BOLETÍN Nº 119 - 21 de junio de 2016

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CARCASTILLO

Aprobación definitiva de modificación de tarifas, tasas, precios públicos y tipos impositivos para el ejercicio de 2016

El Pleno del Ayuntamiento de Carcastillo, en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2015, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de modificación de tarifas, tasas, precios públicos y tipos impositivos para el ejercicio de 2016 (publicado en el Boletín Oficial de Navarra, número 21, de fecha 2 de febrero del 2016).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la citada modificación, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos oportunos.

Carcastillo, 23 de mayo de 2016.–El Alcalde-Presidente, Javier Igal Iguaz.

TARIFAS, TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y TIPOS IMPOSITIVOS 2016

–Contribución urbana: 0,270.

–Contribución rústica: 0,457.

–Impuesto Vehículos: Las tarifas que marca la ley.

–Impuesto Construcciones:

  • 3,32% solicitudes de licencia con proyecto.
  • 4,90% solicitudes de licencia sin proyecto.

–Impuesto Actividades Económicas: 38%

–Impuesto Incremento Valor de los Terrenos: 13,75%

–Ordenanzas:

1.–Instalaciones deportivas:

  • Piscinas:
  • Abonos mayores: 57 euros.
  • Abonos menores de 12 años: 30 euros.
  • Abonos de 12 a 16 años: 41 euros.
  • Abonos jubilados locales mayores de 65 años: 30 euros.
  • Abonos quincenales: 36 euros.
  • Entradas mayores: 5 euros.
  • Entradas menores: 3 euros.
  • Entradas jubilados locales: 3 euros.
  • Familias numerosas, pensionistas y discapacitados: 20% dto.

En unidades familiares donde se adquieren varios abonos de temporada, el primero de ellos será el precio estipulado, el segundo tendrá un descuento del 10%, el tercero de un 20%, el cuarto de un 30% y así sucesivamente.

Los primeros abonos a adquirir y aplicar descuentos en la unidad familiar serán los de adultos, debiendo adquirirse todos los abonos de la unidad familiar a la vez para poder aplicarse el descuento.

Las familias numerosas podrán optar por la opción que consideren más conveniente de las dos.

  • Polideportivo:
  • Utilización pistas mayores 16 años: 18,75 euros.
  • Utilización pistas menores 16 años: 6,75 euros.

2.–Ordenanza cesión de uso de locales.

1. Salón de Actos escolar:

1.a) La cantidad de 30 euros/dia, cuando la finalidad de su utilización fuera la de celebrar reuniones, conferencias, exposiciones y cualquier otro evento de carácter público y la afluencia prevista no exceda de 200 personas.

1.b) La cantidad de 125 euros/dia, cuando la finalidad de su utilización fuera la de celebrar eventos de carácter privado y la afluencia prevista no exceda de 200 personas.

  • El horario de uso en sábados no podrá exceder de las 02:,00 h del domingo, debiendo quedar en las debidas condiciones de limpieza para las 10:00 del domingo ó festivo.
  • El horario de uso en domingos ó festivos, no podrá exceder de las 22:00 del mismo día, debiendo quedar en las debidas condiciones de limpieza para esa misma hora.
  • En cualquier caso, solamente se permite la elaboración de cocina y alimentos dentro del patio escolar de las instalaciones.

2. Carpa municipal:

2.a) La cantidad de 50 euros/dia, cuando la finalidad de su utilización fuera la de celebrar eventos, ceremonias, fiestas de carácter público y el afluencia prevista no exceda del máximo legal permitido.

2.b) La cantidad de 125 euros/dia, cuando la finalidad de su utilización fuera la de celebrar eventos de carácter privado y la afluencia prevista no exceda de del máximo legal permitido.

  • *Queda contemplada la posibilidad de que pueda coincidir más de una celebración, haciéndose un uso compartido de la instalación (con mismos derechos y obligaciones para cada una de ellas).

3. Sala multiusos biblioteca:

La cantidad de 50 euros/dia, cuando la finalidad de su utilización fuera la de celebrar reuniones, conferencias, exposiciones y cualquier otro evento de carácter público y la afluencia prevista no exceda de 50 personas.

4. Cine municipal:

4.a) La cantidad de 125 euros/dia, cuando la finalidad de su utilización fuera la de celebrar reuniones, conferencias, actuaciones y cualquier otro evento de carácter público ó privado que no conlleve el consumo de alimentos, bebidas, y la afluencia prevista no exceda del máximo legal permitido para este aforo.

