BOLETÍN Nº 86 - 5 de mayo de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 149/2017, de 2 de mayo, del Director General de Educación, por la que se regula la convocatoria de integración en la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra (ESenRED), para los centros de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral de Navarra durante el curso 2017-2018.

ESenRED (Escuelas Sostenibles en RED) es la red estatal de centros educativos sostenibles del Estado español, esta red está promovida por iniciativa de las administraciones públicas (Comunidades Autónomas, Ayuntamientos,...). La red que nace en el curso 2012-13 ofrece la fusión de las perspectivas de distintos departamentos autonómicos como los de Educación y Medio Ambiente, con vocación de integrarse en la dinámica cotidiana de los centros educativos. La red supone un marco para aumentar la eficacia y eficiencia de las políticas educativas hacia la innovación, la evaluación, la calidad y la sostenibilidad. Además es un marco idóneo para reforzar el nivel competencial del alumnado, su formación en valores sociales y éticos, la asunción de responsabilidades y compromisos individuales y colectivos.

La conveniencia de impulsar en la Comunidad Foral Navarra la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra (ESenRED), supone la realización de una convocatoria pública desde el Departamento de Educación para que aquellos centros escolares interesados en incorporarse a dicha red puedan formalizar esta decisión.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria de Integración en la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra (ESenRED).

2. Autorizar un gasto máximo de 7.500 euros para el desarrollo de actuaciones que promuevan el trabajo sobre la sostenibilidad y medio ambiente en centros públicos imputable a la Partida 420004-42730 - 2269-321102, denominada “Programas formativos” de los presupuestos de 2017.

3. Autorizar un gasto máximo de 7.500 euros para el desarrollo de actuaciones que promuevan el trabajo sobre la sostenibilidad en centros concertados, imputable a la Partida 420004-42730-4811-321100, denominada “Programas formativos en centros concertados” de los presupuestos de 2017.

4. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria que se recogen en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII de esta Resolución.

5. Publicar esta Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

6. Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a la Intervención del Departamento de Hacienda y Política Financiera en el Departamento de Educación, al Servicio de Evaluación, Calidad, Formación, Igualdad y Convivencia, a la Sección de Formación y al Negociado de Gestión Económica, a los efectos oportunos.

7. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa- Administrativa.

Pamplona, 2 de mayo de 2017.–El Director General de Educación, Roberto Pérez Elorza.

ANEXO I

Bases reguladoras de la convocatoria de integración
en la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra (ESenRED) 2017-2018

Primera.–Objeto.

Se convoca a los centros educativos de régimen general y de régimen especial no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Foral de Navarra a presentar Proyectos de Educación Medioambiental para su integración en la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra (ESenRED) durante el curso 2017-2018.

Segunda.–Destinatarios.

Los destinatarios de esta convocatoria son:

a) Centros de segundo ciclo de educación infantil y primaria.

b) Centros de educación secundaria.

c) Centros de formación profesional.

d) Centros de régimen especial.

e) Centros de educación especial.

f) Centros de educación de personas adultas.

Podrá participar en esta convocatoria el profesorado que, en el momento de presentar la solicitud y durante el período de realización del proyecto, se encuentre en situación de servicio activo en un centro educativo de los anteriores.

Tercera.–Requisitos de los proyectos.

Para que un centro escolar sea propuesto para su incorporación a la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra deberá presentar un Proyecto de Educación Medioambiental que cumpla los siguientes requisitos:

a) Que se tengan en cuenta los siguientes principios generales recomendados por la red EsenRED:

–Integrar desde un enfoque competencial los contenidos de Educación Ambiental (gestión de los residuos, de la energía, de los recursos hídricos del centro y/o del medio, huertos escolares, etc...), en la Programación General Anual y en las programaciones didácticas del centro.

–Generar en la comunidad educativa hábitos, actitudes y valores que favorezcan estilos de vida sostenibles.

–Aumentar la capacidad del alumnado para tomar las decisiones medioambientales más adecuadas para que pueda poner en marcha procesos de mejora del entorno, tanto a nivel escolar como a escala local y posteriormente pueda contribuir a una respuesta a la problemática global.

–Conseguir mejorar el entorno físico del centro escolar, mediante la elaboración de medidas ambientales.

–Conferir al profesorado un papel de referencia para las cuestiones relativas a la salud medioambiental facilitándoles la formación adecuada. El centro escolar se convierte en un lugar de experimentación y de formación en innovación y calidad.

–Contemplar en las acciones a realizar aquellos aspectos relacionados con la salud ambiental y la prevención de riesgos en el centro.

