BOLETÍN Nº 34 - 16 de febrero de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1/2018, de 29 de enero, del Director Gerente del organismo autónomo Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera, por la que se remite a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el expediente administrativo relativo al recurso contencioso administrativo-procedimiento ordinario número 497/2017, interpuesto por el Sindicato AFAPNA, contra el Decreto Foral 103/2017, de 15 de noviembre, por el que se regula el uso del euskera en las Administraciones Públicas de Navarra, sus organismos públicos y entidades de derecho público dependientes.

Mediante escrito de 14 de diciembre de 2017, recepcionado el 19 del mismo mes y año, por la Letrada de la Administración de Justicia de la Sala, se requiere envío de expediente administrativo correspondiente a al recurso contencioso administrativo-procedimiento ordinario número 497/2017, interpuesto por el Sindicato AFAPNA, contra el Decreto Foral 103/2017, de 15 de noviembre, por el que se regula el uso del euskera en las Administraciones Públicas de Navarra, sus organismos públicos y entidades de derecho público dependientes.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la Letrada solicita la remisión del citado expediente a la Sala, instando asimismo a esta Administración para que realice el emplazamiento de las partes afectadas a fin de que puedan comparecer y personarse en los autos en el plazo de nueve días a contar desde la notificación de la presente Resolución.

En virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 130/2015, de 28 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del organismo autónomo Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera,

RESUELVO:

1.º Remitir a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el expediente administrativo relativo al recurso contencioso administrativo-procedimiento ordinario número 497/2017, interpuesto por el Sindicato AFAPNA, contra el Decreto Foral 103/2017, de 15 de noviembre, por el que se regula el uso del euskera en las Administraciones Públicas de Navarra, sus organismos públicos y entidades de derecho público dependientes.

2.º Emplazar a los interesados, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a efecto de que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Comunicar al órgano judicial, de conformidad a lo previsto en el artículo 38.1 de la LJCA, que se tiene conocimiento de la interposición de un recurso contencioso administrativo, procedimiento ordinario 528/2017 interpuesto contra la misma disposición normativa por parte de la Federación de Empleados de servicios públicos de la Unión General de Trabajadores de Navarra y del Sindicato de Personal Administrativo (SPA), en el que puede concurrir supuesto de acumulación.

4.º Trasladar la presente Resolución al Sindicato AFAPNA, a la Asesoría Jurídica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 29 de enero de 2018.–El Director Gerente de Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera, Mikel Arregi Pérez.

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