BOLETÍN Nº 61 - 28 de marzo de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 131/2017, de 16 de febrero, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos, por la que se inscribe la especialidad de Flauta travesera en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza entre las enseñanzas que puede impartir la Escuela Municipal de Música “San Blas”, de Milagro.

Visto el expediente instruido ante la solicitud de doña Yolanda Ibáñez Pérez, Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento de Milagro, para que se impartan las enseñanzas de Flauta travesera en la Escuela Municipal de Música “San Blas”, de la localidad.

Visto el informe favorable emitido por el Servicio de Inspección Educativa para que se inscriba la especialidad instrumental solicitada.

Teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 29 del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre, modificado por el Decreto Foral 79/2010, por el que se aprueban las normas básicas para la creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza, para adaptarlos a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; y a propuesta del Servicio de Infraestructuras Educativas,

RESUELVO:

1.º Inscribir en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza del Gobierno de Navarra la especialidad de Flauta travesera como enseñanza que imparte la Escuela Municipal de Música “San Blas”, de Milagro (código de centro: 31013227), que tendrá sus efectos desde el día 21 de diciembre de 2016, fecha en que tuvo su entrada en este Departamento de Educación la solicitud del titular del centro.

2.º Las enseñanzas que impartirá la escuela a partir de ese momento serán las correspondientes a la “oferta básica”, a la que se refiere el artículo 9.º 1 del Decreto Foral 421/1992, con las siguientes especialidades instrumentales: Acordeón, Bombardino, Clarinete, Flauta travesera, Gaita, Guitarra, Percusión, Piano, Saxofón, Trombón, y Trompeta.

3.º Cualquier modificación en la composición de la Escuela, que afecte a los supuestos contemplados en el artículo 29 del citado Decreto Foral 421/1992, deberá ser comunicada a este Departamento de Educación.

4.º La inscripción de la Escuela podrá revocarse en los supuestos contemplados en el artículo 31 del mencionado Decreto Foral.

5.º Contra la presente resolución administrativa, la Administración Pública interesada, podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

6.º La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Se traslada la presente Resolución ala Sra. Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento de Milagro; al Servicio de Inspección Educativa y al de Infraestructuras Educativas; a la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Gestión de la Ciudad de la Música, a la de Centros Escolares, Financiación y Ayudas al Estudio y a la de Contratación, Servicios Complementarios y Coordinación Administrativa.

Pamplona, 16 de febrero de 2017.–La Directora General de Universidades y Recursos Educativos, Nekane Oroz Bretón.

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