1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 437/2019, de 5 de julio, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos, por la que se aprueban instrucciones para la prestación del servicio de comedor escolar, se hace pública la relación de comedores autorizados y se aprueban las tarifas y cuotas para el curso 2019/2020.
El Servicio de Infraestructuras Educativas ha presentado un informe en el que se propone una serie de instrucciones de funcionamiento, la publicación de la relación de comedores autorizados para el curso 2019/2020, y las tarifas y compensaciones autorizadas para dicho curso a los efectos de establecer las ayudas del Gobierno de Navarra, así como las cuotas máximas que por este servicio educativo deberán satisfacer los alumnos con ayuda.
Esta actuación se realiza en aplicación de lo establecido en la Orden Foral 186/1993, de 11 de mayo (Boletín Oficial de Navarra de 31-05-1993), del Consejero de Educación y Cultura, por la que se desarrolla lo dispuesto en el Decreto Foral 246/1991, de 24 de julio, que regula el funcionamiento de los comedores de los centros públicos no universitarios de Navarra (Boletín Oficial de Navarra de 21-08-1991).
En virtud de las facultades atribuidas según lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda, del Decreto Foral 5/2017, de 11 de enero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, y a propuesta del Servicio de Infraestructuras Educativas.
RESUELVO:
1.º Autorizar para el curso 2019/2020 los comedores correspondientes a los centros públicos que se relacionan en el Anexo I a la presente Resolución, en favor de alumnos del Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Secundaria Obligatoria.
2.º Aprobar las instrucciones para la organización y funcionamiento del servicio de comedor escolar durante el curso 2019/2020, que figuran como Anexo II a la presente Resolución. Se establece en este la relación de anexos que serán necesarios para la obtención de información de los centros.
3.º Que para dicho curso la ayuda a percibir por parte de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra se calculará conforme a los módulos económicos que figuran en el Anexo III a la presente Resolución, en el que también se determina la cuota que deberán abonar los alumnos con derecho a ayuda.
4.º Publicar la presente Resolución y Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
5.º Trasladar la presente Resolución y Anexos a los centros interesados, al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Infraestructuras Educativas y a la Sección de Contratación, Servicios Complementarios y Coordinación Administrativa, a los efectos oportunos.
Pamplona, 5 de julio de 2019.–La Directora General de Universidades y Recursos Educativos, Nekane Oroz Bretón.
ANEXO I COMEDORES AUTORIZADOS PARA EL CURSO 2019-2020 Tipo y modalidad de gestión |
COMARCALES DE GESTIÓN CONTRATADA |
COMIDA TRANSPORTADA EN LÍNEA CALIENTE |
ANSOÁIN | CPEIP/HLHIP Ezkaba |
BERIÁIN | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria |
JAUNTSARATS | CPEIP/HLHIP Oihanzabal |
LOS ARCOS | CPEIP Santa María |
LUMBIER | CPEIP San Juan |
MUTILVA | CPEIP San Pedro |
NOÁIN | CPEIP San Miguel |
ORCOYEN | CPEIP San Miguel |
CPEIP/HLHIP Auzalar |
PAMPLONA | CPEE Andrés Muñoz Garde |
PUENTE LA REINA | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria |
SANGÜESA | CPEIP Luis Gil |
TUDELA | CPEE Torre Monreal |
VIANA | CPEIP Ricardo Campano e Instituto de Educación Secundaria Obligatoria |
