BOLETÍN Nº 233 - 20 de noviembre de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1987/2015, de 3 de noviembre, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se ordena publicar el “Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad Pública de Navarra para el año 2015” aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de noviembre de 2015.

En uso de las competencias que me han sido conferidas por el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad aprobados por Decreto Foral 110/2003 de 12 de mayo, se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de noviembre de 2015 por el que se aprueba “la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad Pública de Navarra para el año 2015”.

“ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO
DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA,
DE 3 DE NOVIEMBRE DE 2015, POR EL QUE SE APRUEBA
LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE PERSONAL DOCENTE
E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD PARA EL AÑO 2015

La Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, establece que, a lo largo del presente año, no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, exceptuándose de la citada limitación una serie de sectores y Administraciones que se contemplan en el artículo 21 de la citada norma entre las que se encuentran las Universidades, respecto de las cuales se determina que se aplicará una tasa de reposición de hasta un máximo del 50 por ciento.

El apartado cinco del citado artículo 21, indica que la validez de la autorización de las correspondientes convocatorias de plazas de Cuerpos de personal investigador de las Universidades por parte de la Administración Pública de la que dependan, estará condicionada a que las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición de efectivos se incluyan en la oferta de empleo público que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, deberá ser aprobada por el respectivo órgano de gobierno de la Administración Pública y publicarse en el ‘Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma’ o, en su caso, del Estado, antes de la finalización del año 2015.

Por otra parte, en aplicación de lo previsto en el artículo 62.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción que al mismo ha dado el Real Decreto Ley 20/2015, de 11 de septiembre, las Universidades pueden convocar plazas de promoción interna para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad en número no superior al de plazas objeto de oferta de empleo público de turno libre. En atención a los principios de transparencia e igualdad, resulta precisa la incorporación a la OEP, en su caso, de las plazas cuyo ofrecimiento a la promoción interna se prevea, junto a las plazas ofertadas al turno libre, distinguiéndolas claramente de las mismas.

Tal y como está previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público, la oferta de empleo público, como instrumento de planificación de los recursos humanos, define y cuantifica los efectivos en función de las necesidades y prioridades derivadas de la planificación general de los recursos humanos.

La oferta de empleo público de Personal Docente e Investigador de la Universidad Pública de Navarra para 2015 incluye las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deben proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso. Asimismo, recoge las plazas del Cuerpo de Catedráticos de Universidad que se prevé ofertar a la promoción interna, separándolas de las del turno libre.

El cálculo de la tasa de reposición de efectivos, comunicada al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, en función del número de empleados fijos que durante el ejercicio 2014 han dejado de prestar servicios en esta Universidad, conforme al cálculo previsto en el apartado tercero del artículo 21.Uno. 3 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, es de tres plazas. De conformidad con el artículo 21.uno.2.j) de la Ley 36/2014, la plaza convocada puede ser de Catedrático de Universidad, Profesor Titular de Universidad o Profesor Contratado Doctor.

Asimismo, el número de plazas del Cuerpo de Catedráticos de Universidad que pueden ofrecerse a la promoción interna será, igualmente, de tres.

Visto el informe del Jefe de la Sección de Gestión de Personal, que cuenta con el visto bueno del Director del Servicio de Recursos Humanos.

Informado el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

A propuesta de la Comisión Académica, el Consejo de Gobierno de la Universidad Pública de Navarra, en sesión de 3 de noviembre de 2015, dispone:

Primero.–Aprobación de la oferta de empleo público.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad Pública de Navarra para el año 2015.

Segundo.–Plazas del turno libre.

El número de plazas de Personal Docente e Investigador ofertadas en turno libre para el año 2015 es el siguiente:

CUERPO

GRUPO

TOTAL PLAZAS

Titular de Universidad

A1

3

Tercero.–Plazas de promoción interna.

El número de plazas del Cuerpo de Catedráticos de Universidad ofertadas a promoción interna en el año 2015 es el siguiente:

CUERPO

GRUPO

TOTAL PLAZAS

Catedráticos de Universidad

A1

3

Cuarto.–Procesos selectivos.

Las bases específicas que regulen los procesos selectivos derivados de la presente Oferta de Empleo deberán publicarse en los boletines oficiales que corresponde en el plazo de tres años, a contar desde la fecha de la publicación de esta Oferta de Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

De producirse alguna modificación normativa que permitiera el considerar como plazas de promoción interna aquellas plazas convocadas para su provisión que finalmente resultaran adjudicadas a personal que ya tenía la consideración de personal fijo dentro de la plantilla del PDI de la Universidad Pública de Navarra, no consumiendo, por tanto, tasa de reposición, la presente Oferta de Empleo del Personal Docente e Investigador debería ser considerada con carácter parcial.

Quinto.–Difusión.

Trasladar el Acuerdo al Vicerrectorado de Economía, Planificación y Profesorado, al Servicio de Recursos Humanos y al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.”

Pamplona, 3 de noviembre de 2015.–El Rector, Alfonso Carlosena.

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