Los centros podrán incluir algún otro criterio relativo a necesidades específicas o a las prioridades en medio ambiente contempladas en el Proyecto Educativo de Centro.

b) Qué esté aprobado por el Consejo Escolar y el Claustro de profesores del centro, y que proponga la implicación en las actuaciones del proyecto de al menos el 25% del profesorado y alumnado.

Cuarta.–Coordinación del Proyecto de Educación Medioambiental en el centro educativo.

La coordinación del proyecto en cada centro escolar estará a cargo de una persona del equipo docente, designada por la dirección del centro a la que se denominará Coordinadora Escolar de Medio Ambiente. Será elegida por su grado de compromiso, sus conocimientos, su capacidad de gestión y por sus aptitudes para motivar a toda la comunidad educativa.

En caso de que hubiera disponibilidad horaria por parte del centro, se podría computar hasta un máximo de dos horas complementarias de dedicación a las funciones propias de la persona Coordinadora Escolar de Medio Ambiente.

El/la coordinador/a Escolar de Medio Ambiente será oficialmente designado/a y apoyado/a por la dirección del centro escolar, recibiendo la ayuda necesaria para formar un equipo con un máximo de cuatro docentes colaboradores, con el objeto de facilitar la puesta en práctica, la evaluación y la orientación del proyecto. La coordinación y los docentes colaboradores formarán el Grupo Motor. El Grupo Motor estará, por tanto, constituido por un máximo de cinco personas.

El Grupo Motor tendrá como función principal responsabilizar y motivar al alumnado, al personal docente, a los padres y madres y a los profesionales de otros servicios comunitarios para desarrollar las actuaciones previstas en su proyecto.

El/la coordinador/a Escolar de Medio Ambiente y el Grupo Motor desarrollarán las siguientes funciones con ayuda y colaboración del equipo directivo del centro.

a) Funciones del coordinador/a Escolar de Medio Ambiente:

–Coordinar el trabajo del Grupo Motor.

–Presentar el Plan Anual del Proyecto de Educación Medioambiental, antes del 15 de noviembre de cada año.

–Presentar la memoria anual del Proyecto de Educación Medioambiental que permita conocer las actuaciones realizadas durante el curso 17-18, antes del 30 de junio del 2018.

–Presentar la memoria anual del Proyecto de Educación Medioambiental que permita conocer las actuaciones realizadas durante el curso 18-19, antes del 30 de junio del 2019.

–Presentar la memoria trianual del Proyecto de Educación Medioambiental para evaluar los objetivos conseguidos durante todo el periodo de aplicación, antes del 30 mayo del 2020.

–Presentar antes del 10 de noviembre de cada curso escolar las facturas relacionadas con los gastos para la ejecución del proyecto anual.

–Participar, si fuera preciso, en los encuentros anuales organizados desde el Departamento de Educación.

b) Funciones del Grupo Motor:

–Analizar el punto de partida.

–Buscar alianzas con las entidades colaboradoras.

–Elaborar el Plan Anual del Proyecto de Educación Medioambiental (ver Anexo IV).

–Organizar y animar las actuaciones del proyecto.

–Implicar al alumnado y comunidad educativa.

–Participar, si fuera preciso, en los encuentros anuales organizados desde el Departamento de Educación.

–Participar en las actividades de formación relacionadas con su ámbito de actuación.

–Participar en el proceso de evaluación.

–Elaborar la memoria anual al final de los cursos 17-18 y 18-19 (ver Anexo V).

–Elaborar la memoria trianual al final del curso 19-20 (ver Anexo VI).

El profesorado que forma el Grupo Motor, incluido el/la coordinador/a del Proyecto de Educación Medioambiental, podrá ser sustituido/a solamente por causas justificadas. En este caso, corresponde a la dirección del Centro Escolar comunicarlo a la Sección de Formación y designar nuevos miembros.

Quinta.–Compromisos de los centros integrantes de la red.

Los centros propuestos para su integración en la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra se comprometen a:

a) Designar al coordinador/a Escolar de Medio Ambiente.

b) Designar a los miembros que constituirán el Grupo Motor formado por un máximo de cinco docentes del centro, de los cuales, uno será la persona Coordinadora de Medio Ambiente Escolar.

c) Desarrollar el Proyecto de Trabajo Trianual presentado.

d) Colaborar con el Grupo Motor en la elaboración de los Planes de Trabajo Anuales.

e) Desarrollar las actuaciones previstas en cada Plan de Trabajo Anual.

f) Participar en los encuentros anuales de seguimiento e intercambio de experiencias de las Escuelas de la Red.