VILLAVA | CPEIP/HLHIP Lorenzo Goicoa |
CPEIP/HLHIP Atargi |
ZIZUR MAYOR | CPEIP Camino de Santiago |
CPEIP Catalina de Foix |
CPEIP/HLHIP Erreniega |
ELABORACIÓN DE LA COMIDA EN EL CENTRO |
AOIZ | CPEIP/HLHIP San Miguel e Instituto de Educación Secundaria Obligatoria/DBHI |
BERRIOZAR | CPEIP Mendialdea I HLHIP |
CPEIP Mendialdea II HLHIP |
BETELU | CPEIP/HLHIP Araxes |
CASCANTE | CPEIP Vicenta María |
DONEZTEBE/SANTESTEBAN | CPEIP/HLHIP San Miguel e IESO /DBHI Mendaur |
ELIZONDO | CPEIP/HLHIP San Francisco Javier |
ESTELLA | CPEIP/HLHIP Remontival |
ETXARRI ARANATZ | CPEIP/HLHIP San Donato |
GARRALDA | CPEIP/HLHIP Ntra. Sra. de Orreaga e Instituto de Educación Secundaria Obligatoria/DBHI |
GOIZUETA | CPEIP/HLHIP Andrés Narbarte Xalto |
HUARTE | CPEIP/HLHIP Virgen Blanca |
IRURTZUN | CPEIP/HLHIP Atakondoa |
LARRAINTZAR | CPEIP/HLHIP Obispo Irurita e Instituto de Educación Secundaria Obligatoria/DBHI |
LEITZA | CPEIP/HLHIPErleta e IES/DBHI.Amazabal |
LEKUNBERRI | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
LESAKA | CPEIP/HLHIP Irain |
LUZAIDE/VALCARLOS | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
OCHAGAVÍA | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP e Instituto de Educación Secundaria Obligatoria/DBHI |
OLITE | CPEIP Príncipe de Viana |
RONCAL | CPEIP/HLHIP Julián Gayarre e Instituto de Educación Secundaria Obligatoria/DBHI |
TAFALLA | CPEIP Marqués de la Real Defensa |
ZUBIRI | CPEIP/HLHIP Gloria Larrainzar Eugi |
ZUDAIRE | CPEIP Las Amescoas |
ORDINARIOS DE GESTIÓN CONTRATADA |
COMIDA TRANSPORTADA EN LÍNEA CALIENTE |
ALLO | CPEIP La Cruz |
ALTSASU/ALSASUA | CPEIP/HLHIP Zelandi |
ANDOSILLA | CPEIP Virgen de la Cerca |
ARIZKUN | CPEIP/HLHIP |
AZAGRA | CPEIP Francisco Arbeloa |
BARAÑÁIN | CPEIP/HLHIP Alaiz |
CPEIP Eulza |
CPEIP Los Sauces |
BARÁSOAIN | CPEIP Martín Azpilcueta |
BEIRE | Colegio Público de Eduación Infantil y Primaria |
BUÑUEL | CPEIP Santa Ana |
BURLADA | CPEIP Hilarión Eslava |
CPEIP/HLHIPErmitaberri |
CABANILLAS | CPEIP San Juan de Jersusalén |
CAPARROSO | CPEIP Virgen del Soto |
CARCASTILLO | CPEIP Virgen de la Oliva |
CASTEJÓN | CPEIP Dos de Mayo |
CINTRUÉNIGO | CPEIP Otero de Navascués |
CORTES | CPEIP Cerro de la Cruz |
FONTELLAS | CPEIP Virgen del Rosario |
FUSTIÑANA | CPEIP Santos Justo y Pastor |
IRURITA | CPEIP/HLHIP Irurita |
LEGASA | CPEIP/HLHIP Legasa |
LAKUNTZA | CPEIP/HLHIP Lakuntzako herri eskola |
LARRAGA | CPEIP San Miguel |
LERÍN | CPEIP doña Blanca de Navarra |
LODOSA | CPEIP Ángel Baigorri |
MENDAVIA | CPEIP San Fco. Javier |
MENDIGORRIA | CPEIP Julián M.ª Espinal |
MONTEAGUDO | CPEIP Honorio Galilea |
MURCHANTE | CPEIP Mardones y Magaña |
OLAZTI | CPEIP/HLHIP Domingo Bados |
OTEIZA | CPEIP San Salvador |
PAMPLONA | CPEIP/HLHIPAmaiur |
CPEIP Azpilagaña |
CPEIP/HLHIPBernat Etxepare |
CPEIP/HLHIP Buztintxuri |
CPEIP Cardenal Ilundáin |
CPEIP doña Mayor |
CPEIP Ermitagaña |
CPEIP García Galdeano |
CPEIP/HLHIPHegoalde |
CPEIP Iturrama |
CPEIP José María de Huarte |
CPEIP/HLHIPEl Lago de Mendillorri |
CPEIP/HLHIPMendillorri |
CPEIP Nicasio de Landa |
CPEIP/HLHIP Patxi Larraintzar |
CPEIP Rochapea |
CPEIP/HLHIP San Francisco |
CPEIP San Jorge |
CPEIP/HLHIP Sanduzelai |
CPEIP San Juan de la Cadena |
CPEIP Víctor Pradera |
PERALTA | CPEIP Juan Bautista Irurzun |
RIBAFORADA | CPEIP San Bartolome |
SAN ADRIÁN | CPEIP Alfonso X El Sabio |
SARRIGUREN | CPEIP Hermanas Uriz Pi |
CPEIP/HLHIP Joakin Lizarraga |
TUDELA | CPEIP Elvira España |
CPEIP Griseras |
