BOLETÍN Nº 218 - 11 de noviembre de 2016

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CINTRUÉNIGO

Convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso-oposición, de una plaza de Encargado general de obras al servicio del Ayuntamiento

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 10 de octubre de 2016 se ha aprobado la convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso-oposición, de una plaza de encargado general de obras al servicio del Ayuntamiento de Cintruénigo, con arreglo a las siguientes,

BASES

1.–Objeto de la convocatoria.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión, al amparo del artículo 15.6 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, con carácter restringido, al personal con nivel D del Ayuntamiento de Cintruénigo y mediante concurso-oposición, de una plaza de encargado general de obras (jefe de brigada), identificada en la Plantilla Orgánica del ejercicio 2016 con el número A06.

1.2. El aspirante que resulte nombrado en virtud de esta convocatoria, tendrá la condición, desde la fecha de toma de posesión, de funcionario del nivel C.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con la remuneración correspondiente al nivel C y los complementos asignados en Plantilla orgánica.

1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos competentes cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

1.5. Las funciones a desempeñar por el designado serán aquellas que le sean encomendadas dentro de su nivel y categoría, constando entre otras:

–Realizar la planificación y programación del trabajo de la Brigada relativa a pequeños proyectos, trabajos de mantenimiento e incidencias, distribuyendo las cargas de trabajo en base a los recursos disponibles y a los plazos previstos.

–Llevar a cabo actividades de inspección, medición, planificación, etc. de cara a garantizar el adecuado estado de mantenimiento de parques, vías públicas y mobiliario urbano, urbanizaciones, obras, vías públicas y resto de elementos (arquetas), dirigiendo las obras y trabajos que a la Brigada de Obras se le atribuyan.

–A partir de la planificación y criterios establecidos por el Responsable, llevar a cabo el control sobre seguridad de los edificios, obras e instalaciones existentes en el municipio.

–Coordinación de los encargados de Área de todas las secciones de la Brigada Municipal.

–Organización diaria de los trabajos, así como maquinarias, herramientas, vehículos y materiales necesarios para realizarlos.

–Supervisará las actividades y el trabajo del personal: limpieza de calles, arreglos de albañilería, colocación y retirada de estructuras y aparatos que sean requeridos por el Ayuntamiento, labores de enterramiento, labores de pintura del mobiliario urbano y señalización vial, jardinería,...

–Organización de los equipos de trabajo (personal).

–Controlará la puntualidad y asistencia del personal, comunicando al Área de Personal del Ayuntamiento las deficiencias observadas, debiendo realizar los partes de trabajo relativos al personal y las labores encomendadas.

–Dirigir, organizar, coordinara y supervisar la brigada estableciendo objetivos y pautas y distribuyendo las diferentes tareas entre el personal para un correcto funcionamiento.

–Responsabilizarse del cumplimiento del programa de trabajo realizado (seguimiento y evaluación), disponiendo en todo momento de información ágil y fiable sobre la situación y previsiones en relación a dicho programa.

–Marcar las directrices y criterios de actuación en los trabajos de mantenimiento.

–Responsabilizarse de la recepción, examen, consignación de datos y elaboración de un resumen-informe de los partes diarios/periódicos de trabajo de la Brigada.

–Proponer, en base al programa de trabajo, las necesidades de contratación de material y equipos con antelación suficiente, evitando posibles paradas o retrasos y efectuando el control y seguimiento de los trabajos subcontratados.

–Resolver las emergencias, dificultades y desviaciones que se produzcan, efectuando las oportunas acciones correctoras según las urgencias y prioridades que se establezcan.

–Elaborar la propuesta de calendario laboral anual, responsabilizándose a su vez del seguimiento de la asistencia, control horario, niveles de absentismo, etc. del personal bajo su responsabilidad.

–Planificación, diseño y ejecución de las obras a realizar por la brigada municipal.

–Control de necesidades de personal y proposición de posibles contrataciones para vacaciones, bajas y trabajos específicos de duración determinada.

–Supervisar el trabajo de personal a su cargo, prestándole los apoyos técnicos que precise en coherencia con las exigencias de la organización.

–Cumplir los criterios establecidos de gestión del almacén en cuanto a la realización de inventarios, orden, clasificación, salida y entrada de material, etc.

