BOLETÍN Nº 72 - 15 de abril de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 84/2016, de 11 de marzo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifica la Orden Foral 486/2007, de 9 de noviembre, por la que se crea el Comité de seguimiento del Organismo Pagador en la Comunidad Foral de Navarra.

Mediante la Orden Foral 486/2007, de 9 de noviembre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se crea el Comité de Seguimiento del Organismo Pagador en la Comunidad Foral de Navarra con el propósito de ocuparse de la gestión de la seguridad de la información del organismo, del seguimiento de las recomendaciones emitidas por los órganos de control así como del seguimiento de la ejecución del programa de desarrollo rural, de la aprobación de procedimientos de gestión, y de otros asuntos relacionados con el organismo pagador.

La anterior Orden Foral ha sido modificada por la Orden Foral 83/2011, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la Orden Foral 111/2012, de 9 de marzo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente y por la Orden Foral 119/2015, de 27 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifica la estructura de los miembros del Comité de Seguimiento del Organismo Pagador en la Comunidad Foral de Navarra.

La última modificación fue motivada por la aprobación del Decreto Foral 137/2015, de 28 de agosto, por el que se que establece la estructura orgánica del nuevo Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. Por omisión en esta modificación no se incluyó como vocal del Comité de Seguimiento del Organismo Pagador al Director del Servicio de Ganadería.

La disposición final segunda del Decreto Foral 7/2013, de 23 de enero, por el que se autoriza el Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Foral de Navarra y se establece su organización y funcionamiento, faculta al Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del Decreto Foral.

Procede, por tanto, elaborar una Orden Foral que permita incluir como miembro del Comité de seguimiento del Organismo Pagador en calidad de vocal al Director de Servicio de Ganadería.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo único.–Modificación de la Orden Foral 486/2007, de 9 de noviembre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se crea el Comité de seguimiento del Organismo Pagador en la Comunidad Foral de Navarra.

Se modifica el artículo 2.º de la Orden Foral 486/2007, de 9 de noviembre, que queda redactado de la siguiente manera:

“2. El Comité de seguimiento del Organismo Pagador estará compuesto por los siguientes miembros:

1. Presidenta: La Directora del Organismo Pagador y Directora de Servicio del Organismo Pagador.

2. Vocales:

a) La Autoridad de Gestión del PDR y Director del Servicio de Diversificación y Desarrollo Rural.

b) El Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería.

c) La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

d) La Secretaria General Técnica del Departamento.

e) El Director del Servicio de Agricultura.

f) El Director del Servicio de Ganadería.

g) El Director del Servicio de Explotaciones Agrarias y Fomento Agroalimentario.

h) El Director del Servicio de Infraestructuras Agrarias.

i) El Director del Servicio de Conservación de la Biodiversidad.

j) El Director del Servicio de Montes.

k) El Director del Servicio de Fomento Empresarial.

l) La Jefa de la Sección de Auditoría Interna.

m) El Jefe de la Sección de Coordinación, que hará las veces de Secretario.”

Disposición final única.–Entrada en vigor.

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 11 de marzo de 2016.–La Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiete y Administración Local, Isabel Elizalde Arretxea.

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