BOLETÍN Nº 89 - 11 de mayo de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TIEBAS-MURUARTE DE RETA

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de tenencia de animales domésticos (perros peligrosos)

El Pleno del Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta, en sesión celebrada el día 24 de septiembre de 2014, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de tenencia de animales domésticos (perros peligrosos), modificando el artículo 12 de dicha Ordenanza.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la modificación de la citada Ordenanza, disponiendo la publicación del artículo 12 modificado.

Tiebas-Muruarte de Reta, 29 de abril de 2015.–La Alcaldesa, Yolanda Obanos Irure.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE TENENCIA DE ANIMALES DOMÉSTICOS

Artículo 12. Animales potencialmente peligrosos.

Se considerarán animales potencialmente peligrosos, además de los definidos por la Ley 50/1999, los que a continuación se detallan:

1. Los animales que, perteneciendo a la fauna salvaje, siendo utilizados como animales domésticos, o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.

2. Los perros de las razas: PitBull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu, y en general, todos los animales descendientes de estas razas que presenten rasgos étnicos de las mismas. Estos perros tienen todas o la mayoría de las características que se indican en el Anexo II del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo.

Código del anuncio: L1506544