BOLETÍN Nº 73 - 17 de abril de 2015

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO TRES DE LOGROÑO

Cédula de notificación y citación. Ejecución 41/2015

Doña Judit González Barriales, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Logroño.

Hago saber: Que en el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 41/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Cristina Iñiguez Gracia contra la empresa Parafarmacia Navarro Gómez de Segura, S.L., se ha/n dictado la/s siguiente/s resolución/es de 19.02.15 y 05.03.15 que, en lo necesario, es/son del tenor literal siguiente:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia número 174/2014 de 05.06.14 dictada en autos 814/2013 a favor de la parte ejecutante, Cristina Iñiguez Gracia, frente a Parafarmacia Navarro Gómez de Segura, S.L., parte ejecutada, por importe de 2.018,83 euros en concepto de principal, más otros 323 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Conforme a los artículos 6.3 y 43 de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia y las Instrucciones 2/2014 y 4/2014 del Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en relación a los Protocolos 1, 2, 3 y 4/2014, de implantación de las funcionalidades de realización de los actos de comunicación y de presentación de escritos de trámite, documentos y escritos iniciadores, por medio del sistema informático de telecomunicaciones lex-net en el territorio de la comunidad autónoma de La Rioja, notifíquese el presente vía lexnet.

Póngase en conocimiento de las partes que, al estar asistidas por Letrado o Graduado Social, las notificaciones se practicaran de forma telemática al profesional interviniente.

Conforme al artículo 44 de la LJS el lugar de presentación de escritos y documentos, así como el envío de los mismos por medios técnicos, es la oficina adscrita a los Juzgados de lo Social. Respecto a los Juzgados de lo Social de Logroño, de conformidad con lo dispuesto en la D.A. 2.ª en relación con los artículos 5 y siguientes del Reglamento 2/2010 del CGPJ, la oficina judicial en la que deben presentarse los escritos y documentos es el Decanato de los Juzgados de Logroño, sito en la calle Bretón de los Herreros, número 5-7, y el fax número 941-296-527.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este Jdo. de lo Social número Tres abierta en Banesto O.P., cuenta número 4191/0000/ debiendo indicar en el campo concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SS.ª Doy fe.

El Magistrado Juez. La Secretaria Judicial.

Diligencia de ordenación.

Secretaria Judicial señora doña Judit González Barriales.

En Logroño, a cinco de marzo de 2015.

Presentado escrito por Letrada de la parte ejecutante, Pilar Grández Fraile, se une a los autos de su razón y, visto su contenido, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes así como a don Javier Navarro Gómez De Segura en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en calle Manzanera, 4-6-8 de Logroño, el próximo día 21/04/2015 a las 09:15 horas para la celebración de la comparecencia a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a la cuestión planteada. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

En cuanto a la acumulación que indica, conforme consta en el decreto de adopción de mediadas y los artículos 38 y 39 de la LJS, en cuanto al otrosí, la acumulación debe solicitarse en el primer procedimiento en que se ordenó el despacho de ejecución.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Parafarmacia Navarro Gómez de Segura, S.L., en ignorado paradero o, en su caso, Ad Cautelam, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Logroño, 17 de marzo de 2015.–La Secretaria Judicial, Judit González Barriales.

Código del anuncio: J1504838