BOLETÍN Nº 96 - 21 de mayo de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 72/2018, de 11 de abril, del Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial por la que se otorga autorización administrativa previa para la extensión de redes de gas natural canalizado en el año 2018 en diversos municipios y núcleos urbanos de la Comunidad Foral de Navarra.

Con fecha 21 de diciembre de 2017, Gas Navarra S.A., en cumplimiento del artículo 2 de la ITC-ICG 01 del Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos aprobado por Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, ha solicitado autorización conjunta anual de instalaciones de distribución de gas natural canalizado, durante el año 2018, para los siguientes municipios y núcleos urbanos:

Ablitas, Aibar<>Oibar, Allo, Altsasu/Alsasua, Andosilla, Ansoáin<>Antsoain, Cendea de Olza<>Oltza Zendea (Arazuri y Ororbia), Aoiz<>Agoitz, Aranguren (Mutilva<>Mutiloa), Arbizu, Arguedas, Arróniz, Artajona, Ayegui<>Aiegi, Azagra, Bakaiku, Barañáin<>Barañain, Barillas, Baztan, Bera, Berbinzana, Beriáin, Berrioplano<>Berriobeiti (Aizoáin<>Aitzoain), Berriozar, Bertizarana, Buñuel, Burlada<>Burlata, Cabanillas, Cadreita, Caparroso, Cárcar, Carcastillo, Cascante, Cáseda, Castejón, Cintruénigo, Cizur (Cizur Menor y Gazólaz), Galar (Cordovilla), Corella, Cortes, Doneztebe/Santesteban, Elgorriaga, Noáin (Valle de Elorz)<>Noain (Elortzibar) (Elorz<>Elortz, Noáin, Torres, Imárcoain y Zulueta), Estella-Lizarra, Esteribar, Etxarri Aranatz, Ezcazbarte (Arre), Falces, Fitero, Fontellas, Funes, Fustiñana, Goizueta, Valle de Egüés<>Eguesibar (Gorraiz y Olaz), Huarte<>Uharte, Igantzi, Irurtzun, Ituren, Iturmendi, Lakuntza, Larraga, Leitza, Lekunberri, Lerín, Lesaka, Liédena, Lodosa, Los Arcos, Lumbier, Marcilla, Mélida, Mendavia, Mendigorría, Milagro, Miranda de Arga, Monteagudo, Murchante, Murillo el Fruto, Obanos, Olazti/Olazagutía, Olite<>Erriberri, Orkoien, Oteiza, Pamplona<>Iruña, Peralta<>Azkoien, Puente la Reina<>Gares, Murillo el Cuende (Rada), Ribaforada, San Adrián, Sangüesa<>Zangoza, Santacara, Sartaguda, Sesma, Sunbilla, Tafalla, Tiebas-Muruarte de Reta, Tudela, Tulebras, Uharte Arakil, Urdiain, Valtierra, Viana, Villafranca, Villatuerta, Villava<>Atarrabia, Ziordia, Zizur Mayor<>Zizur Nagusia, Iza<>Itza (Zuasti).

Las instalaciones previstas en dicha solicitud consisten en las extensiones y modificaciones de redes de gas natural existentes, cuya MOP sea inferior o igual a 5 bar, y no incluyen las que han sido o serán objeto de proyecto específico. La longitud total de estas redes asciende a 15.957 metros. El presupuesto asciende a 1.123.200,17 euros.

La solicitud de Gas Navarra S.A. ha sido sometida al trámite de información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 16, de 23 de enero de 2018, y en los periódicos Diario de Navarra y Diario de Noticias de la misma fecha.

Durante el periodo de información pública se ha recibido alegación del Ayuntamiento de Zizur Mayor en la que se indica textualmente que “se ha podido comprobar que en lo referente a las previsiones para este municipio, no se ajustan dichos datos, tal y como se ha podido comprobar para el mismo expediente del 2017 donde se planteaban 4,2 km de atención de puntos de suministro, y 90 acometidas donde no se ha llegado a los 50 metros ni las 10 nuevas acometidas, y dado que no aportan otros datos que lo justifiquen estos datos deberían corregir y aportarlos”.

Desde el Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial procede informar que conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la ITC-ICG 01, en los casos de extensiones de redes existentes la autorización administrativa previa se solicitará en base a una memoria general que contenga las previsiones anuales aproximadas de construcción de instalaciones de distribución. Así pues, se trata de una previsión aproximada, no de una confirmación consolidada, ya que el número de metros y cometidas no depende en exclusiva de la empresa distribuidora sino de otros factores externos o criterios como por ejemplo el número de usuarios que soliciten el suministro de gas natural. Las diferencias entre lo previsto y ejecutado se notifican a la Administración durante el primer trimestre del año siguiente.

Con fecha 26 de diciembre de 2017, Gas Navarra, S.A. informa que ha pasado a denominarse Nedgia Navarra, S.A.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 48/2016, de 15 de enero, de la Directora General de Industria, Energía e Innovación (Boletín Oficial de Navarra número 20, de 1 de febrero de 2016), en cumplimiento de lo establecido en los artículos 22 y 36 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Otorgar a Nedgia Navarra S.A. autorización para la construcción de instalaciones de extensión de redes de gas natural canalizado durante el año 2018 en los municipios y núcleos urbanos citados anteriormente.

2. Aprobar el documento suscrito por el Ingeniero Técnico Industrial D. Francisco Giménez Valle, concediéndole un plazo de doce meses para la ejecución de las obras.

3. Desestimar la alegación presentada por el Ayuntamiento de Zizur Mayor.

4. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, la correspondiente legislación sectorial y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, incluyendo las de los organismos cuyos bienes y servicios se vean afectados.

5. En un plazo máximo de dos meses, y en todo caso antes del inicio de la ejecución de las instalaciones, Nedgia Navarra, S.A. deberá constituir una garantía del dos por ciento del presupuesto presentado. La citada garantía se depositará ante el Departamento de Desarrollo Económico del Gobierno de Navarra y será devuelta una vez emitida el acta de puesta en servicio de las instalaciones.

6. Las nuevas instalaciones y su montaje, así como el cierre de las plantas de GLP existentes cumplirán lo establecido en la reglamentación vigente.

7. Nedgia Navarra, S.A. cumplirá las obligaciones establecidas en el artículo 74 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y concretamente lo establecido en el apartado 1.d) del citado artículo.

8. Una vez ejecutado el proyecto y antes de que transcurran treinta días desde la puesta en servicio de las instalaciones, Nedgia Navarra, S.A. presentará en el Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, la documentación indicada en el artículo 5.7 del Real Decreto 919/2006, de 28 de julio.

9. Trasladar esta Resolución al Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, a los efectos oportunos.

10. Notificar esta Resolución a Nedgia Navarra, S.A. advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

11. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

12. Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Zizur Mayor y a los ayuntamientos afectados, advirtiendo que contra la misma, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Pamplona, 11 de abril de 2018.–El Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, Roberto Yoldi Echarren.

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