BOLETÍN Nº 51 - 14 de marzo de 2017

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

TUDELA

Convocatoria para la provisión, en promoción interna restringida mediante oposición de tres plazas de Educador/a especializado/a (asimilado a nivel/grupo B)

Mediante Resolución de Alcaldía número 328/2017, de 27 de febrero, se aprobó la convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante Oposición de tres plazas de Educador/a Especializado/a (Asimilado a Nivel/Grupo B), al servicio del Ayuntamiento de Tudela.

La presente oposición se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación y a lo establecido en las siguientes bases.

BASES

1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en promoción interna restringida, mediante oposición de 3 plazas de Educador/a Especializado/a (asimilado a nivel/grupo B), a través del procedimiento previsto en el artículo 15.6 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y artículo 32 del vigente Acuerdo sobre condiciones de empleo de los funcionarios y trabajadores contratados fijos y temporales del M.I. Ayuntamiento de Tudela y de sus Organismos Autónomos.

1.2. En la plantilla orgánica del año 2009, aprobada por acuerdo de Pleno de fecha 3 de julio se incorporaron una serie de ajustes derivados de la aplicación del Estudio de valoración de puestos de trabajo llevada a cabo por el INAP en el Ayuntamiento de Tudela, los puestos de Educador/a Especializado/a quedaron encuadrados en Nivel B, en lugar del C, aplicando un complemento de equiparación a la categoría superior, en tanto en cuanto no se efectuaran las regulaciones oportunas. Estas 3 plazas de Educador/a especializado/a (Nivel B) (Códigos de plantilla 0514C03601-02-03) son el objeto de esta Convocatoria.

1.3. Quien, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrado para desempeñar el puesto de trabajo indicado, será encuadrado en el Nivel/Grupo B y percibirá las retribuciones establecidas para dicho puesto de trabajo en la plantilla orgánica.

1.4. Será promocionado el/la aspirante que haya superado la fase de oposición.

1.5. La persona promocionada quedará adscrita al mismo servicio o área en el que estaba, ejecutando los trabajos y funciones adecuados al nivel y categoría de la convocatoria y a los estudios exigidos, desempeñando las funciones que venía realizando hasta el momento, además de las derivadas de su nuevo nivel de encuadramiento.

1.6. La participación en la presente promoción de nivel no supondrá en ningún caso modificación del régimen jurídico funcionarial o laboral que tuviera el empleado o empleada antes de la promoción, continuando, asimismo, con el mismo régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria.

2.–Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la presente oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a o contratado/a laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Tudela y hallarse encuadrado/a en el nivel o grupo C.

b) Haber sido nombrado/a o contratado/a para ocupar un puesto de Educador/a Especializado/a o asimilado (Nivel C).

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

d) Acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas de Navarra.

e) Estar en posesión del Título de Diplomado o Graduado en Educación Social, o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, o se haya obtenido la correspondiente habilitación en los términos establecidos en el punto 1 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Foral 4/2009, de 30 de abril, por la que se crea el Colegio Oficial de Educadoras y Educadores Sociales de Navarra.

El requisito de la titulación, Base 2 e), deberá acreditarse en el momento de la presentación de instancias.

3.–Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la Convocatoria deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, y se deberán registrar en el Servicio de Atención Ciudadana (S.A.C.), sito en Plaza Vieja, número 1 ó en oficinas de calle Escós Catalán, número 1 o mediante cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, En ella los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo para la presentación de instancias.

En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

3.2. Se adjuntará con la instancia la documentación acreditativa de la titulación exigida en la convocatoria.

3.3. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tudela y página web municipal.

4.2. Los aspirantes excluidos, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido, dentro de los 10 días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, el Alcalde-Presidente dictará Resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, ordenando la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de Navarra, tablón de anuncios y página web municipales.

En la misma Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

En caso de que no exista ninguna persona excluida se aprobará directamente la relación de admitidos como lista definitiva.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidenta: Marisa Marqués Rodríguez, Concejala de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Tudela.

–Suplente: Silvia Cepas Medina, Concejala de Educación, Centros Cívicos y Juventud del Ayuntamiento de Tudela.

–Vocal: Silvia Enrique Modrego, Educadora Social del Ayuntamiento de Castejón.

–Suplente: Purificación Zabalza López, Educadora Social del Ayuntamiento de Corella.

–Vocal: Sara Apastegui Herrero, Educadora Social de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la zona de Buñuel.

–Suplente: Berta Molina Salvatierra, Educadora Social de la Mancomunidad de Servicios Sociales de las Villas de Arguedas, Valtierra, Villafranca, Milagro y Cadreita.

–Vocal: Mikel Ciordia Osta (Representante del personal designado a propuesta de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Tudela).

