidad familiar. Unidades familiares con tres miembros matriculados/as en la Escuela de Música, bonificación del 25% de descuento a la cuota de la unidad familiar.

–Bonificación de un 10% de descuento en las tasas, para personas inscritas en la Escuela de Música Municipal de Orkoien, que acrediten con certificación oficial su condición de Familia Numerosa.

Documentación.

Para ser beneficiario/a de las tarifas, la documentación se presentará durante el periodo de matrícula publicitado a tal efecto.

Las solicitudes de bonificación presentadas fuera del señalado plazo sólo se beneficiarán de las bonificaciones previstas en la ordenanza municipal con efectos desde la fecha de la solicitud.

La documentación pertinente será entregada en la Escuela de Música Municipal de Orkoien para su posterior traslado al Registro Municipal General situado en el Ayuntamiento de Orkoien, plaza Iturgain, s/n, 31160 Orkoien.

A efectos de esta ordenanza tendrán consideración de empadronados/as los/as menores cuando como consecuencia de separación o divorcio alguno de los padres esté empadronado/a en Orkoien.

Tal circunstancia deberá acreditarse mediante medidas definitivas de hijo/ hija no matrimonial o con la sentencia de separación y divorcio.

Forma y plazo de presentación.

Para ser beneficiario/a de las tarifas expuestas, la documentación se presentará durante el periodo de matrícula del curso académico 2018/2019.

La documentación pertinente junto con la hoja de matriculación será entregada en la propia Escuela de Música para su traslado posterior al Registro Municipal General sito en el Ayuntamiento de Orkoien, plaza Iturgain, s/n, 31160 Orkoien.

Infracciones y sanciones.

1.–Constituyen infracciones leves, el incumplimiento de obligaciones que se establecen en esta ordenanza cuando no estén calificados como infracciones graves.

2.–Constituyen infracciones graves:

–Dejar de ingresar, dentro de los plazos establecidos al efecto, la totalidad o parte de la tarifa.

–Disfrutar u obtener indebidamente exenciones, tarifas diferentes a las que corresponde o devoluciones indebidas.

–Las infracciones se sancionarán con la suspensión de las clases al/la alumno o alumna.

El procedimiento sancionador a aplicar será el establecido en el artículo 32 de la ordenanza fiscal general.

La presente Ordenanza entrará en vigor el 1 de septiembre de 2019 siempre que el texto de la modificación se publique en el Boletín Oficial de Navarra antes de dicha fecha. Caso contrario entrará en vigor el día de su publicación. En todo caso permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

PRECIOS PÚBLICOS ANUALES CURSO ESCOLAR 2019/2020

MODALIDADES

EMPADRONADO

NO EMPADRONADO

Taller de Música

276,00

551,90

Lenguaje Musical + Instrumento 30’ (1.º y 2.º)

467,50

1.475,40

Lenguaje Musical + Instrumento 35’ (3.º y 4.º)

514,40

1.676,60

Lenguaje Musical + Instrumento 35’ + Clase colectiva (3.º y 4.º)

563,20

1.835,90

Lenguaje Musical + Instrumento 40’ + Conjunto instrumental 5.º y 6.º

619,50

2.021,70

POR TRAMOS DE EDAD

EMPADRONADO

NO EMPADRONADO

MENOR 18

ENTRE 18 Y 25

MAYOR 25

MENOR 25

MAYOR 25

Lenguaje Musical

276,00

295,30

344,50

551,90

604,40

Conjunto instrumental

276,00

295,30

344,50

551,90

604,40

Instrumento con conocimiento de solfeo

388,60

415,60

485,20

923,50

1.011,50

Instrumento sin conocimiento de solfeo

422,40

451,90

527,30

1.233,30

1.350,80

Instrumento 30’ + Conjunto instrumental

467,50

500,10

583,60

1.475,40

1.615,90

Instrumento 40’ + Conjunto instrumental

501,20

536,30

625,80

1.785,20

1.955,20

Cursos no reglados

422,40

451,90

527,30

1.233,30

1.350,80

Banda

69,50

69,50

76,10

69,50

76,10

Segundo instrumento

50%

50%

50%

50%

50%

Código del anuncio: L1910169