–Pedir presupuestos a proveedores, realizar aquellas compras (firma y control de todos los vales de compra de materiales, prendas de trabajo, etc., en lo que a su ámbito compete) que le sean encomendadas, según pautas y procedimientos establecidos.

–Responsabilizarse del control, mantenimiento y conservación de los vehículos, herramientas y maquinaria municipal asignados.

–Previsión y control de gastos anuales mediante presupuestos.

–Atender, resolviendo y/o encauzando, los aspectos humanos y de relación del equipo, potenciando un clima de satisfacción, orden y disciplina.

–Recoger y canalizar las diferentes solicitudes derivadas por los ciudadanos u otras áreas municipales, comunicando al responsable y estableciendo las prioridades de actuación.

–Cumplir y hacer cumplir las normas de Prevención de Riesgos Laborales.

–Actuar en calidad de oficial en cualquier momento en el que pudiera ser preciso.

–Realizar todo tipo de partes e informes propios de su ámbito de competencia, para el área.

–Coordinarse con otros técnicos municipales y de organismos municipales a efectos de unificación de criterios y actuaciones, planificación de proyectos municipales, etc.

–Establecer y desarrollar las relaciones y contactos necesarios con otros organismos, entidades, profesionales, que se precisen para el desarrollo de sus funciones.

–Atender, informar y orientar a los ciudadanos en los asuntos propios de su cometido.

–Cumplir las normas de Prevención de Riesgos Laborales, Normas de Seguridad e Higiene.

–Fomentar y colaborar en la mejora del área, proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejor.

–Organizar el trabajo a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos.

–Guardar el orden preciso y puntual de su ámbito de trabajo, velando por el buen estado y funcionamiento de los medios propuestos a su cargo.

–Colaborar con el resto de personal adscrito al Área/Centro de Gestión en situaciones de acumulación de tareas, ausencia o enfermedad.

–Fomentar y colaborar en la mejora del servicio que se presta al ciudadano, adecuándose a las exigencias que, con carácter ocasional y en términos de flexibilidad horaria, plantee el cumplimiento del programa de trabajo establecido y las necesidades del Ayuntamiento.

–Realizar, además de las descritas, otras tareas que, en coherencia con las capacidades, categoría, nivel y aptitudes profesionales que el puesto exige, le sean encomendadas de cara a la consecución de los objetivos establecidos.

2.–Requisitos de los aspirantes.

2.1. Los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de funcionario o trabajador laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Cintruénigo.

b) Hallarse encuadrado dentro de los niveles C ó D, conforme el apartado 15 del Estatuto de Personal.

c) Estar en posesión del título de Bachillerato, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente y acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas o bien acreditar ocho años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

d) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de sus funciones.

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por los aspirantes seleccionados en el plazo y forma previstos en la base 9.ª de la presente convocatoria. El cumplimiento de dichos requisitos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de oposición hasta el momento del nombramiento.

2.3. La persona que sea titular de la plaza, una vez finalizada la presente convocatoria, estará obligada a poseer el carnet de conducir C1 en el plazo de 2 años contados a partir del día siguiente al juramento del cargo.

3.–Instancias.

3.1. Las solicitudes se presentarán en las Oficinas Municipales, en el plazo de treinta días naturales a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I de esta convocatoria y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

3.2. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.3. A la instancia se acompañará la documentación original o copia compulsada que acredite cuantos méritos sean alegados a tenor del baremo establecido en la convocatoria.

Los aspirantes deberán alegar y justificar los méritos.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, y una vez comprobado el cumplimiento por los candidatos de los requisitos exigidos en la convocatoria, la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Cintruénigo dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, la cual se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso los defectos en que pudieran haber incurrido.

Si no hubiera aspirantes excluidos, se aprobará directamente la lista definitiva y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Cintruénigo dictará nueva Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, señalando lugar, fecha y hora del comienzo de la fase de oposición y ordenando la publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por las siguientes personas:

–Presidenta: Doña Raquel Garbayo Berdonces, Alcaldesa del M.I. Ayuntamiento de Cintruénigo.

–Suplente: Don Casto Alvero González, Teniente Alcalde.

