BOLETÍN Nº 71 - 13 de abril de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 14/2018, de 23 de enero, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba el Plan de Actuación de Vespa Velutina

El artículo 64 de la Ley 42/2007 de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad considera Especies Exóticas Invasoras a aquellas especies y subespecies exóticas invasoras que constituyan una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural. Como consecuencia de ello se crea el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras donde se incluyen las especies que cumplen esas condiciones cuando existe documentación técnica o científica que así lo aconseja.

A través del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, y se concreta el marco de actuación para la lucha contra la expansión de estas especies.

Al mismo tiempo, el artículo 64 contempla la elaboración de Estrategias con carácter nacional que contemplen las directrices de gestión, control y posible erradicación de las especies del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, otorgando prioridad a aquellas especies que supongan un mayor riesgo para la conservación de la fauna, flora o hábitats autóctonos amenazados.

El avispón asiático o negro (Vespa velutina) figura actualmente en el listado de especies exóticas invasoras aprobado por Real Decreto 630/2013. Esto conlleva la obligación de adoptar las medidas necesarias para su gestión encaminadas a limitar su expansión y, en los casos en los que sea factible, su erradicación definitiva.

Como consecuencia, el Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, vista la aprobación de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad el 14 de noviembre de 2014 y de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente el 16 de abril de 2015, aprobó la “Estrategia de gestión, control y posible erradicación del avispón asiático o avispa negra (Vespa velutina ssp. nigrithorax) en España”.

Esta Estrategia debe ser un marco de referencia fundamental para la adopción de medidas y actuaciones encaminadas al control y erradicación de la citada especie, según se indica en el artículo 64 de la Ley 42/2007 de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Al mismo tiempo, según el artículo 10 del Real Decreto 630/2013, las administraciones competentes adoptarán, en su caso, las medidas de gestión, control y posible erradicación de las especies incluidas en el catálogo, autorizando los métodos y condiciones de captura más adecuados para dicho control, gestión y posible erradicación.

En Navarra, el avispón asiático (Vespa velutina), entró en 2010, y en la actualidad se distribuye por todo el territorio foral aunque con distinto nivel de presencia en las distintas zonas. Durante todo este tiempo, aún habiéndose acometido distintas acciones se ha adquirido experiencia práctica que permite la adopción de medidas en distintos ámbitos: comunicación, información, investigación, coordinación y ejecución, que permiten aumentar la eficacia para la lucha contra esta especie. Resulta por tanto conveniente el realizar y aprobar un compendio de acciones coordinadas a través de un Plan, al amparo de la Estrategia Nacional, que permita ordenar las acciones para la detección, comunicación y ejecución de medidas eficaces para la erradicación de esta especie.

Con tal motivo, tras la consulta a diversos organismos implicados y reuniones de coordinación con ayuntamientos, Guarderío Forestal, Bomberos, diversas unidades de Departamentos interesados, tales como el Instituto de Salud Pública, se desarrolló el “Plan de actuación sobre Avispón asiático o negro (Vespa velutina)” que se acompaña al presente informe como documento técnico de consenso para facilitar la unicidad de actuaciones en la lucha contra esta especie.

De conformidad con lo expuesto, a la vista del informe del Servicio de Economía Circular y Agua y del Servicio de Medio Natural, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local

RESUELVO:

1.º Aprobar el Plan de actuación sobre Avispón asiático o negro (Vespa velutina) como documento de referencia para la unificación de criterios y acciones para la lucha, control, y si es posible, erradicación de esta especie entre los distintos entes operativos de la Comunidad Foral. Se adjunta el Plan como documento anexo.

2.º Trasladar esta Resolución al Servicio de Economía Circular y Agua, al Servicio del Medio Natural y a la Sección de Guarderío Forestal, a los efectos oportunos.

3.º La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Navarra a efectos de general conocimiento.

Pamplona, a 23 de enero de 2018.–La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación Del Territorio, Eva García Balaguer.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente Resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9, planta baja, Servicio de Economía Circular y Agua.

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