BOLETÍN Nº 154 - 8 de agosto de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 184E/2019, de 17 de junio, del Director del Servicio de Economía Circular y Agua por la que se deniega la modificación significativa de la instalación de fabricación de tubos centrifugados, cuyo titular es Schmidt-Clemens Spain, S.A., ubicada en término municipal de Murieta, con objeto de llevar a cabo el proyecto de conexión de las aguas pluviales de la zona norte a la EDAR de Valdega (Murieta).

Esta instalación dispone de Autorización Ambiental Integrada concedida mediante la Orden Foral 403/2007, de 31 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, actualizada posteriormente por la Resolución 192E/2014, de 9 de mayo, del Director General de Medio Ambiente y Agua y modificada por la Resolución 135E/2017, de 29 de mayo, del Director del Servicio de Economía Circular y Agua.

Con fecha 19 de septimebre de 2018, el titular notificó el proyecto de modificación de su instalación para la implantación de una conexión de las aguas pluviales de la zona norte a la EDAR de Murieta. Con fecha 20 de septimebre de 2018, el Servicio de Economía Circular y Agua dictaminó que dicha modificación era no sustancial, de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo 25 del Reglamento de desarrollo de la Ley 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, aprobado mediante el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por lo que no era preciso otorgar una nueva autorización ambiental integrada, pero sí significativa, por dar lugar a cambios importantes en las condiciones de funcionamiento de la instalación, que debían ser contemplados en la Autorización ambiental integrada de que ya dispone, de forma que era preciso modificar ésta.

Con fecha 4 de enero de 2019 el titular solicitó la modificación de la Autorización Ambiental Integrada, con objeto de poder llevar a cabo el proyecto correspondiente, que consistía en la instalación de un separador de hidrocarburos y la conexión del vertido de aguas pluviales de la zona norte a la EDAR de Murieta.

En situaciones de lluvias intensas, el caudal diario vertido puede ser elevado y superar el 20% del caudal urbano correspondiente al censo de la población de Murieta, lo que supone incumplir una de las dos limitaciones establecidas en el artículo 26.4 del Decreto Foral 12/2008, de 20 de febrero, por el que se establecen las condiciones técnicas aplicables a la implantación y funcionamiento de las actividades susceptibles de realizar vertidos de aguas a colectores públicos de saneamiento.

Por este motivo, se solicitó a NILSA, como entidad operadora de la EDAR de Murieta, la emisión de informe sobre la compatibilidad del vertido con la capacidad de tratamiento y adecuado funcionamiento de la mencionada EDAR, según lo previsto en el artículo 27.2 del Decreto Foral 12/2008, de 20 de febrero.

Con fecha 15 de mayo de 2019, NILSA ha emitido informe desfavorable por no ser viable su tratamiento en la EDAR de Valdega (Murieta), según el reglamento de la Mancomunidad de Montejurra y de acuerdo con el Plan Director del Ciclo Integral de Agua de Uso Urbano para el periodo 2019-2030.

Asimismo, el informe desfavorable señala otros factores que pueden influir negativamente en la trazabilidad y rendimiento de la EDAR, entre los que destaca la posible presencia de metales pesados que pondrían en riesgo la gestión de los lodos de depuración, el aumento de la frecuencia de alivios a la entrada de la EDAR, incrementando el volumen de agua no tratada vertida a cauce, y una disminución del rendimiento de la EDAR por la modificación de la trazabilidad de los vertidos.

Como consecuencia, no puede autorizarse el proyecto de modificación de la instalación para la implantación de una conexión de las aguas pluviales de la zona norte a la EDAR de Valdega (Murieta).

El expediente ha sido tramitado conforme al procedimiento establecido en el artículo 29 del Reglamento de desarrollo de la Ley 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, aprobado por el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de diez días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 760/2016, de 4 de octubre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

RESUELVO:

Primero.–Denegar la modificación significativa de la instalación de Fabricación de tubos centrifugados, cuyo titular es Schmidt-Clemens Spain, S.A., ubicada en término municipal de Murieta, con objeto de llevar a cabo el proyecto de conexión de las aguas pluviales de la zona norte a la EDAR de Valdega (Murieta).

Segundo.–Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

Cuarto.–Trasladar la presente Resolución a Schmidt-Clemens Spain, S.A., al Ayuntamiento de Murieta, a Nilsa y a la Confederación Hidrográfica del Ebro, a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de junio de 2019.–El Director del Servicio de Economía Circular y Agua, César Pérez Martín.

Nota: los anexos a que se refiere la presente Resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - Planta Baja, Servicio de Economía Circular y Agua; y en el sitio web del Gobierno de Navarra http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Evaluacion+ambiental/Autorizaciones+ambientales/

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