BOLETÍN Nº 151 - 7 de agosto de 2017

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

TUDELA

Convocatoria para la constitución, mediante oposición, de una relación de aspirantes a la formación, en situación de servicios especiales, para el desempeño del puesto de Educador/a Especializado (asimilado al nivel/grupo B)

Mediante Resolución de Alcaldía número 1118/2017, de 30 de junio, se aprobó la convocatoria y bases para la constitución de una relación de aspirantes, a la formación, en situación de servicios especiales, para el desempeño del puesto de Educador/a Especializado (asimilado a Nivel/Grupo B), en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Tudela.

La presente oposición se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación y a lo establecido en las siguientes

BASES

1.–Objeto.

Esta Convocatoria tiene por objeto la constitución mediante Oposición, de una relación de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación, del puesto de trabajo de Educador/a Social (Nivel/Grupo B), en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Tudela.

La relación de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación del puesto señalado, se regirá por lo dispuesto en los Criterios para la Contratación temporal del personal al Servicio del M.I. Ayuntamiento de Tudela y sus Organismos Autónomos, aprobados mediante Acuerdo de Pleno de 29 de noviembre de 2004, publicado en Boletín Oficial de Navarra número 10, de 24 de enero de 2005, así como demás normativa que resulte de aplicación.

2.–Requisitos de los aspirantes.

2.1.–Los aspirantes deberán reunir en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

A) Tener la condición de empleado fijo al servicio de este Ayuntamiento, Organismo Autónomo Junta de Aguas y EPEL Castel Ruiz y estar encuadrado en los niveles C, D o E.

B) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

C) Estar en posesión del título de Diplomado o Graduado en Educación Social, o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, o se haya obtenido la correspondiente habilitación en los términos establecidos en el punto 1 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Foral 4/2009, de 30 de abril, por la que se crea el Colegio Oficial de Educadoras y Educadores Sociales de Navarra.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credenciales que acredite su homologación.

De acuerdo con la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de Protección de la infancia y a la Adolescencia, es requisito para el desempeño del puesto de trabajo de Educador Social, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos.

Los anteriores requisitos deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes en el momento que se les indique. La acreditación será mediante copia compulsada.

Quienes no presenten dichos documentos, salvo causas de fuerza mayor suficientemente justificadas, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

El cumplimiento de dichos requisitos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de desempeño temporal del puesto de trabajo convocado.

3.–Desarrollo y valoración del proceso selectivo.

El proceso de selección se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en las normas aprobadas en la presente Resolución de Alcaldía y que se detallan en el apartado II.

4.–Llamamiento de los aspirantes en formación.

Los aspirantes aprobados podrán ser llamados, de conformidad con las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Tudela, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases; Criterios para la contratación temporal del personal al servicio del M.I. Ayuntamiento de Tudela y sus organismos autónomos aprobados mediante Acuerdo de Pleno de 29 de noviembre de 2004, publicado en Boletín Oficial de Navarra número 10, de 24 de enero de 2005; y demás normativa vigente.

Los aspirantes seleccionados que resulten llamados serán declarados en situación de servicios especiales para la formación, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de aplicación.

II.–NORMAS PARA EL DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA

1.–Naturaleza y características de los puestos de trabajo a desempeñar temporalmente.

1.1.–El puesto de trabajo objeto de la presente Convocatoria, aprobadas por Alcaldía, responde a la denominación de Educador/a Especializado/a.

1.2.–Las funciones o tareas a desempeñar serán las propias del puesto de trabajo que comprenderán: Intervenciones educativas en los distintos programas sociales municipales; Análisis, valoración, detección, programación y seguimiento de procesos personales, familiares y comunitarios; Cuantas funciones estén relacionadas con su nivel y categoría.

1.3.–Las condiciones de trabajo y retributivas, en lo que no está contemplado en estas bases, se estará a lo dispuesto en la normativa de aplicación y en el Acuerdo de Condiciones de Empleo de los Funcionarios y Trabajadores contratados Fijos y Temporales al servicio del M.I. Ayuntamiento de Tudela.

1.4.–El régimen de jornada de trabajo se adatará a las necesidades del servicio pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto.

2.–Instancias.