5. Salón-bar, piscinas municipales:

La cantidad de 50 euros/dia, cuando la finalidad de su utilización fuera la de celebrar cursos, catas, demostraciones de carácter público y la afluencia prevista no exceda del máximo legal permitido para este aforo.

6. Salón de Plenos Ayuntamiento:

La cantidad de 30 euros/dia, cuando la finalidad de su utilización fuera la de celebrar ceremonias, bodas o cualquier otro evento de carácter civil y privado.

7. Polideportivo:

7.1. Salas superiores:

La cantidad estipulada en Tasas cuando la finalidad de su utilización fuera la de celebrar cursos y actividades deportivas, que aún organizadas por Asociación local, se desarrollen con monitor remunerado y los usuarios paguen cuota por el mismo.

7.2. Pista central:

La cantidad de 150 euros/dia, cuando la finalidad de su utilización fuera la de celebrar cursos, actividades lúdico-deportivas, al margen de las propias recogidas en Tasas.

8. Centro Cívico:

La cantidad de 50 euros/dia, cuando la finalidad de su utilización fuera la de celebrar cursos, catas, demostraciones ó proyecciones, a iniciativa privada.

9. Colegio Monjas:

La cantidad estipulada en Tasas cuando la finalidad de su utilización fuera la de celebrar cursos que, aún organizados por cualquier Asociación local, se desarrollen con monitor remunerado y los usuarios paguen cuota por el mismo: 3,85 euros/hora.

3.–Por apertura de zanjas en terrenos de uso público o cualquier remoción del pavimento ó aceras:

  • Apertura de zanjas: precio valor mercado en cada momento.

4.–Ordenanza por aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo:

  • Por aprovechamiento del suelo:
  • Mercadillos por metro lineal: 1,65 euros.
  • Rastrillo: 2,80 euros.
  • Vehículos-bar: 12,50 euros.
  • Vehículos ambulantes: 12,50 euros.
  • Por aprovechamiento del subsuelo:
  • Por tanque instalado: 326 euros:
  • Cuota mínima por instalación y aprovechamiento de redes generales de distribución de gas por metro lineal al año: 6,50 euros.
  • Por ocupación de calles, materiales de escombros y otros para la ejecución de obras:
  • Primer mes: 0,33 euros/m².
  • A partir del primer mes: 0,44 euros/m².
  • Por corte de calle:
  • A razón 6,50 euros/día.

5.–Cine.

  • Entrada adultos: 4 euros.
  • Abono de 10 entradas: 35 euros.
  • Entrada infantil: 3,5 euros.
  • Abono de 10 entradas: 30 euros.

6.–Tarifas a la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por expedición y tramitación de documentos:

  • Expedición de certificados : 1 euro.
  • Fotocopia compulsada: 1,50 euros.
  • Compulsa: 1 euro.
  • Consulta en archivo: Plazo máximo de 15 días.
  • Licencias de actividad clasificada:

1. Ud. Informe favorable o requerimiento de los proyectos de actividades clasificadas descritas en el anejo 4D de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental: Lo que acuerde Namainsa.

2. Ud. Informe favorable o requerimiento para la concesión de licencias de apertura de actividades clasificadas de proyectos descritos en el anejo 4 D de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de intervención para la protección ambiental: Lo que acuerde Namainsa.

3. Ud. Informe favorable o requerimiento para la concesión de licencias de apertura de actividades clasificadas de proyectos descritos en los anejos 4 A, 4B y 4C de la Ley Foral 4/2005,l de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental: Lo que acuerde Namainsa.

4. Ud. Informe de consultas o denuncias solicitadas por el Ayuntamiento: Lo que acuerde Namainsa.

5. Ud. Visita de técnico para la elaboración del informe correspondiente: Lo que acuerde Namainsa.

6. Ud. Informes en el Procedimiento de obtención de licencia de actividad inocua de la Ley Foral 4/2005: Lo que acuerde Namainsa.

7. Ud. Informes en el Procedimiento de obtención de Licencia de Apertura de Actividad inocua de la Ley Foral 4/2005: Lo que acuerde Namainsa.

8. Ud. Visita de técnico para la elaboración del informe de Actividad Inocua: Lo que acuerde Namainsa.

9. Publicaciones en periódicos y boletines de tramitaciones de expedientes: el coste de dicha publicación.

Carcastillo, 23 de mayo del 2016.–El Alcalde, Javier Igal Iguaz.

Código del anuncio: L1606401