BOLETÍN Nº 89 - 11 de mayo de 2015

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO DOS DE PAMPLONA

Edicto convocatoria de subasta. Ejecución 230/2013

Doña Aranzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos.

Hago saber:

En el procedimiento de ejecución número 0000230/2013 seguido a instancia de María Paz Rodríguez Varela, frente a Miguel Ángel Lecea Zufiaurre, se ha acordado la enajenación mediante subasta del siguiente bien:

–Bien o lote de bienes: vehículo con placa de matrícula 5757 BNT.

–Lugar donde se encuentra depositados: en un garaje particular de la calle Zelay número 20 de Alsasua.

–Valoración: 2.000 euros.

–Lugar, fecha y hora de celebración: el día 27 de mayo de 2015 a las 13:00 horas, en Sala de vistas 104 (Planta 1) de este órgano.

Si por causa de fuerza mayor se suspendiese se celebrará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar, exceptuando los sábados.

La subasta se anunciará en el portal de subastas judiciales y electrónicas existente y dependiente del Ministerio de Justicia.

–Información y condiciones de la subasta:

Primera.–Antes de verificarse el remate podrá el deudor liberar sus bienes, pagando principal, intereses y costas.

Segunda.–Los licitadores deberán identificarse de forma suficiente, declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta y presentar resguardo de que han depositado en el Banco Santander, sucursal de Cortes de Navarra, 5 de Pamplona, en la cuenta 0030-8025 referencia de procedimiento número 0030 1846 42 0005001274, al concepto 3159 0000 64 023013 de depósitos y consignaciones de este Juzgado, o de que han prestado aval bancario, por el importe del 5% del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo de ingreso, a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la LEC.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 652.1 de la LEC, las cantidades depositadas para participar en la subasta serán devueltas una vez el acto de la subasta finalizado.

Tercera.–Desde el presente anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, que contendrá identificación en forma suficiente del postor y declaración de que conoce las condiciones de la subasta, acompañando justificante de haber efectuado el depósito a que se refiere la condición anterior. Los sobres cerrados serán abiertos al inicio de la subasta y las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.

Cuarta.–El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.

Quinta.–Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose facultad de ceder el remate a un tercero.

Sexta.–En la subasta se podrán ofrecer cantidades libremente, si bien, la aprobación directa del remate sólo se producirá si la cantidad más alta de las ofrecidas fuera igual o superior al 50% del valor de los bienes subastados, sin ofrecimiento de pago aplazado. Si la postura fuese inferior, se estará a lo previsto en el artículo 650 de la LEC.

Séptima.–El precio del remate deberá abonarse en el plazo de 10 días siguientes a la aprobación del mismo.

Octava.–Para el caso de resultar desierta la subasta, tendrán los ejecutantes o, en su defecto, los responsables legales solidarios o subsidiarios, el derecho a adjudicarse los bienes por el 30% del avalúo, dándoseles, a tal fin, el plazo común de diez días. De no hacerse uso de este derecho, se alzará el embargo. (Artículo 264 L.R.J.S.).

Novena.–Se dará al precio del remate el destino previsto en el apartado primero del artículo 654, pero el remanente, si lo hubiere, se retendrá para el pago de quienes tengan su derecho inscrito o anotado con posterioridad al del ejecutante. Si satisfechos estos acreedores, aún existiere sobrante, se entregará al ejecutado o al tercer poseedor.

Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio del destino que deban darse al remanente cuando se hubiera ordenado su retención en alguna otra ejecución singular o en cualquier proceso concursal. (Artículo 672.1 de la LEC).

El presente edicto estará expuesto en el tablón de anuncios de esta Oficina Judicial y en los lugares públicos de costumbre hasta la fecha de celebración de la subasta y servirá de notificación al ejecutado, para el caso de resultar infructuosa la notificación personal, en la forma prevenida por la Ley. Y para que conste expido el presente.

Pamplona, 28 de abril de 2015.–La Secretaria Judicial, Aranzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

Código del anuncio: J1506606