BOLETÍN Nº 34 - 16 de febrero de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

ALTSASU/ALSASUA

Bases de la convocatoria para la contratación temporal
de 1 empleado o empleada de Servicios Múltiples
para la Brigada de Obras y Servicios Municipales

BASES

Base 1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión temporal en régimen administrativo, de 1 Empleado o Empleada de Servicios Múltiples para la Brigada de Obras y Servicios Municipales del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

Se efectuará una bolsa de empleo compuesta por quienes aprueben este proceso selectivo, ordenada por estricto orden de puntuación, que tendrá una vigencia de 5 años o hasta nueva convocatoria.

1.2. La duración del contrato será hasta la cobertura definitiva de la vacante. No obstante el contrato quedaría extinguido por alguno de los siguientes motivos:

–Incumplimiento o inadaptación durante el periodo de prueba reglamentario.

–Provisión definitiva de la plaza cuya contratación temporal se pretende.

–Amortización de la plaza.

–Adscripción de una personas funcionaria o contratada laboral fija a dicho puesto.

–Otros que vengan recogidos en el Decreto Foral 68/2009, de 28 de septiembre.

1.3. Quienes resulten contratados o contratadas se encuadrarán en el Nivel D de los establecidos en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y percibirá las retribuciones básicas correspondientes a dicho nivel y, en su caso, las retribuciones complementarias que se atribuyan en la Plantilla Orgánica municipal.

1.4. El régimen de jornada de trabajo será de jornada completa y se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el Ayuntamiento.

1.5. La duración del contrato será hasta la cobertura definitiva de la vacante. No obstante el contrato quedaría extinguido por alguno de los siguientes motivos:

–Incumplimiento o inadaptación durante el periodo de prueba reglamentario.

–Provisión definitiva de la plaza cuya contratación temporal se pretende.

–Amortización de la plaza.

–Adscripción de una personas funcionaria o contratada laboral fija a dicho puesto.

–Otros que vengan recogidos en el Decreto Foral 68/2009, de 28 de septiembre.

1.6. Las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo serán las siguientes:

Obras y Mantenimiento:

Colaborar con el Oficial Albañil en la realización de trabajos de mantenimiento de albañilería interior y exterior (amasado de hormigón, arreglos de aceras y cunetas, arquetas, bacheado, instalación de mobiliario urbano, reparaciones de parques infantiles, etc.) en toda clase de vías y edificios públicos, según las especificaciones técnicas y programa de trabajo establecidos.

Llevar a cabo tareas de mantenimiento en instalaciones y edificios municipales (mobiliario, bancos, puertas, papeleras, ventanas, fluorescentes, etc.) en las diferentes dependencias municipales.

Realizar el mantenimiento y colocación de la señalización viaria (montaje y colocación de señales, hitos y pivotes con sus respectivos anclajes, etc.)

Colaborar con el Oficial Electricista en la realización de diversos trabajos de mantenimiento y reparación de averías de las instalaciones eléctricas del alumbrado público (arreglo de farolas) y de los distintos edificios/ instalaciones municipales de acuerdo con las especificaciones técnicas definidas y en los plazos establecidos.

Colaborar en la realización de trabajos diversos de herrería, carpintería, pintura, en edificios y bienes públicos que le sean encomendados.

Llevar a cabo tareas de colocación, montaje y desmontaje de vallas, señales, tablados, etc., y de apoyo en los preparativos actos (pruebas de bueyes, ferias, conciertos, etc.) y festejos.

Realizar las tareas relacionadas con el transporte, carga y descarga de materiales diversos.

Realizar trabajos diversos de limpieza viaria en la zona asignada dentro y fuera del casco urbano (aceras, cunetas, parques, mercados, sumideros, recintos escolares, embocaduras de regatos, cauces de río, etc.), manteniendo libres la red de pluviales (sumideros, rejillas, etc.), en las situaciones establecidas (lluvias torrenciales, etc.).

Montes y jardines:

–Realizar trabajos de mejora y conservación de caminos y cuentas.

–Efectuar trabajos diversos de limpieza, mantenimiento y conservación en las áreas de recreo, ermitas, etc., así como tareas de preparación de diversos actos (ferias de ganado, romerías, etc.): instalación y limpieza de papeleras, instalación de postes, desbroce, etc.

–En colaboración con técnicos externos, realizar tareas de valoraciones, seguimiento de trabajos de obra civil, etc.

Otras funciones:

Responsabilizarse del mantenimiento adecuado de los medios y herramientas puestos a su alcance.

