BOLETÍN Nº 140 - 20 de julio de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

RESOLUCIÓN 2250/2018, de 5 de julio, del Director del Servicio de Recursos Humanos, por la que se aprueba la relación de personas que han superado el procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, aprobada por Resolución 300/2018, de 26 de enero.

Por Resolución 300/2018, de 26 de enero, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, se aprobó la convocatoria de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 20, de 29 de enero de 2018.

El número de plazas convocadas era de siete plazas de Inspector de Educación (Euskera), identificadas en la plantilla orgánica con los números 30522, 31580, 31733, 32406, 33934, 38016 y 38022; seis plazas de Inspector de Educación (Castellano), identificadas en la plantilla orgánica con los números 32635, 32968, 33231, 33410, 33602 y 36275; y una plaza de Inspector de Educación (Castellano), correspondiente el turno de reserva para personas con discapacidad, identificada en la plantilla orgánica con el número 32318.

En relación con la plaza del turno de reserva para personas con discapacidad, la convocatoria establecía que, en caso de quedar desierta, esa plaza se acumulará a las del turno libre.

La base novena de la convocatoria establece que resultarán seleccionados para pasar a la fase de prácticas quienes, habiendo superado todas y cada una de las partes de la prueba, y una vez ordenados según la puntuación global de las fases de oposición y concurso, tengan un número de orden igual o menor que el número total de plazas convocadas en cada idioma, siendo la puntuación global de estas fases el resultado de ponderar en dos tercios la fase de oposición y en un tercio la fase de concurso.

Siempre de acuerdo con la convocatoria, en ningún caso puede declararse que ha superado el procedimiento selectivo un número mayor de aspirantes que el de plazas convocadas en cada idioma, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga tal extremo.

Los dos Tribunales que han actuado en este procedimiento selectivo han elevado propuesta con las personas que han superado todas las pruebas, ordenadas en la forma que se describe en el párrafo anterior, a efectos de que el Servicio de Recursos Humanos proceda a aprobar la relación de personas que han superado el procedimiento selectivo.

Por otra parte, cuatro de las personas que han participado en este procedimiento han superado las pruebas tanto en el idioma de castellano como en el de euskera. A instancia de la Dirección del Servicio de Recursos Humanos, han manifestado su opción por uno de los dos idiomas.

Finalmente, la base novena de la convocatoria dispone que las listas de aprobados por idioma se aprobarán mediante Resolución del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, que será publicada en el Boletín Oficial de Navarra.

Por todo lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que tengo delegadas por Resolución 183/2017, de 7 de marzo, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Aprobar la relación de personas que han superado el procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación al Servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Resolución 300/2018, de 26 de enero, del Director del Servicio de Recursos Humanos, de acuerdo con lo siguiente:

–Doña María de la Palma Tocón Gómez, don Joseba Iñaki Ozkoidi Pérez, don José Alberto Urrutia Lecumberri, don Pedro Antonio Reyes Pastor, don Antonio Bellido Pérez y doña Cristina Baez Villa, en el idioma castellano.

–Doña María de la Cruz Delgado Salmerón, doña Arantxa Zuriarrain Íñiguez, doña Eva Carmen Pérez Gamboa y doña Isabel Sánchez Azcona, en el idioma euskera.

2.º Quienes, habiendo superado el concurso-oposición aprobado mediante la presente convocatoria, hayan superado asimismo el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo de Inspectores de Educación en otra Administración Educativa y opten por ser nombrados funcionarios en prácticas en esta última, deberán presentar, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, instancia dirigida al Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participación en la presente convocatoria. De no realizar esta renuncia, la aceptación del nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita al presente concurso-oposición.

3.º En el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, los aspirantes seleccionados podrán ejercitar las siguientes opciones:

a) Solicitar al Servicio de Recursos Humanos la exención de la fase de prácticas, siempre que acrediten el desempeño de la inspección educativa con carácter temporal al menos durante un año. Quienes hayan sido declarados exentos de la realización de las prácticas permanecerán para el desempeño de sus funciones durante el periodo de las prácticas asignados en el Cuerpo de Inspección Educativa, hasta que se proceda a la aprobación del expediente del proceso selectivo y su posterior nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación. Quienes, aun estando exentos de la realización de la fase de prácticas, hayan optado por incorporarse como funcionarios en prácticas al destino asignado, quedarán eximidos de la evaluación de las mismas, permaneciendo en esta situación hasta la aprobación del expediente del proceso selectivo y su posterior nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación.

b) Opción de retribuciones en prácticas: los aspirantes seleccionados, sin perjuicio de la situación administrativa o laboral que de acuerdo con la normativa vigente les corresponda, deberán formular opción por la percepción de las remuneraciones durante su condición de funcionarios en prácticas, tal y como establece el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas. No obstante lo anterior, los aspirantes que elijan la opción de percibir la remuneración correspondiente al puesto de trabajo efectivo a desempeñar durante el periodo de prácticas, percibirán la totalidad de las retribuciones asignadas con carácter general a dicho puesto de trabajo.

4.º Trasladar la presente Resolución a la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, a la Sección de Convocatorias del Servicio de Recursos Humanos, al Servicio de Recursos Económicos, al Servicio de Inspección Educativa, a la Dirección General de Educación y a la Dirección General de Universidades y Recursos Educativos, así como notificarla a las personas que han superado el proceso selectivo de acceso, a los efectos oportunos.

5.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, indicando a las personas interesadas que contra la misma pueden interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pamplona, 5 de julio de 2018.–El Director del Servicio de Recursos Humanos, Francisco Javier Iglesias Álvarez.

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