CPEIP Huertas Mayores |
CPEIP Monte San Julián |
UHARTE ARAKIL | CPEIP San Miguel |
VALTIERRA | CPEIP Pedro Zapatero |
VILLAFRANCA | CPEIP El Castellar |
ELABORACIÓN DE LA COMIDA EN EL CENTRO |
AMAIUR/MAYA | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
ARANTZA | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
BERA | CPEIP/HLHIP Ricardo Baroja |
CORELLA | CPEIP Ciudad de Corella |
ERRO | CPEIP/HLHIP San Esteban |
ETXALAR | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
ITUREN | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
MILAGRO | CPEIP Ntra. Sra. del Patrocinio |
PAMPLONA | CPEIP Vázquez de Mella |
ZUGARRAMURDI | HLHIP Urdax-Zugarramurdi |
ANEXO II
Instrucciones de comedor escolar
1.–Introducción. Previsión y actualización de datos de comedor escolar.
La gestión de los servicios de comedor escolar requiere de datos que sean proporcionados por los centros educativos y por el Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra CREENA, a la Sección de Contratación, Servicios Complementarios y Contratación Administrativa, mediante los anexos siguientes y que se adjuntan a esta Resolución.
La información será aportada por cada centro según corresponda, y a través del correo electrónico: complementarioseducativos@navarra.es.
En cada uno de los anexos deberá figurar el nombre del centro, la fecha en que se da la información y el curso.
2.–Gratificaciones y cuotas.
En el Anexo III se relacionan las cuantías de las compensaciones autorizadas por día en importe bruto para las figuras del Encargado de comedor, Administrador y Cuidadores, siempre que éstos últimos sean profesores. Con respecto a esta cuestión, se establecen una serie de medidas de carácter organizativo, que se incorporan a este Anexo III.
3.–Alumnado usuario de comedor.
En el Anexo IV se relacionará el alumnado usuario de comedor señalando el tipo de comensal (no subvencionado o subvencionado: transporte organizado, ayuda individualizada de transporte o perteneciente a familias de economías desfavorecidas), las fechas de altas y bajas que se puedan producir y la asistencia del alumnado (días efectivos de asistencia al comedor escolar de cada uno de los alumnos-as). Esta condición será necesaria, en el caso de los alumnos subvencionados, para el posterior abono de la ayuda de comedor.
Así mismo, será necesario aportar los certificados de los Servicios Sociales de Base de las diferentes mancomunidades o Ayuntamientos, que certifiquen la pertenencia a unidades familiares de economías desfavorecidas de los alumnos-as que vayan a percibir la ayuda de comedor por este motivo.
En el caso de que exista alumnado que cumpla con la condición de trasportado y de economía desfavorecida, se designará únicamente como transportado.
No serán incluidos los alumnos que utilicen plaza vacante de trasporte.
En el Anexo V se recoge el resumen del alumnado usuario de comedor: número de alumnos trasportados (incluidos los que utilizan transporte organizado o perciben ayudas individualizadas de transporte, no incluido el alumnado en plaza vacante), de economías desfavorecidas y no subvencionados, por niveles y en total.
En el caso de que exista alumnado con la condición de trasportado y de economía desfavorecida solo se incluirá en el apartado de trasportado.
La información de los Anexos IV y V será requerida a los centros en las siguientes fechas:
–Antes del 20 de septiembre de 2019: Listado nominal correspondientes al primer trimestre. Comedores Comarcales.