Responsabilidades comunes:

Cumplir las normas de Prevención de Riesgos Laborales y de orden y limpieza.

Fomentar y colaborar en la mejora del área, proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora.

Organizar el trabajo a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos.

Colaborar con el resto del personal adscrito al Área en situaciones de acumulación de tareas, ausencia o enfermedad.

Asesorar y apoyar a sus compañeros en aquellas tareas en las que, por sus conocimientos y/o experiencia, tenga un mayor dominio profesional.

Realizar, además de las descritas, otras tareas que, en coherencia con las capacidades y aptitudes profesionales que el puesto exige, le sean encomendadas de cara a la consecución de los objetivos y las que por ley le vengan impuestas.

Base 2.–Requisitos.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, quienes quieran participar deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrá participar quien sea cónyuge de personas con nacionalidad española, de nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión del título de Graduado en E.S.O., Graduado Escolar, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse en situación de inhabilitación ni suspensión para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.

f) Carnet de conducir clase C1.

Las personas que quieran participar y cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

Base 3.–Instancias y plazo de presentación:

3.1. Las solicitudes (original y copia) para participar en la convocatoria, dirigidas al Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua(calle García Ximénez, 36 - 31800 Altsasu/Alsasua) o en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas-, en el plazo de 30 días naturales, a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria.

El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

En caso de presentarse la documentación por alguno de los restantes medios que permite la Ley de Procedimiento Administrativo, se deberá anunciar a la Administración contratante la remisión de la solicitud mediante fax (N.º 948-563855), telegrama o correo electrónico (altsasu@altsasu.net), antes del día y hora de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en estas bases.

Transcurridos, no obstante, los cinco (5) días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

3.2. A la solicitud (original y copia ajustada al modelo publicado en la presente convocatoria) se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Original o fotocopia compulsada de la titulación académica requerida en el apartado c) de la base segunda.

c) Certificados originales o copias autenticadas acreditativas de los méritos alegados que deban ser valorados en la fase de concurso, señalando los méritos que se alegan e la instancia para dicha fase.

3.3. Quienes participen con una discapacidad, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas.

Base 4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Los/as aspirantes excluidos/as, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Base 5.–Desarrollo del concurso-oposición.

5.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo en primer lugar la fase de oposición y posteriormente la fase de concurso.

5.2. Fase de oposición.

5.2 a) La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios y su puntuación máxima será de 70 puntos.

5.2.b) El primer ejercicio tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la resolución de un cuestionario tipo test, de carácter teórico, sobre el temario que figura en el Anexo II. La puntuación máxima del ejercicio será de 35 puntos, eliminándose a quienes no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima exigida.

5.2.c) El segundo ejercicio tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la realización de una o varias pruebas, de carácter teórico-práctico, relativas a utilización de maquinaria, albañilería, pintura, mantenimiento general, manejo de maquinaria de obra ligera/media o cualquier otra que tengan relación con las funciones del puesto de trabajo. La puntuación máxima del ejercicio será de 35 puntos, eliminándose a quienes no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima exigida.

5.2.d) Una vez terminado cada ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal, la lista de quienes hayan aprobado con las calificaciones obtenidas y la fecha y lugar de celebración del siguiente ejercicio, si procediera.

5.2.e) Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, al que se deberá acudir con el Documento Nacional de Identidad o asimilado legalmente, quedando eliminadas aquellas personas, que por cualquier motivo, no se presenten en la fecha, hora y lugar anunciado.

5.2.f) Los ejercicios se realizarán en el orden que determine el Tribunal, que podrá disponer su celebración en uno o varios días.

5.2.g) La duración máxima de cada ejercicio será determinada por el Tribunal antes de iniciarse el mismo.

Base 6.–Fase de concurso.

6.1. En la fase de concurso se valorará únicamente a quienes hayan aprobado la fase de oposición, tendrá una puntuación máxima de 30 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

A) Experiencia.

1) Por servicios prestados en Administraciones Públicas en el puesto de Empleado de Servicios Múltiples, encuadrado en el nivel D, con las funciones propias del puesto objeto de la convocatoria, 1 punto cada año completo. La suma no podrá sobrepasar un máximo de 15 puntos.

Para el cómputo de méritos previstos en el apartado anterior, acreditados por certificados de la Administración Pública donde trabajó la persona concursante, se tendrán en cuenta los servicios prestados tanto en régimen laboral, eventual o fijo, como administrativo, interino o en propiedad, pero si coincide en el tiempo la prestación de servicios encuadrados en más de un apartado, se computarán en ese periodo de coincidencia únicamente los prestados en el que tienen asignada mayor puntuación.

Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades enteras, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad, que se calculará por mensualidades completas y se considerarán sólo aquellos casos que como mínimo acrediten una mensualidad completa por contrato.

Para el caso que la jornada no sea completa también se calculará conforme a la proporcionalidad que corresponda.

Los documentos donde se acrediten la prestación de servicios deberán indicar expresamente si aquella lo fue a jornada completa o reducida y en éste último caso, el alcance de la misma, así como las fechas exactas de inicio y terminación del periodo trabajado.

B) Cursos de formación.

Por formación complementaria de contenido directamente relacionado con las funciones del puesto a desarrollar, hasta un máximo de 10 puntos, conforme al siguiente baremo:

Por cada curso de 10 horas o más y menos de 20 horas: 0,5 puntos.

De 20 horas o más y menos de 40 horas: 1 punto.

De 40 horas o más y menos de 100 horas: 1,5 puntos.

De 100 horas o más: 2 puntos.

No se valorarán los cursos inferiores a 10 horas.

C) Euskera.

Conforme a lo establecido en la Ordenanza reguladora del uso y fomento del Euskera en el ámbito municipal el euskera será valorado con el 5% del total de puntos de la convocatoria (concurso más oposición) para todos aquellos puestos de trabajo que no tengan relación directa con el público.

Por lo tanto, se valorará el conocimiento del Euskera, hasta un máximo de 5 puntos por disponer de EGA o C1. Las titulaciones inferiores se aplicarán conforme a lo siguiente: A1 tendrá 1 puntos, A2 tendrá 2 puntos, B1 tendrá 3 puntos y B2 tendrá 4 puntos.

Podrá ser acreditado mediante certificado de aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o por una titulación reconocida oficialmente como equivalente y deberá acompañar una copia compulsada a la instancia.

Las personas aspirantes que deseen hacer la prueba de conocimiento de euskera deberán indicarlo en la instancia general de solicitud de participación en la convocatoria.

Base 7.–Tribunal calificador.

7.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Javier Ollo Martíne. Alcalde del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.–Suplente: Manuel Bergera Ijurco, Presidente de la Comisión de Organización y RR.HH. del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

Vocal-Secretario: Isaak Valencia Alzueta.–Suplente: Secretaria del Ayuntamiento de Etxarri Arantz.

Vocal: Felix Benjumea Motino, Encargado de Obras y Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua. Suplente: Empleado de Obras y Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

Vocal: Maite Celaya Irigoien, Arquitecta Técnica Municipal. Suplente: Empleado de Obras y Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

Vocal: Angel Calvo Herrera, Representante sindical. Suplente: 1 Representante sindical del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

7.2. Quienes componen el Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Igualmente, se podrá recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

7.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

7.4. El secretario del Tribunal calificador, será quien levantará las actas correspondientes que serán firmadas cada una de ellas por todos los miembros del tribunal.

7.5. Para la constitución y actuación válida del Tribunal será necesaria la mayoría absoluta de las personas que lo componen.

7.6. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de las convocatorias. En caso de empate en la puntuación entre quienes participen, el Tribunal calificador resolverá atendiendo a la mayor nota obtenida en el segundo ejercicio (5.2.c), en caso de persistir el empate, se resolverá mediante un único sorteo celebrado al efecto por el Tribunal Calificador.

Base 8.–Propuesta del Tribunal.

8.1. Concluida la valoración de los ejercicios de oposición, serán valorados los méritos de quienes los hayan aportado junto con la solicitud de participación, publicándose los resultados provisionales en la página web y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, abriéndose un plazo de 5 días hábiles para reclamaciones.

8.2. Terminada la calificación de las pruebas y transcurrido el plazo de alegaciones, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua y en la página web municipal la relación de quienes han superado las pruebas.

Serán incluidas en la bolsa de empleo las personas aprobadas.

Base 9.–Gestión de las listas de contratación.

9.1. Las listas de contratación tendrán una vigencia de cinco años, salvo que se agote en un plazo inferior o se realice una nueva convocatoria.

9.2. Normas de gestión de la lista de aspirantes para la contratación temporal.

A) Llamamiento:

La contratación se efectuará, con carácter general, previo llamamiento individual de acuerdo con las necesidades del servicio.