2.1.–Las instancias para poder participar en la Convocatoria deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, y se deberán registrar en el Servicio de Atención Ciudadana (S.A.C.), sito en Plaza Vieja, número 1 o en oficinas de calle Escós Catalán, número 1 o mediante cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria y Bases en Boletín Oficial de Navarra (podrán consultarse igualmente en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la página web municipal, www.tudela.es desde la reseña de la convocatoria en “Ofertas de Empleo Público”). En ella los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo para la presentación de instancias.

En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

2.2.–Se adjuntará con la instancia la documentación acreditativa de la titulación exigida en la convocatoria.

2.3.–Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 podrá solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que estas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia de participación, expresando en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición de discapacitado, expedida por el órgano competente.

2.4.–Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

2.5.–El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

3.1.–Listas provisionales.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tudela y página web municipal.

Los aspirantes excluidos, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido, dentro de los 3 días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Tablón y página web.

3.2.–Listas definitivas.

Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde-Presidente dictará Resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, ordenando la publicación de las mismas en Boletín Oficial de Navarra, Tablón de anuncios y página web municipales. En la misma Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

3.3.–En caso de que no exista ninguna persona excluida se aprobará directamente la relación de admitidos como lista definitiva.

3.4.–El hecho de figurar en las relaciones de admitidos y excluidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes o de la que obra en poder de la Administración se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, los interesados decaerán en todos los derechos en que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria.

4.–Tribunal calificador.

4.1.–El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidenta: Marisa Marqués Rodríguez, Concejala de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Tudela.

Suplente: Silvia Cepas Medina, Concejala de Educación, Centros Cívicos y Juventud del Ayuntamiento de Tudela.

Vocal: Pilar Larrauri Ugarte, Educadora especializada del Ayuntamiento de Tudela.

Vocal-suplente: Concepción Tanco Lanas, Educadora especializada del Ayuntamiento de Tudela.

Vocal: José Antonio Aragón Celigüeta, Educador especializado del Ayuntamiento de Tudela.

Vocal-suplente: Ignacio Lizaldre Escalada, Trabajador Social del Ayuntamiento de Tudela.

Vocal: Mikel Ciordia Osta, representante de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Tudela.

Vocal-suplente: Ana José Martínez Navarro, representante de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Tudela.

Secretaria: Ana Cristina Martínez Cisneros, Técnica de Grado Medio de Personal

Secretaria suplente: Miriam Mendoza Jiménez, Técnica Superior de Recursos Humanos.

4.2.–Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las circunstancias anteriormente aludidas (artículo 24 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre).

4.3.–El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

4.4.–El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

4.5.–El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes bases.

4.6.–El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquellas.

5.–Sistema selectivo: oposición.

5.1.–El proceso selectivo se llevará a cabo mediante oposición. Los diferentes anuncios que el Tribunal calificador deba hacer durante y en relación al desarrollo del proceso selectivo, serán objeto de publicación en el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial y, en su caso, en los lugares establecidos en estas Bases, también podrán consultarse en la web municipal, www.tudela.es, desde la reseña de la convocatoria en “Ofertas de Empleo Público”.

5.2.–Pruebas selectivas.

Comenzará en la fecha que señale el Tribunal calificador y constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: de carácter teórico.

Se llevará a cabo mediante la realización de una prueba que consistirá en contestar por escrito a un cuestionario tipo test de 20 preguntas con varias opciones de respuesta, de las que sólo una será válida, sobre la materia contenida en el temario que figura en el Anexo III de las presentes bases, penalizando las respuestas erróneas.

Valoración máxima 20 puntos.

Segundo ejercicio: de carácter práctico.

Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos planteados por el Tribunal Calificador, acerca de las materias contenidas en el temario que figura en el Anexo III de la Convocatoria.

El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización de ambos ejercicios es de 3 horas. Ambos ejercicios se celebrarán en una misma jornada, procediendo el Tribunal a corregir todos los ejercicios tipo test y únicamente aquellos ejercicios 2 (práctico) de aquellos aspirantes que hayan aprobado el ejercicio 1 (teórico).

5.3.–La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 60 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primer ejercicio: hasta 20 puntos.

Segundo ejercicio: hasta 40 puntos.

5.4.–Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos la mitad de la puntuación máxima asignada a cada ejercicio (10 puntos para el primer ejercicio y 20 puntos para el segundo).

