BOLETÍN Nº 214 - 6 de noviembre de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

SESMA

Tipos impositivos 2019

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión celebrada el día 26 de octubre de 2018 adoptó, entre otros, el acuerdo siguiente:

Fijar los porcentajes y tipos de gravamen de los siguientes impuestos que regirán a partir del 1 de enero del año 2019:

–Contribución Territorial: 0,18 por ciento.

–Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: tres puntos y setenta décimas por ciento 3,70%.

–Impuesto sobre Actividades Económicas: índice a aplicar sobre las cuotas mínimas establecidas 1,27.

–Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: a).–El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, será el establecido por la Ley Foral 2/1995 de 10 de marzo reguladora de las haciendas locales de Navarra según el periodo de generación del incremento de valor.

b). Fijar los tipos de gravamen del impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que regirán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra:

Período de generación del incremento de valor hasta tres años: tipo de gravamen 15%.

–Período de generación del incremento de valor de 4 años a 15 años: tipo de gravamen 25%.

–Período de generación del incremento de valor de 16 años en adelante: tipo de gravamen 15%.

Este acuerdo es firme en vía administrativa y contra él, pueden interponerse potestativamente cualquiera de estos recursos:

1.–En el plazo de un mes, desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo, el de reposición, ante el órgano municipal autor del mismo.

Si se presenta el recurso de reposición, no se pueden interponer ni el de alzada ni el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de reposición.

Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

2.–En el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo, el de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Ley Foral 6/1990, de 2 de julio).

Si se presenta el recurso de alzada, no se podrá interponer el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de alzada.

3.–En el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo, el Contencioso Administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción (Ley 29/1998, de 13 de julio).

Sesma, 29 de octubre de 2018.–El Alcalde, Pedro Mangado Pinillos.

Código del anuncio: L1813168