Con el fin de facilitar su localización, las personas aspirantes podrán comunicar varios teléfonos de contacto, dirección de correo electrónico o fax, que deberán mantener continuamente actualizadas.

El llamamiento se efectuará de acuerdo con el orden de prelación en que figuren en la correspondiente lista. No obstante lo anterior, para el llamamiento se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002, de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en las Administraciones públicas.

Para ofertar un contrato de trabajo se realizarán al menos tres intentos de localización, a través de los medios de comunicación facilitados, durante un periodo de dos días.

De cada llamamiento se dejará constancia por escrito, señalando las circunstancias, fecha y hora en la que se ha efectuado.

En caso de no localizarse a la persona convocada, se contactará con la siguiente o siguientes de la lista, hasta que el puesto o puestos de trabajo ofertados sean cubiertos.

Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los llamamientos, siempre que se esté desempeñando o haya desempeñado un puesto de trabajo en virtud de un contrato temporal y dentro del plazo de los 12 meses siguientes a la finalización del citado contrato se produzca la necesidad de proveer un puesto de trabajo igual en el Ayuntamiento, la Administración ofertará el contrato a la misma persona si en el momento del nuevo llamamiento, está disponible en la correspondiente lista.

La persona contratada podrá renunciar a su contrato por otro de larga duración, siempre que se produzca en el ámbito de su lista y sea a ésta a quien por orden de prelación le corresponda.

B) Renuncias:

1. La renuncia al puesto de trabajo ofertado supondrá pasar al último lugar de la lista, salvo que acredite encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

a) Estar obligado/a en virtud de un nombramiento o contrato administrativo o laboral en vigor.

b) Encontrarse en situación de incapacidad temporal o licencia por maternidad o adopción.

c) Tener a su cuidado un hijo menor de 3 años.

d) Tener a su cuidado a familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo.

e) Matrimonio propio o situación asimilada según la Ley 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables, si la renuncia se produce dentro de los quince días naturales siguientes o anteriores a su constitución.

Quienes se encuentren en alguna de las situaciones enumeradas en el apartado anterior, o en circunstancias asimiladas que deberán ser valoradas por el órgano competente en materia de contratación, deberán acreditarlo documental y fehacientemente en el plazo de un mes contado desde la fecha en que se les haya ofertado el puesto de trabajo al que renuncian, en cuyo caso permanecerán en el mismo lugar que ocupan en la lista.

En todos los casos enumerados en el apartado primero del presente artículo las personas aspirantes deberán comunicar su disponibilidad para prestar servicios, mediante documentación en la que se indique la fecha de finalización de la situación que justificó la renuncia. Mientras no se produzca esta comunicación, no se les ofertará ningún puesto de trabajo.

C) Exclusiones:

Serán excluidas de la lista que haya dado lugar al llamamiento, las personas aspirantes que incurran en alguno de los siguientes supuestos:

a) Renuncia injustificada al puesto de trabajo ofertado.

b) Renuncia al contrato suscrito.

c) No suscripción del correspondiente contrato, una vez aceptado el puesto de trabajo en virtud del llamamiento.

9.3. Las personas contratadas serán dadas de alta y afiliadas al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.

Base 10.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala o Juzgado correspondiente de la Jurisdicción Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra; o bien,

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra.

c) Recurso de reposición ante el órgano emanante en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Altsasu/Alsasua, 15 de enero de 2018.–El Alcalde, Javier Ollo Martinez.

ANEXO I

Modelo de instancia (PDF).

ANEXO II

Temario

1.–El municipio de Altsasu/Alsasua: nomenclatura de las calles y barrios, montes, parajes, ríos, cabañas, normativa municipal, etc.

2.–El Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua. Composición. Elección de sus miembros. El Pleno, el Alcalde y la Comisión de Gobierno. Las Comisiones Informativas. Funcionamiento de los organismos municipales.

3.–Régimen legal de las entidades locales de Navarra: municipios. Organización y Administración.

4.–El Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Ideas Generales. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Provisión de puestos de trabajo. Retribuciones. Derechos y Deberes. Régimen disciplinario.

5.–Igualdad de oportunidades (temario disponible en página web del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua).

6.–Conocimientos básicos de normas de seguridad, de higiene en el trabajo, así como barreras arquitectónicas.

7.–Conceptos generales de albañilería. Herramientas, materiales. Trabajos a realizar en obra civil.

8.–Manejo, mantenimiento y reparación de maquinaria y vehículos.

Nota.–Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente el día de publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Código del anuncio: L1800796