El no cumplimiento de estos compromisos supondrá la exclusión de la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra.

Sexta.–Seguimiento y apoyo a la Red.

Las escuelas de la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra contarán con los siguientes apoyos:

–Asesoramiento y seguimiento por parte de la Comisión Técnica de Medio Ambiente.

–Acceso preferente a actividades formativas para el profesorado relacionadas directamente con el Proyecto de Trabajo Trianual presentado. En las convocatorias de estas actividades formativas se reflejará este acceso preferente en el apartado “Criterios de admisión”.

–Recursos y materiales didácticos.

–Ayuda económica para realizar las actividades previstas en el Plan de Trabajo Anual, hasta un máximo de 500 euros por centro, según el presupuesto anual disponible.

–Reconocimiento honorífico a través de la acreditación de Escuela Sostenible como reconocimiento al compromiso y trabajo realizado, por parte del Departamento de Educación y con el visto bueno de la SGT del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local al finalizar el tercer año.

Una vez obtenido el reconocimiento como Escuelas Sostenibles, los centros podrán continuar perteneciendo a la Red, siempre que cumplan los siguientes compromisos:

a) Que esté constituido el Grupo Motor y designado la coordinación Escolar de Medio Ambiente.

b) Presentar un Plan de Trabajo Anual de Medio Ambiente antes del 15 de noviembre de cada curso, enviándolo por correo electrónico a la dirección: sf.programas@educacion.navarra.es.

c) Desarrollar las actuaciones previstas en cada Plan de Trabajo Anual.

d) Presentar la memoria del Plan de Trabajo Anual de Medio Ambiente que permita conocer las actuaciones realizadas antes del 30 de junio de cada curso escolar, enviándolo por correo a la dirección: sf.programas@educacion.navarra.es.

e) Participar en las actividades de formación y seguimiento que de forma específica se desarrollen dentro de la Red.

Séptima.–Presentación de solicitudes y plazos.

La coordinación Escolar de Medio Ambiente deberá presentar la siguiente documentación:

Solicitud de participación, según Anexo II.

  • Datos del coordinador/a.
  • Datos del los docentes que componen el Grupo Motor (máximo cuatro docentes).
  • Datos del centro.
  • Datos del proyecto.
  • Informe de la dirección del Centro.

Proyecto de Trabajo Trianual, según Anexo III.

Los centros educativos interesados en integrarse en la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra, deberán presentar la documentación requerida en los siguientes treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

La documentación se entregará en el Registro General del Departamento de Educación o en cualquiera de las dependencias previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o a través del Registro General Electrónico de la Comunidad Foral de Navarra según establece el Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio. Estará dirigida a la Sección de Formación del Departamento de Educación.

En cualquiera de los casos, una vez presentada la solicitud, se enviará una copia del proyecto en formato electrónico a la siguiente dirección: sf.programas@educacion.navarra.es.

Octava.–Comisión de selección.

La valoración de los Proyectos de Trabajo Trianuales la realizará la Comisión Técnica de Medio Ambiente, aplicando los criterios recogidos en el Anexo VII.

La citada Comisión Técnica estará integrada por los siguientes miembros:

–Dos Técnicas del Departamento de Educación:

  • Jefa del Negociado de Programas Formativos de la Sección de Formación.
  • Asesora del Servicio de Evaluación, Calidad, Formación, Igualdad y Convivencia.

–Dos Técnicos/as en Medio Ambiente:

  • Jefe de la Sección de Sostenibilidad, Educación Ambiental y Participación Pública.
  • TGM en Medio Ambiente de la Sección de Sostenibilidad, Educación Ambiental y Participación Pública.

Novena.–Resolución de la convocatoria.

a) La Comisión Técnica de Medio Ambiente analizará los proyectos presentados y hará pública en la página web del Departamento de Educación (www.educacion.navarra.es) la relación de proyectos aceptados. En aquellas solicitudes en las que se presenten deficiencias se indicarán expresamente las causas.

b) En el plazo de diez días naturales después de su publicación, se podrán subsanar las deficiencias detectadas. En el mismo plazo, los candidatos y candidatas podrán presentar alegaciones o renuncia expresa.

c) Una vez estudiadas las alegaciones, la Comisión Técnica de Medio Ambiente elaborará la lista definitiva, que se publicará en página web del Departamento de Educación (www.educacion.navarra.es) y elevará propuesta de concesión al órgano competente.

d) El Director General de Educación, a la vista de la propuesta presentada por el Director del Servicio de Evaluación, Calidad, Formación, Igualdad y Convivencia y visto el informe elaborado por la Comisión Técnica de Mediambiente, dictará una Resolución aprobando la relación de centros seleccionados que pasarán a formar parte de la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra, junto al resto de centros escolares que se han integrado en anteriores convocatorias. La relación de centros integrados actualmente en la red se recoge en esta convocatoria (ver Anexo VIII).