–Primer Vocal: Don Manuel Contreras Sampayo, Arquitecto del Ayuntamiento de Cintruénigo.

–Suplente: Don Luis Cornago Rodríguez, Arquitecto del Ayuntamiento de Cascante.

–Segundo Vocal: Doña Catalina Bernaola Olivares, arquitecto del Ayuntamiento de Corella.

–Suplente: Don Felix Manzanos, Arquitecto del Ayuntamiento de Fitero.

–Tercer Vocal: Doña Esther González Benavente, Arquitecta técnica municipal del Ayuntamiento de Tudela.

–Suplente: Don Ignacio López Burgaleta, Aparejador municipal del Ayuntamiento de Tudela.

–Vocal Secretario: Doña Ana Celia Barbarin Jiménez, Secretaria del M. I. Ayuntamiento de Cintruénigo, representante del personal.

–Suplente: Don Francisco Javier Iturria Jiménez, representante del personal.

5.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.3. El Tribunal podrá contar en las pruebas de selección con el asesoramiento y colaboración de personal y/o instituciones cualificadas.

5.4. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas y no podrá constituirse ni actuar sin asistencia al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes le sustituyan.

5.5. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.6. Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento de Cintruénigo convocante, al Tribunal que ha de juzgar las pruebas y a quienes toman parte en ellas.

5.7. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la realización de la prueba práctica sobre el contenido y funciones del puesto de trabajo. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal y se limitarán al ejercicio de su especialidad.

6.–Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

6.2. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinará el lugar fecha y hora del comienzo de la fase de oposición.

Posteriormente, el Tribunal hará públicos, oportunamente, los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas, en la forma reglamentaria.

7.–Fase de concurso.

7.1. La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente probados por los concursantes.

Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente en el momento de presentar cada aspirante su instancia solicitando tomar parte en el concurso.

El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados y debidamente justificados, de acuerdo con el baremo detallado en el punto siguiente. El Tribunal podrá, en cualquier momento, solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

7.2. Baremo de méritos:

a) Por prestación de servicios en Administraciones Públicas, en puestos de Empleado de Servicios Múltiples u Oficial de Servicios Múltiples, por cada año 3 puntos, hasta un máximo de 15 puntos.

Notas:

1.ª Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

2.ª En los casos de servicios cuya prestación hubiese sido simultánea con otros, solamente se valorarán los que tengan mayor puntuación.

3.ª En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente.

4.ª No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

5.ª Los periodos en los que el funcionario haya estado en situación de servicios especiales o excedencia especial, se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de su acceso a dichas situaciones.

6.ª Se tendrán en cuenta los servicios prestados a las Administraciones Públicas tanto con carácter fijo como interino.

7.ª La puntuación máxima de este apartado a) no podrá ser superior a 15 puntos.

b) Por cada título-certificado de asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento en materias relacionadas con las funciones del puesto a desempeñar:

–Por cada curso menor o igual a 15 horas de duración: 0,50 puntos.

–Por cada curso mayor de 15 horas de duración: 1 punto.

–Por cada curso mayor de 30 horas de duración: 1,5 puntos.

La puntuación máxima del total de cursos será de 15 puntos.

7.3. La puntuación máxima otorgada a la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, será de 30 puntos.

7.4. Al término de esta fase el Tribunal calificador publicará en los soportes habituales las puntuaciones provisionales del mismo y abrirá un plazo de reclamaciones de cinco días naturales, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para que los interesados aleguen lo que a su derecho convenga.

7.5. Una vez resueltas por el Tribunal las reclamaciones presentadas frente a los resultados provisionales, éste aprobará y publicará en los mismos soportes los resultados definitivos de la baremación de méritos.

8.–Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio.–Prueba de carácter teórico, consistente en la contestación por escrito a varias preguntas cortas, o de tipo test, sobre los temas del programa que figura en el Anexo II, con una duración máxima de dos horas. Las respuestas erróneas se penalizarán. La puntuación máxima de esta prueba será de 35 puntos, debiéndose alcanzar un mínimo de 17,5 puntos para superar la prueba.

La prueba se llevará a cabo por el sistema de plicas.