5.5.–Ambos ejercicios se llevarán a cabo mediante el sistema de plicas.

5.6.–Los aspirantes serán convocados por el Tribunal en los términos expuestos en las presentes Bases. El llamamiento será único y los aspirantes deberán acudir provistos de Documento Nacional de Identidad, o documento que el Tribunal estime suficiente para acreditar la identidad del aspirante. Aquellos aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante tales documentos quedarán eliminados de forma automática.

5.7.–Durante el desarrollo de la prueba selectiva se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

5.8.–Una vez celebrados los ejercicios, se publicará la lista de calificaciones y el número de plica asignado y se señalará la fecha, hora y lugar de celebración del acto de apertura de plicas que tendrá carácter público. Una vez celebrado el mismo, se publicará la lista de los aspirantes y de las calificaciones obtenidas que se publicarán en el lugar de celebración del ejercicio, en el Tablón de anuncios de la Casa consistorial y en la web municipal (www.tudela.es), en la reseña de la Convocatoria.

La calificación final o valoración final será la que resulte de sumar las puntuaciones de los dos ejercicios.

6.–Relación de aprobados y llamamiento.

6.1.–Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública en el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la página web municipal la relación de aspirantes a la formación por orden de puntuación obtenida.

6.2.–Los empates en la puntuación que pudieran producirse entre los aspirantes aprobados se resolverán de acuerdo con el criterio regulado en el Acuerdo plenario de 29 de noviembre de 2004 (publicado en Boletín Oficial de Navarra número 10 de 24 de enero de 2005), por la puntuación de mayor ponderación del conjunto de la prueba y, si persistiere el empate, éste se resolverá mediante sorteo público.

6.3.–El Tribunal calificador remitirá posteriormente a Alcaldía la relación de aspirantes para la formación resultantes del proceso selectivo, a efectos de proceder al llamamiento en orden a dar cobertura a las necesidades que se produzcan en el M.I. Ayuntamiento de Tudela.

7.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

A) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

B) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

C) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Nota: todas las referencias para las que en esta convocatoria y sus anexos se utiliza la forma de masculino genérico, deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y a hombres.

Tudela, 29 de junio de 2017.–El Alcalde, Eneko Larrarte Huguet.

ANEXO II

Modelo de instancia (PDF).

ANEXO III

Temario

Tema 1.–Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

Tema 2.–Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General: Definiciones. Prestaciones garantizadas y no garantizadas en atención primaria, atención a la dependencia, personas mayores, discapacidad, enfermedad mental, exclusión Social, menores, violencia de género.

Tema 3.–Ley 39/2006, de 14 de diciembre. Ley de Protección de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia: Título Preliminar: disposiciones generales; Título I: El sistema para la autonomía y atención a la dependencia.

Tema 4.–Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia, Decreto Foral 7/2009 que aprueba el reglamento de desarrollo parcial de la Ley Foral 15/2005. Modificaciones introducidas por la Ley Foral 13/2013, de 20 de marzo.

Tema 5.–Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, para actual contra la violencia hacia las mujeres. Títulos IV, V, VI, VII y VIII.

Tema 6.–El código deontológico del Educador/a Social.

Tema 7.–El catálogo de Funciones y competencias del/a Educador/a Social.

Tema 8.–El trabajo en equipo. El/la Educador/a Social dentro del Equipo Multiprofesional. La interdisciplinariedad como marco para un trabajo educativo.

Tema 9.–La intervención socio-educativa. Definiciones y Conceptos. Ámbitos de Intervención Socioeducativa. Estrategias y Técnicas de intervención. Dinámica de Grupos.

Tema 10.–Diseño y Evaluación de Programas de Intervención. La elaboración de programas y análisis de necesidades. Fases: Diagnóstico, Planificación, Aplicación-Ejecución, Evaluación.

Tema 11.–Plan estratégico de servicios sociales en Navarra: Visión, misión, principios, objetivos, líneas generales, líneas estratégicas. Indicadores de Evaluación.

Tema 12.–La Prevención: Concepto y Tipos.

Tema 13.–La entrevista en la relación educativa y de ayuda: pautas, criterios y condiciones para favorecer el aprendizaje.

Tema 14.–Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones. Título preliminar: Capítulo II: Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.

Nota: todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

Código del anuncio: L1708304