BOLETÍN Nº 152 - 6 de agosto de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ETXARRI ARANATZ

Nombramiento de los miembros
de la Junta de Gobierno Local y delegación de funciones

Resolución de alcaldía 2019/221.

Visto el artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL) y el artículo 52.2 del Real Decreto 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

Entendiendo que la Junta de Gobierno Local está integrada por la Alcaldía y un número de concejalías no superior a un tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por la Alcaldía, dando cuenta al Pleno.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 23.2 LBRL y 53.1 ROF, que señalan que corresponde a la Junta de Gobierno Local la función propia e indelegable de asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como aquellas otras que le deleguen el Pleno o el Alcalde o le atribuyan las leyes.

Resultando que Alcaldía tiene potestad de delegar el ejercicio de determinadas competencias que tiene atribuidas, en la Junta de Gobierno Local, según lo dispuesto en el artículo 21.3 LBRL; 43 y 114 ROF y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).

En su virtud, en uso de las facultades que a esta Alcaldía le confieren los artículos 23 LRBRL y 43.2, 52 y 53.2 ROF, la Alcaldía ha resuelto:

1.–Nombrar a los siguientes concejales miembros de la Junta de Gobierno Local:

–Alcaldesa-Presidenta: Silvia Marañon Chasko.

–Concejales: Lur Iosu Larraza Lopez y María Saez de Albeniz Bregaña.

La Alcaldesa se reserva la potestad de nombrar un cuarto miembro más adelante.

2.–Señalar que la sesión constitutiva de la Junta de Gobierno Local tuvo lugar el martes día 2 de julio de 2019, a las 08:30 horas.

3.–Establecer la periodicidad de las sesiones ordinarias el segundo viernes de cada mes, a las 08:30 horas, en el Ayuntamiento de Etxarri Aranatz.

Las convocatorias de notificaran por correo electrónico con dos días de antelación al inicio de la junta.

La Alcaldía podrá modificar el día y hora de celebración de la sesión ordinaria, así como suspenderla, motivadamente, por la coincidencia con períodos festivos de Semana Santa, Navidad u otros de naturaleza análoga, así como posponer o avanzar su celebración dentro de la misma semana o la inmediatamente posterior, cuando el día de celebración sea inhábil o concurran circunstancias especiales, debidamente justificadas.

4.–La Junta de Gobierno Local asumirá las funciones de asistencia y asesoramiento que le atribuyen directamente los artículos 23.2 LRBRL y 53.1 ROF; así como las que le atribuyan directamente las leyes y las que se delegan a continuación:

–Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

–Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

–Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a 4 años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere el porcentaje indicado. Si estos importes se modifican o fueran superiores en las posteriores leyes forales de contratos públicos, se entenderán modificados los importes citados a los nuevos límites que se dispongan.

5.–Los Acuerdos que se adopten por la Junta de Gobierno Local tendrán el mismo valor que las resoluciones que dicte la Alcaldía en ejercicio de las atribuciones que no haya delegado, sin perjuicio de su adopción conforme a las reglas de funcionamiento de la Junta.

6.–Esta delegación no quedará revocada por el mero hecho de producirse un cambio en la titularidad de la Alcaldía o en la composición de la Junta de Gobierno Local. La revocación o modificación de la delegación habrá de adoptarse con las mismas formalidades que las exigidas para su otorgamiento.

7.–Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del ayuntamiento a los efectos previstos en el artículo 44.2 ROF. No obstante, la presente delegación de atribuciones surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha de la presente Resolución.

8.–Notificar personalmente a los/as concejales/as afectados/as la presente Resolución, a fin de que presten, en su caso, la aceptación de tales cargos previstos en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales en relación con el artículo 52.4 de ese mismo cuerpo legal.

La designación como miembro de la Junta de Gobierno Local requiere, para su eficacia, la aceptación por parte del concejal/a interesado/a, entendiéndose aceptada si en el término de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la correspondiente notificación, no efectúa manifestación expresa en contrario.

9.–Dar cuenta del presente Acuerdo al Pleno del Ayuntamiento.

Etxarri Aranatz, 24 de julio de 2019.–La Alcaldesa, Silvia Marañon Chasco.

Código del anuncio: L1910003