Décima.–Cuantía de las ayudas.

a) En función de la disponibilidad presupuestaria, los centros integrantes de la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra podrán recibir una ayuda no superior a 500 euros por centro. El importe de las ayudas se distribuirá proporcionalmente entre los centros integrantes de la Red.

b) Se consideran gastos justificables los relativos a la adquisición de material bibliográfico, otros materiales requeridos y otros gastos corrientes análogos que sean necesarios para el desarrollo del proyecto.

En ningún caso se abonarán con cargo a esta ayuda sueldos y gratificaciones del profesorado implicado en el proyecto.

Undécima.–Abono de las ayudas.

Los/las Coordinadores/as de Medio Ambiente de cada centro deberán presentar en la Sección de Formación las facturas justificativas del gasto realizado en los proyectos de medio ambiente antes del 10 de noviembre de cada curso.

El abono de las ayudas concedidas se realizará finalizado el plazo de presentación de las facturas.

Duodécima.–Acreditación del profesorado participante.

A propuesta de la Comisión Técnica de Medio Ambiente, y una vez evaluada positivamente la memoria anual, se expedirá al profesorado perteneciente al Grupo Motor de la Escuelas Sostenibles de Navarra de cada centro, un certificado acreditativo de participación en el proyecto por un máximo de 35 horas de innovación, como reconocimiento de la labor desarrollada. La persona responsable de la coordinación del proyecto verá reconocida su labor como tal por un máximo de 50 horas de innovación.

Decimotercera.–Publicación y difusión.

El Departamento de Educación podrá publicar los trabajos seleccionados, pudiendo contener la publicación la totalidad o parte de la memoria. Igualmente se podrán difundir tales iniciativas a través del medio que se estime oportuno, incluyendo su publicación en Internet, citando expresamente la autoría de la memoria. La presentación a esta convocatoria implica la cesión de los derechos necesarios.

ANEXO II

Modelo de solicitud para la integración en la Red de Escuelas Sostenibles de Navarra (PDF).

ANEXO III

Guión para la elaboración del proyecto de trabajo trianual
(máximo 8 páginas a doble cara)

1. Título del proyecto.

2. Nombre del Centro.

3. Datos del/la Coordinador/a Escolar de Medio Ambiente: nombre y apellidos y correo electrónico.

4. Palabras clave (de 3 a 5).

5. Breve descripción del proyecto (30-40 palabras).

6. Justificación y contextualización.

7. Objetivos.

8. Contenidos generales a trabajar en tres cursos académicos.

9. Participación de la comunidad educativa.

a) Profesorado implicado.

b) Alumnado.

c) Otros agentes de la comunidad educativa: familias, personal no docente...

10. Criterios generales de evaluación del Proyecto Trianual.

ANEXO IV

Guión para la elaboración del plan de trabajo anual
para el curso escolar (máximo 8 páginas a doble cara)

1. Título del proyecto.

2. Nombre del centro.

3. Datos del coordinador o coordinadora: nombre y apellidos y correo electrónico.

4. Palabras clave (de 3 a 5).

5. Breve descripción del proyecto (30-40 palabras).

6. Objetivos.

Contenidos y actividades.

a) Metodología.

b) Competencias clave desarrolladas.

c) Materias, asignaturas o módulos relacionados.

d) Fases y temporalización.

7. Participación de la Comunidad Educativa.

a) Profesorado implicado.

b) Alumnado implicado.

c) Otros agentes de la comunidad educativa: familias, personal no docente, ayuntamientos,...

8. Recursos.

9. Criterios y procedimiento de evaluación del proyecto anual.

10. Presupuesto.

ANEXO V

Guión para la elaboración de la memoria anual
(máximo 8 páginas a doble cara)

Las memorias deberán contemplar los siguientes apartados:

1. Ficha del proyecto de innovación.

a) Título del proyecto.

b) Coordinador/a Escolar de Medio Ambiente.

c) Grupo Motor.

d) Sinopsis.

e) Objetivos planteados.

f) Descripción de la actividad.

g) Valoración global del proyecto.