–Del 21 de octubre al 1 de noviembre de 2019: las actualizaciones correspondientes al primer trimestre. Comedores Comarcales y Ordinarios.
–Del 8 de enero al 22 de enero de 2020: las modificaciones correspondientes al primer trimestre se ajustarán en el segundo. Comedores Comarcales y Ordinarios.
–Del 1 al 30 de abril de 2020 las modificaciones correspondientes al segundo trimestre se ajustarán en el tercer trimestre. Comedores Comarcales y Ordinarios.
–Del 1 al 15 de junio de 2020: las modificaciones correspondientes al tercer trimestre se ajustarán en el primer trimestre del siguiente curso 2020-2021. Comedores Comarcales y Ordinarios.
La previsión para el curso 2020-2021 deberá ser remitida en la fecha que se establezca teniendo en cuenta el calendario establecido mediante Resolución para la admisión del alumnado de segundo ciclo Infantil y Primaria así como la Resolución de admisión de alumnos de Enseñanza de Secundaria Obligatoria (marzo-abril).
4.–Encargado, administrador y cuidador del centro.
En el Anexo VI se informará de los datos del personal Encargado de comedor, Administrador y Cuidador del Centro (si lo hubiera). Estos datos deberán ser remitidos antes del 14 de septiembre para poder realizar los abonos de las gratificaciones en nómina.
En el caso en que se produzcan variaciones en el desempeño de estas funciones (bajas, permisos, excedencias...) estas, deben ser notificadas al Departamento, en el momento que se produzcan, para su correcto abono en nómina.
5.–Horarios y uso del comedor.
En el Anexo VII se señalan los horarios de inicio y fin de clases y/o actividades extraescolares, así como del comienzo y fin del servicio de comedor, para las etapas educativas que correspondan al centro, para cada turno (si los hubiera), para cada día de la semana y para los meses de septiembre y junio. Esta información será remitida junto con los datos aportados en el Anexo IV y V antes del 20 de septiembre.
6.–Calendario de remisión de información. |
Fecha máxima de remisión de la información | ANEXOS |
COMEDORES COMARCALES | COMEDORES ORDINARIOS |
14 de septiembre 2019 | Anexo VI- Encargado, Administrador y Cuidadores del centro. Curso 2019-2020. | |
20 de septiembre 2019 | Anexo IV- Listado nominal alumnado usuario de comedor. Curso 2019-2020. Anexo V- Resumen comedor curso 2019-2020. Anexo VII- Horario infantil, primaria y secundaria curso 2019-2020. | |
Del 21 de octubre al 1 de noviembre 2019 | Anexo IV- Actualización del Listado nominal alumnado usuario de comedor (Primer Trimestre curso 2019-2020). Anexo V- Actualización datos resumen comedor. (Primer Trimestre curso 2019-2020. | Anexo IV- Listado nominal alumnado usuario de comedor (Primer trimestre curso 2019-20). Anexo V- Datos resumen comedor. Primer Trimestre curso 2019-20. |
Del 8 al 22 de enero 2020 | Anexo IV- Actualización del Listado nominal alumnado usuario de comedor y ajuste del Primer Trimestre curso 2019-20. Anexo V- Actualización datos resumen comedor. (Primer Trimestre curso 2019-2020) | Anexo IV- Actualización del Listado nominal alumnado usuario de comedor y ajuste del Primer Trimestre curso 2019-2020. Anexo V- Actualización datos resumen comedor. Primer Trimestre curso 2019-2020. |
Marzo-abril 2020 | Anexo IV- Previsión Listado nominal alumnado usuario de comedor curso 2020-2021. Anexo V- Previsión datos resumen comedor curso 2020-2021. | |
Del 1 al 30 abril 2020 | Anexo IV- Actualización del Listado nominal alumnado usuario de comedor y ajuste del Segundo Trimestre curso 2019-2020. Anexo V- Actualización datos resumen comedor. (Segundo Trimestre curso 2019-2020). | Anexo IV- Actualización del Listado nominal alumnado usuario de comedor y ajuste del 2.º Trimestre curso 2019-2020. Anexo V- Actualización datos resumen comedor. (Segundo Trimestre curso 2019-2020). |
Del 1 al 15 junio 2020 | Anexo IV- Actualización del Listado nominal alumnado usuario de comedor (3.º Trimestre curso 2019-20). Anexo V- Actualización datos resumen comedor. (3.º Trimestre curso 2019-20). | Anexo IV- Actualización del Listado nominal alumnado usuario de comedor (3.º Trimestre curso 2019-20). Anexo V- Actualización datos resumen comedor. (3.º Trimestre curso 2019-20). |
ANEXO III
Cuotas y gratificaciones autorizadas para el curso 2019-2020
Cuotas autorizadas para alumnos beneficiarios.
