BOLETÍN Nº 105 - 1 de junio de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERA

Criterios para utilización de las bolsas de trabajo del profesorado

El señor Alcalde, con fecha 11 de abril de 2018, ha dictado la siguiente resolución de aprobación de criterios para utilización de las bolsas de trabajo de profesorado.

Esta alcaldía, a propuesta del Presidente de la Escuela Municipal de Música Isidoro Fagoaga y haciendo uso de las atribuciones que le confiere la vigente legislación, esto es, el artículo 21,1g) de la Ley reguladora de Bases de Régimen Local,

RESUELVE:

Primero.–Aprobar los criterios para la utilización de las bolsas de trabajo de profesorado de diferentes especialidades de música y danza.

Segundo.–Publicar los mencionados criterios en el Boletín Oficial de Navarra para general conocimiento.

Criterios para la utilización de las bolsas de trabajo
de profesorado de diferentes especialidades de música y danza
Isidoro Fagoaga Udal Musika Eskola

Teniendo en cuenta:

1.–El convenio de colaboración con la escuela municipal de música y danza de Donostia/San Sebastian suscrito el 3 de noviembre de 2015, para la elaboración y gestión de bolsas de trabajo de profesorado de música y danza.

2.–Las bases reguladoras para la creación de bolsas de trabajo de diferentes especialidades de música y danza, publicadas en el Boletín Oficial de Guipúzcoa del 21 de enero de 2016, por la escuela municipal de música y danza de Donostia/San Sebastian.

La Junta del Patronato, en sesión del 26 de marzo de 2018, acuerda establecer los siguientes criterios de utilización de las referidas bolsas de trabajo:

1. Situación del personal incluido en las bolsas de trabajo.

1.1. Los/las candidatos/as podrán estar en las siguientes situaciones:

–Disponible. Se le remitirán todas las ofertas de trabajo de la especialidad que se requiera.

–No disponible. No se le remitirá ninguna oferta de trabajo.

–Baja definitiva.

1.2. Los/las candidatos/as podrán cambiar su estado realizando una solicitud, que tendrá efecto al día siguiente de la misma.

1.3. La situación de baja definitiva será tramitada cuando la solicite la persona interesada o cuando incurra en una sanción disciplinaria.

2. Requisitos a cumplir por los/las candidatos/as.

Deberán cumplir con los requisitos exigidos en la relación de puestos de trabajo en vigor, y se adecuarán a los horarios establecidos por Isidoro Fagoaga Udal Musika Eskola.

3. Modo de comunicación para la oferta de trabajo.

La comunicación de la oferta de trabajo se realizará por e-mail dando un plazo acorde con las necesidades de la sustitución a realizar e indicándose las características y datos que se tenga de la sustitución (días y horarios de trabajo; previsión de inicio y de fin del contrato cuando ello sea posible). Una vez finalizado el plazo, se contratará al candidato/a respetando el orden de prelación y las características del puesto de trabajo de Isidoro Fagoaga Udal Musika Eskola (titulación exigida y perfil de euskara) comunicando a todas las personas que hayan contestado el resultado de la contratación realizada. A modo orientativo, se distingue entre ofertas urgentes (que se comunican en el mismo día de inicio el trabajo, en consecuencia, con un periodo de entre 1 y 4 horas para responder, dependiendo de la urgencia) y las ordinarias (en las que existe la posibilidad de una mayor previsión y en consecuencia un mayor plazo de respuesta).

4. Modo de efectuar sustituciones y vacantes.

4.1. Las sustituciones del profesorado que imparta varias especialidades, deberán seleccionarse únicamente de entre las personas que estén incluidas en todas las listas de dichas especialidades y que además cumplan con el perfil de euskara que requiere el puesto. A la hora de priorizar la selección, se dará preferencia a la persona con mejor puntuación de la asignatura que mayor tiempo lectivo conlleve en la sustitución.

4.2. Por motivos de necesidad del servicio, y cuando ningún candidato/a cumpla con los requisitos y/o no tenga compatibilidad con los horarios de trabajo necesarios para la oferta de trabajo podrá llevarse a cabo mediante varios contratos y/o nombramientos a personas diferentes para ejecución de programas temporales a tiempo parcial hasta que desaparezca los motivos de urgencia que motivaron la contratación de esta manera. Para ello, la dirección pedagógica y en su defecto la gerencia determinará la mejor solución que contemple la mejor posibilidad que cubra la mayor parte de las necesidades del servicio.

4.3. Las sustituciones que se produzcan sucesivamente sin interrupción o con una interrupción máxima de 15 días naturales, se realizará por la misma persona que fue nombrada para la anterior sustitución, siempre que cumpla los requisitos requeridos para el puesto. Si no los cumpliera, se volverá a remitir la oferta de trabajo a todos y todas las personas de la lista.

4.4. En caso de producirse vacante de un puesto cubierto en sustitución, dicha vacante será cubierta por la misma persona si cumple los requisitos para el puesto. Si no los cumpliera, se volverá a remitir la oferta de trabajo a todos y todas las personas de la lista.

4.5. Ampliación de porcentajes de sustitución. En caso de que por cualquier razón se requiriera una ampliación en el porcentaje de trabajo de un sustituto o sustituta, se le ofrecerá a la persona que esté realizando la sustitución en dicho momento.

Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al del recibo de la presente notificación. Con carácter potestativo y previamente a la vía contencioso-administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes que se contará desde el día siguiente al de la fecha de recepción de la presente notificación.

Todo ello, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 y concordantes de la Ley 4/1999, de 13 de enero, y sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.

Bera, 11 de abril de 2018.–El Alcalde, Josu Iratzoki Agirre.

Código del anuncio: L1805482