Segundo ejercicio.–Prueba de carácter práctico. Consistirá en un ejercicio, desarrollado en diferentes pruebas, en el que se valorarán conocimientos relacionados con el Anexo II, La puntuación máxima de esta prueba será de 35 puntos, debiéndose alcanzar un mínimo de 17,5 puntos para superar la prueba.

8.2. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación asignada a cada ejercicio.

8.3. Una vez terminado cada ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la lista de aspirantes aprobados con sus calificaciones obtenidas y asimismo, la fecha y lugar de celebración del siguiente ejercicio.

8.4. Los ejercicios se realizarán mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán acudir provistos de Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran al mismo quedarán eliminados.

8.5. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

9.–Relación de aprobados, propuesta del Tribunal y presentación de documentos.

Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios y la página web municipal del Ayuntamiento de Cintruénigo, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida y dará traslado al órgano convocante de la propuesta de nombramiento en favor del aspirante con mayor puntuación, que será vinculante para dicho órgano convocante; publicándose dicha propuesta en el Boletín Oficial de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el segundo ejercicio y si persistieran, se tomarán en consideración las puntuaciones obtenidas en el primero.

10.–Nombramiento y toma de posesión.

10.1. Nombramiento y toma de posesión: Concluido el proceso selectivo, el órgano competente del Ayuntamiento de Cintruénigo procederá al nombramiento como funcionario del nivel C, para desempeñar el puesto convocado; dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra. Los aspirantes nombrados, deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, salvo caso de fuerza mayor, cualquiera de los designados no tomara posesión, perderá todos los derechos para la adquisición de la condición del nivel C, del Ayuntamiento de Cintruénigo.

10.2. En todo lo no previsto en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/85, de 5 de julio, y disposiciones concordantes.

11.–Recursos.

11.1. Contra la presente convocatoria, sus bases así como en su caso contra los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo establecido en la legislación general, ante el órgano competente de dicha jurisdicción, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada, directamente, ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo o resolución.

11.2. Contra los actos emanados del Tribunal calificador podrá interponerse Recurso de Alzada ante el órgano municipal convocante, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Cintruénigo, 28 de octubre de 2016.–La Alcaldesa, Raquel Garbayo Berdonces.

ANEXO I

Modelo de instancia (PDF).

ANEXO II

Temario

Tema 1.–Albañilería y pintura. Materiales de construcción y herramientas de albañilería: Uso y mantenimiento. Principales reparaciones de albañilería. Conceptos generales de pintura decorativa: Materiales, pinturas, barnices, masillas, disolventes y decapantes. Elección de la pintura adecuada. Herramientas específicas de pintura: Herramientas manuales y herramientas mecánicas. Mantenimiento de los útiles y herramientas de pintura. El trabajo de pintura: Preparación del soporte, métodos de pintado sobre diferentes superficies. Limpieza y conservación de pinturas. Defectos en la aplicación de pinturas y reparaciones más frecuentes.

Tema 2.–Fontanería y calefacción. Conceptos generales, instalaciones de agua de consumo en edificios (ACS y AFCH), redes de saneamiento, averías y reparaciones básicas en las instalaciones de fontanería: Averías en tuberías, averías en desagües, ruidos en las instalaciones, verías en elementos singulares de las instalaciones. Mantenimiento de instalaciones de gas (Operaciones de usuario). Sistemas de calefacción centralizados: Elementos en sala de calderas e identificación de componentes, circuitos básicos de calefacción, reconocimientos básicos de funcionamiento, mantenimiento (operaciones de usuario). Sistemas de calefacción autónomos: Emisores eléctricos para calefacción.

Tema 3.–Instalaciones de climatización y ventilación. Equipos de aire acondicionado: Tipos, principios de funcionamiento, mantenimiento (operaciones de usuario). Instalaciones de ventilación: Tipos y mantenimiento (operaciones de usuario).

Tema 4.–Mantenimiento para la prevención y control de la legionelosis. RD 865/2003. Criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis: El Decreto Foral 54/2006, de 31 de julio. Criterios básicos de mantenimiento de instalaciones: Medidas preventivas, programas de mantenimiento y registro de operaciones. Orden SCO/317/2003 y Orden Foral 126/2009 por las que se regula el procedimiento de homologación de los cursos de formación y de renovación de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones de riego frente a la legionella.