2. Desarrollo del proyecto.

a) Objetivos planteados y grado de cumplimiento de los mismos.

b) Incidencia del proyecto.

i. En el profesorado.

ii. En el alumnado.

iii. En otros ámbitos de la comunidad escolar.

c) Relación detallada de actividades y contenidos.

d) Temporalización. Fases en el desarrollo del proyecto.

e) Recursos utilizados.

f) Evaluación del proyecto.

ANEXO VI

Guión para la elaboración de la memoria trianual del proyecto
de medio ambiente (máximo 8 páginas a doble cara)

Las memorias deberán contemplar los siguientes apartados:

1. Ficha del proyecto.

a) Título del proyecto.

b) Coordinador/a Escolar de Medio Ambiente (del curso 2019-2020).

c) Grupo Motor (del curso 2019-2020).

d) Sinopsis del proyecto trianual.

e) Objetivos planteados en el proyecto trianual.

f) Descripción de la actividad del proyecto trianual.

g) Valoración global del proyecto trianual.

2. Desarrollo del proyecto.

a) Objetivos planteados y grado de cumplimiento de los mismos:

i. Respecto al proyecto anual 2019-2020.

ii. Respecto al proyecto trianual.

b) Incidencia del proyecto respecto al proyecto trianual.

i. En el profesorado.

ii. En el alumnado.

iii. En otros ámbitos de la comunidad escolar.

c) Relación detallada de actividades y contenidos en el proyecto anual 2019-2020.

d) Temporalización. Fases en el desarrollo del proyecto anual 2019-2020.

e) Recursos utilizados en el proyecto anual.

f) Evaluación del proyecto trianual.

ANEXO VII

Criterios de valoración del proyecto de trabajo trianual

Para la integración de los centros en la Red, se valorarán los proyectos teniendo en cuenta los siguientes criterios con el baremo que se adjunta:

a) Definición de los objetivos y contenidos generales a trabajar en los tres cursos académicos. Incidencia en el alumnado y viabilidad. (Máximo de 20 puntos).

b) Adecuación del proyecto a los principios generales recomendados por la red EsenRED. (Máximo de 20 puntos).

c) Proyecto basado en el desarrollo de las competencias clave en el alumnado (aprendizaje para la vida). (Máximo 10 puntos). Nota: en el caso de proyectos de Formación Profesional, basado en el desarrollo de las competencias profesionales, personales y sociales.

d) Fomento de procesos de aprendizaje activos: el alumnado es el protagonista, el proyecto está contextualizado y genera un producto final. Propone una experiencia de aprendizaje vital auténtico, contextualizada y socialmente relevante. (Máximo de 10 puntos).

e) Participación e implicación en el proyecto del alumnado y equipos docentes. Número de grupos y etapas, equipos multidisciplinares de docentes,... (Máximo 20 puntos).

f) Participación de la comunidad educativa. (Máximo 10 puntos).

g) Criterios generales de evaluación del proyecto. (Máximo 10 puntos).

Total: 100 puntos.

Para que un proyecto resulte aceptado deberá alcanzar al menos 50 puntos.

ANEXO VIII

Centros que forman parte de la Red de Escuelas Sostenibles
de Navarra (ESenRED)

–Bera - Labiaga Ikastola.

–Noáin - IESO Elortzibar.

–Altsasu/Alsasua - CE Sagrado Corazón.

–Altsasu/Alsasua - IES San Miguel de Aralar.

–Viana - Erentzun Ikastola.

–Tafalla - Ikastola Garcés de los Fayos.

–Estella - IES Tierra Estella.

–Cintruénigo - IESO La Paz.

–Iruña/Pamplona - ITC Cuatro Vientos.

–Iruña/Pamplona - Jaso Ikastola.

–Lizarra/Estella - Lizarra Ikastola.

–Otsagi/Ochagavía - CEIP Otsagabia.

–Otsagi/Ochagavía - IESO Otsagabia.

–Atarrabia/Villava - Paz de Ziganda Ikastola.

–Lesaka - Tantirumairu Ikastola.

–Gares/Puente - CEIP Puente la Reina Gares.

–Zangotza/Sangüesa - Zangozako Ikastola.

–Erronkari/Roncal - CP Julian Gayarre.

–Erronkari/Roncal - IESO Roncal Erronkari.

–Marcilla - IES Marqués de Villena.

–Berbinzana - CP Río Arga.

–Pamplona - Iturrama BHI.

–Lumbier - Arangoiti Ikastola.

–Tudela - Jesuitas.

–Berriozar - Mendialdea II.

Código del anuncio: F1704887