NÚMERO DE COMENSALES | POR CADA ALUMNO Y DÍA |
0-80 | 1,75 euros |
81-160 | 1,75 euros |
161-240 | 1,75 euros |
+240 | 1,75 euros |
Esta cuota podrá verse incrementada si en la prestación de este servicio se incluyen mejoras sobre el servicio básico de comedor, que pueden ser en el propio menú o en la manera de prestar el servicio de comedor. De esta forma, en los comedores comarcales las mejoras deberán ser acordadas por el Consejo Escolar con el voto favorable de los representantes de las familias, y en los comedores ordinarios el acuerdo lo tomará la asamblea de la APYMA que gestiona el servicio. El incremento a cargo de este alumnado, deberá ser proporcional a la diferencia entre el coste del servicio básico acordado por el Departamento de Educación y el coste real asumidas las mejoras del comedor.
Módulo económico del Gobierno de Navarra.
Comedores comarcales | Se fijará para cada comedor en función de lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto Foral 246/1991, de 24 de julio (Boletín Oficial de Navarra 21-08-91). |
Comedores ordinarios | Se fijará para cada comedor por homologación con los comedores comarcales. |
Excepcionalmente, y siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan sin menoscabo de ninguna otra actividad financiada con la partida de comedores escolares, se podrán compensar los déficits originados en las cuentas de comedor como consecuencia de impagos de la cuota fijada por el Departamento de Educación a cargo de las familias de alumnos transportados que además se encuentren en situación socioeconómica desfavorecida, siempre que las mismas tengan a todos sus posibles perceptores de renta sin percibir ninguna retribución o ayuda de algún tipo durante la totalidad del presente curso escolar. La demostración de esta situación se producirá mediante la presentación de un certificado del servicio social de base de la localidad donde resida el alumno, que señale expresamente esta circunstancia.
Gratificaciones autorizadas por día en importe bruto.
Las gratificaciones que recibe el profesorado tienen carácter retributivo y se percibirán a través de la nómina.
NÚMERO DE COMENSALES | ENCARGADO DE COMEDOR | ADMINISTRADOR* | POR CADA CUIDADOR |
0-80 | 16,63 euros | 14,71 euros | 16,63 euros |
81-160 | 18,58 euros | 14,71 euros | 16,63 euros |
161-240 | 19,92 euros | 16,48 euros | 16,63 euros |
+240 | 20,61euros | 18,88 euros | 16,63 euros |
En los comedores comarcales de hasta 40 alumnos comensales, las funciones de Encargado de comedor y de Administrador las realizará la misma persona, recibiendo una sola retribución que será la correspondiente a las funciones de Encargado. En los comedores comarcales entre 41 y 100 alumnos comensales, las funciones de Encargado de comedor y de Administrador las podrá realizar la misma persona, recibiendo una sola retribución en este caso que será la correspondiente al 75% de la suma de ambas retribuciones. En los comedores comarcales a partir de 101 alumnos comensales, las funciones de Encargado de comedor y de Administrador obligatoriamente las realizarán dos personas diferentes, percibiendo cada una de ellas las retribuciones establecidas en el cuadro anterior.
ANEXOS IV V, VI, VII
Descargar el fichero excel completo rellenable.
Podrá encontrar los siguientes anexos:
IV.–Listado nominal de alumnado usuario de comedor (Hoja 1)
V.–Resumen de comedor (Hoja 2)
VI.–Encargados, administrador y cuidadores del comedor (Hoja3)
VII.–Horarios de comedor de infantil, primaria y secundaria (hoja 4)
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