BOLETÍN Nº 96 - 21 de mayo de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 46E/2018, de 13 de abril, del Consejero del Departamento de Desarrollo Económico, por la que, por la que se declara Fiesta de Interés Turístico de la Comunidad Foral de Navarra a las “Jornadas de Exaltación y Fiestas de la Verdura” de Tudela.

El Ayuntamiento de Tudela ha solicitado a la Dirección General de Turismo y Comercio la declaración de las “Jornadas de Exaltación y Fiestas de la Verdura” como Fiesta de Interés Turístico de Navarra. Adjunta a su solicitud documentación explicativa del interés turístico de la misma.

Mediante Decreto Foral 45/2010, de 9 de agosto, se regula la declaración de Fiesta de Interés Turístico de la Comunidad Foral de Navarra y tiene por objeto regular las fiestas que se celebran en la Comunidad Foral de Navarra desde una perspectiva turística, creando la distinción de “Fiesta de Interés Turístico de Navarra”.

Se entiende por “Fiesta de Interés Turístico de Navarra” aquella fiesta, acontecimiento o manifestación de notorio enraizamiento en la tradición popular navarra que, celebrada en la Comunidad Foral de Navarra, suponga la manifestación de valores propios de su cultura, revista una especial importancia como recurso o producto turístico de Navarra y contribuya a incrementar el turismo en Navarra.

Las citadas Jornadas pretenden dar a conocer y homenajear las renombradas verduras y hortalizas de Tudela y su Ribera mediante la programación de diversos actos culturales, gastronómicos y lúdicos, teniendo como eje central la verdura y vinculando al sector primario y al agroalimentario para transmitir el conocimiento y divulgación en torno al mundo del hortelano. Se celebran anualmente, entre la última semana de abril y la primera de mayo.

El origen de estas Jornadas se remonta a 1986, fecha en la que la Orden del Volatín, actual organizadora junto al Ayuntamiento de Tudela, organizó las primeras actividades en torno a la verdura, consiguiendo desde sus inicios difundir la excepcional calidad de la materia prima de la huerta navarra y que ha dado lugar a gran variedad de platos típicos que pueden degustarse de norte a sur de la Comunidad Foral de Navarra. Celebración que ha contribuido además a convertir a la ciudad de Tudela en referente como destino de turismo cultural y gastronómico.

Consta en el expediente informe favorable emitido por la Dirección General de Turismo y Comercio, en el que se pone de manifiesto el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 3 del citado Decreto Foral 45/2010, de 9 de agosto, así como la valoración realizada, en función de los criterios establecidos en el artículo 8, para que sea declarada Fiesta de Interés Turístico de la Comunidad Foral de Navarra. Asimismo, consta informe favorable del Consejo de Turismo de Navarra.

En consecuencia y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 170/2015, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico,

ORDENO:

1.º Declarar Fiesta de Interés Turístico de la Comunidad Foral de Navarra las “Jornadas de Exaltación y Fiestas de la Verdura” de Tudela.

2.º Proceder a su inscripción en el Registro de Fiestas de Interés Turístico de Navarra, con el código de inscripción UFITNA21.

3.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Señalar que contra esta Orden Foral, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 13 de abril de 2018.–El Consejero de Desarrollo Económico, Manuel Ayerdi Olaizola.

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