–Suplente: Un representante del personal designado a propuesta de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Tudela.

–Secretaria: Ana Cristina Martínez Cisneros (Técnica de Grado Medio de Personal).

–Suplente: Miriam Mendoza (Técnica superior de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Tudela).

5.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las circunstancias anteriormente aludidas (art. 24 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre).

5.3. El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

5.4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.5. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes bases.

5.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquellas.

6.–Desarrollo de la oposición.

6.1. El primer ejercicio consistirá en la resolución de uno o varios supuestos teórico-prácticos, de carácter específico para el puesto objeto de convocatoria y que versará sobre las funciones, cometidos y desempeño del mismo y en referencia al temario que se adjunta como Anexo III. La puntuación máxima total del mismo será de 80 puntos, quedando eliminados aquellos opositores que no alcancen, al menos, 40 puntos.

6.2. Segundo ejercicio: Pruebas Psicotécnicas de adecuación al perfil.

Consistirá en la realización de pruebas psicotécnicas, cuyo objetivo es la determinación del grado de adecuación de los aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo objeto de la convocatoria. Se realizará con asistencia del servicio de Psicología del Instituto Navarro de Administración Pública.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primer ejercicio: Hasta 80 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta 20 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a cada ejercicio.

6.5. Una vez terminado el proceso selectivo, el Tribunal, hará pública en el lugar de celebración del mismo, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tudela y en la página web municipal la lista de aspirantes con las calificaciones obtenidas.

6.6. Las pruebas se realizará mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad o asimilado legalmente. Los aspirantes que no comparezcan a las mismas quedarán eliminados.

7.–Relación de aprobados.

7.1. Terminada la calificación del ejercicio, el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración del mismo, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tudela y en la página web municipal, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida.

7.2. El Tribunal elevará al órgano convocante propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados que tengan cabida en el número de plazas convocadas, según lo establecido en la Base 6 de la presente convocatoria.

8.–Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el procedimiento selectivo a que se refiere la base anterior, el Alcalde nombrará mediante resolución a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, especificando su nuevo nivel de encuadramiento. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

8.2. Los aspirantes nombrados deberá tomar posesión o formalizar anexo a su contrato laboral en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Quien en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos los derechos para la adquisición del nuevo nivel de encuadramiento.

9.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

A) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

B) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

C) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Nota: Todas las referencias para las que en esta convocatoria y sus anexos se utiliza la forma de masculino genérico, deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y a hombres.

Tudela, 24 de febrero de 2017.–El Alcalde-Presidente, firma ilegible.

ANEXO II

Modelo de instancia (PDF).

ANEXO III

Tema 1.–Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

Tema 2.–Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General: Definiciones. Prestaciones garantizadas y no garantizadas en atención primaria, atención a la dependencia, personas mayores, discapacidad, enfermedad mental, exclusión Social, menores, violencia de género.

Tema 3.–Ley 39/2006, de 14 de diciembre. Ley de Protección de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia: Título Preliminar: disposiciones generales; Título I: El sistema para la autonomía y atención a la dependencia.

Tema 4.–Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia; Decreto Foral 7/2009 que aprueba el reglamento de desarrollo parcial de la Ley Foral 15/2005. Modificaciones introducidas por la Ley Foral 13/2013, de 20 de marzo.

Tema 5.–Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, para actuar contra la violencia hacia las mujeres. Títulos IV, V, VI, VII y VIII.

Tema 6.–El código deontológico del Educador/a Social.

Tema 7.–El catálogo de Funciones y competencias del/a Educador/a Social.

Tema 8.–El trabajo en equipo. El/la Educador/a Social dentro del Equipo Multiprofesional. La interdisciplinariedad como marco para un trabajo educativo.

Tema 9.–La intervención socio-educativa. Definiciones y Conceptos. Ámbitos de Intervención Socioeducativa. Estrategias y Técnicas de intervención. Dinámica de Grupos.

Tema 10.–Diseño y Evaluación de Programas de Intervención. La elaboración de programas y análisis de necesidades. Fases: Diagnóstico, Planificación, Aplicación-Ejecución, Evaluación.

Tema 11.–Plan estratégico de servicios sociales en Navarra: Visión, misión, principios, objetivos, líneas generales, líneas estratégicas. Indicadores de Evaluación.

Tema 12.–La Prevención: Concepto y Tipos.

Tema 13.–La entrevista en la relación educativa y de ayuda: pautas, criterios y condiciones para favorecer el aprendizaje.

Tema 14.–Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones. Título preliminar: Capítulo II: Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.

Toda la legislación mencionada en este anexo deberá ser tenida en cuenta con todas sus modificaciones posteriores (toda legislación Foral se encuentra actualizada en la web www.lexnavarra.es).

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