BOLETÍN Nº 72 - 15 de abril de 2016

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BURLADA

Aprobación de la convocatoria para la concesión
de apartamentos tutelados dirigidos a las personas mayores

El Ayuntamiento de Burlada, a través de esta convocatoria, propone la concesión de alojamiento alternativo, sin servicios añadidos de propiedad y gestión municipal, dirigido a personas mayores de 65 años, vecinas de Burlada, con un buen nivel de autovalimiento y que tengan problemas graves de alojamiento.

Todo ello de acuerdo a la aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de los Apartamentos Tutelados dirigidos a personas mayores, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 62, de 3 de abril de 2013.

A la vista de lo expuesto y, en virtud del Decreto de Alcaldía número 577/2015, de delegación de competencias en materia de Servicios Sociales,

HE RESUELTO:

1.–Aprobar la convocatoria pública de Apartamentos Tutelados del Ayuntamiento de Burlada.

2.–Ordenar la publicación de la misma en el Boletín Oficial de Navarra con el siguiente contenido:

1. Objeto. Personas destinatarias.

Cubrir la necesidad de alojamiento de personas mayores de 65 años, empadronadas y residentes en Burlada, con un buen nivel de autovalimiento y problemas graves de alojamiento.

La lista elaborada a partir de la presente convocatoria tendrá una validez de 4 años, quedando en reserva aquellas solicitudes recibidas en plazo y no atendidas y cuyos datos deberán ser actualizados al momento de la posible adjudicación.

2. Requisitos.

Los recogidos en la Ordenanza reguladora de esta convocatoria.

Serán requisitos indispensables para poder recibir estas ayudas:

a) Tener residencia efectiva y estar empadronados en Burlada con una antigüedad mínima de 1 año a considerar desde el momento de la solicitud.

b) Tener una edad igual o superior a 65 años cumplidos en el momento de presentar la solicitud.

c) Tener un buen nivel de autovalimiento y autonomía psico-física para las actividades diarias.

d) Necesitar vivienda por carencia, desahucio, graves deficiencias de habitabilidad, barreras arquitectónicas importantes de difícil resolución y/o no disponer de otras alternativas de alojamiento.

e) Que el nivel de ingresos no supere 2 veces el S.M.I. anual, carezcan de patrimonio mobiliario y no hayan hecho trasmisión de bienes en los 10 años anteriores a la solicitud co un valor catastral superior a 6 veces el S.M.I. actual.

f) Haber presentado la solicitud y documentación requerida en la presente convocatoria en los plazos establecidos.

3. Documentación.

–Solicitud de apartamento tutelado en modelo oficial del Ayuntamiento de Burlada, debidamente cumplimentada y firmada.

–DNI de las personas interesadas.

–Informe sanitario: test de autovalimiento.

–Justificantes de ingresos económicos y origen de los mismos, tales como nóminas, pensiones, prestaciones, subsidios, etc.de que se disponga.

–Declaración de la Renta de la unidad familiar correspondiente al año 2014, o Certificación Negativa de la misma, si no estuviera obligado a hacerla, expedida por el Departamento de Hacienda.

–Certificado de Catastro y/o certificado del Servicio de Riqueza Territorial deL Gobierno de Navarra.

–Documento que demuestre la situación de alquiler y/o acogida de vivienda ajena.

(*) El Ayuntamiento podrá solicitar cualquier otra información y/o documentación complementaria que fuera necesaria para la resolución del expediente.

4. Plazo presentación.

30 días naturales a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5. Recogida de impresos.

En el Registro General del Ayuntamiento de Burlada (Plaza de las Eras, s/n) y en el Centro Municipal de Servicios Sociales de Burlada (Calle Landazabal, 5 bis)en horario de: 8:00 a 14:15 horas de lunes a viernes. Así como en la pagina Web del Ayuntamiento (www.burlada.es).

6. Entrega de solicitudes.

Una vez cumplimentadas las solicitudes y con toda la documentación requerida, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Burlada.

7. Normativa.

–Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

–Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones del M.I. Ayuntamiento de Burlada.

–Ordenanza Municipal reguladora de los apartamentos tutelados dirigidos a las personas mayores, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 62, de 3 de abril de 2013.

8. Información y contacto.

–Centro Municipal de Servicios Sociales de Burlada. Teléfono: 948 13 66 36 (Calle Landazabal, 5 bis).

–Página Web del Ayuntamiento de Burlada: www.burlada.es.

–Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Burlada.

–Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Burlada. Teléfono: 948 23 84 00.

Burlada, 21 de marzo de 2016.–El Concejal Delegado, Joseba Gines Eleno.

Código del anuncio: L1604307