Tema 5.–Electricidad: Conceptos básicos. Glosario y definiciones. Transporte eléctrico: Conductores, aislantes y canalizaciones. Herramientas y útiles de mantenimiento eléctrico. Averías y reparaciones básicas. Instalaciones eléctricas de alta tensión: Concepto y tipos. De baja tensión: Concepto y clasificación. Instalaciones de enlace en los edificios: Acometidas, cajas generales de protección, línea general de alimentación, derivaciones individuales, contadores y dispositivos generales de mando y protección. Instalaciones interiores: Prescripciones generales, sistemas de instalación, tubos y canales protectores, protección de instalaciones y protección contra contactos directos e indirectos. Iluminación: Características de las lámparas, componentes de las lámparas, tipos de lámparas, elementos de alumbrado, instalaciones de alumbrado interior y exterior y ahorro de energía en iluminación.

Tema 6.–Carpintería de madera. Conceptos generales: Glosario de términos. Útiles y herramientas básicas de carpintería. Herramientas manuales. Herramientas eléctricas. Materiales de carpintería: Aglomerados y maderas. Revestimientos de carpintería. Tipos, colocación y cuidados. Puertas y ventanas. El trabajo de carpintería: Técnicas básicas de carpintería. Pintura y acabados de carpintería. Trabajos en puertas, ventanas y persianas. Suelos de madera, puertas y ventanas. Trabajos de mantenimiento y reparaciones más frecuentes.

Tema 7.–Cerrajerías y metalistería. Materiales y herrajes: Sujeciones mecánicas, bisagras, cerraduras, pernios, pestillos, cerrojos y otros herrajes para puertas. Herramientas y útiles utilizados en cerrajería. Tareas básicas: Uniones fijas: Soldaduras, remachado, plegado y encolado, uniones articuladas (abisagrado), uniones desmontables, colocación de cerraduras y otras tareas con herrajes. Reparaciones y mantenimiento: De cerraduras, de elementos mecánicos y piezas y reparación de enrejados. Cristalería. Herramientas de cristalería. Limpieza de cristales. Materiales de cristalería. Trabajos de cristalería: Almacenamiento de vidrio, cortado y pulido de cristales y colocación de cristales y espejos. Mantenimiento de vidrios: Con tratamientos especiales, puertas de cristal y claraboyas y lucernarios.

Tema 8.–Ley de Prevención de Riesgos Laborales, derechos y obligaciones de los trabajadores. Medidas de seguridad en el puesto de trabajo: Manejo de cargas, andamios de caballetes y borriquetas, escaleras, seguridad en el manejo de herramientas manuales, seguridad en el manejo de máquinas herramientas eléctricas, EPI´s, manejo de sustancias y materias primas: Productos químicos tóxicos y peligrosos, etiquetado y ficha de seguridad y señalización de seguridad.

Tema 9.–Emergencias. Incendios. El plan de autoprotección. Actuación personal en caso de incendio y evacuación de edificios. Elementos en un fuego. Tipos de fuego. Medios de extinción: Extintores, BIE´s, columna seca e hidrante. Protección contra el fuego: Señalización, detección y alarma. Mantenimiento de instalaciones. Seguridad en edificios públicos: Seguridad privada, sistemas de seguridad y alarma de intrusión y control de accesos.

Tema 10.–Aparatos de tecnología audiovisual. Manejo básico, conexión y puesta en funcionamiento de equipos de imagen y sonido: Proyectores de transparencias y diapositivas, pizarras digitales, videoproyectores y equipos TV. Telecomunicaciones y Equipos informáticos: Identificación de componentes, conexión eléctrica e interconexión, cableado estructurado. Red de voz y datos.

Tema 11.–Jardinería y ornamentación urbana: Labores de creación y/o reposición en jardinería. Reposiciones y siembras del césped, reposición de árboles, arbustos y plantas de flor. La preparación del terreno. Drenajes. Tipos de drenajes. Las diferentes formas de plantación. El marco de plantación y elección de especies. El mantenimiento y conservación del material y herramientas de jardinería y ornamentación urbana.

Tema 12.–En general: Conocimientos técnicos sobre las materias y competencias propias de la formación requerida para el puesto.

Tema 13.–Cultura general a nivel de la formación académica requerida para el puesto.

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