BOLETÍN Nº 209 - 28 de octubre de 2016

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

ULTZAMA

Notificación de infracción

No constando en el Expediente el lugar donde efectuar la notificación al interesado del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se publica el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento.

Legislación/Normativa infringida: Normas de aprovechamiento, Capítulos I, II, III, y IV del Proyecto de Ordenación y Planificación del Recurso Micológico en Ultzama.

Fundamentos Jurídicos: Artículos 177 y 178 de la Ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra y artículos 225 a 228 del Decreto Foral 280/90, por el que se establece el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, en relación con los artículos 87, 88, y 89 del Decreto Foral 59/92 por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Foral 13/1990 de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal.

Por medio de la presente se notifica al interesado que consta en el cuadro adjunto lo siguiente:

1.–La apertura del correspondiente Expediente Sancionador por motivo de los hechos denunciados siguientes: recolectar y portar setas/hongos sin estar en posesión del correspondiente permiso expedido por la Dirección del Parque Micológico de Ultzama en un paraje correspondiente a las coordenadas 612041 4766099, incluido en la zona delimitada del citado Parque Micológico, dentro de los montes de Ultzama. Tales hechos denunciados podrían ser constitutivos de Infracción de la Normativa reguladora del Parque Micológico, a tenor del contenido del Apartado 1 del Capítulo IV sobre “Infracciones” de las “Normas de aprovechamiento” del “Proyecto de Ordenación y Planificación del Recurso Micológico en Ultzama”.

2.–Para la incoación de los presentes Expedientes Sancionadores se ha acordado designar a doña M.ª Aránzazu Martínez Urionabarrenechea, Alcaldesa de este Ayuntamiento, como Órgano competente para la iniciación y resolución de tales Expedientes Sancionadores, a don Nicasio Doray Bengoetxea, Concejal de Montes del Ayuntamiento de Ultzama, como Instructor de los mismos y como Secretario a don Alfonso Araujo Guardamino, Secretario del Ayuntamiento.

3.–Otorgar al denunciado un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente Anuncio, para que puedan alegar lo que a su derecho convenga y proponer las pruebas que consideren convenientes para su defensa, debiendo hacerlo mediante presentación de escrito en el registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

4.–Señalar que contra los actos definidos en la Resolución por las que se acuerda la apertura e incoación del Expediente Sancionador referido, que no son definitivos en vía administrativa, no cabe la interposición de Recurso por tratarse de actos de trámite, sin perjuicio de que, ex artículo 112.–1 de la Ley 39/2015, del Régimen Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados puedan efectuar, si procede, las alegaciones que estimen convenientes, a los efectos de que sean consideradas en la Resolución que ponga fin al procedimiento.

Larraintzar (Valle de Ultzama), 20 de octubre de 2016.–La Alcaldesa, M.ª Aránzazu Martínez Urionabarrenechea.

RELACIÓN DE EXPEDIENTES

Expediente: 1/2016. Boletín de Denuncia: fecha 09/10/16. Persona denunciada: Boyko Gochev Sashev. Lugar de la denuncia: Coordenadas: 612041 4766099. Fecha y hora de la denuncia: 09-10-16, 15:20 horas. : -. Hecho denunciado: Recolectar hongos sin permiso expedido por la Dirección del Parque Micológico de Ultzama. Precepto infringido: Capítulo II de las Normas de Aprovechamiento del Proyecto de Ordenación y Planificación del Recurso Micológico en Ultzama.

Código del anuncio: L1612063