BOLETÍN Nº 233 - 20 de noviembre de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 440/2015 de 10 de noviembre, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería por la que se modifica la Resolución 516/2015, de 17 de julio, del Director General de Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2015 de las ayudas a la medida de “Inversiones en explotaciones agrarias”, del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020 para ampliación del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.

La Resolución 516/2015, de 17 de julio, del Director General de Desarrollo Rural establece las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2015 de las ayudas a la medida de “Inversiones en explotaciones agrarias”, del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020.

El Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) número 1698/2005 del Consejo establece en su artículo 17 la medida de inversión en activos físicos y como submedida específica, la determinada en el punto 1, a) de dicho artículo, referida a las inversiones que mejoren el rendimiento global y la sostenibilidad de la explotación agrícola.

La propuesta del Programa de Desarrollo Rural de Navarra (PDR) para el periodo 2014-2020 incluye esta medida. En su definición se han tenido en cuenta, conforme a lo requerido por el propio Reglamento 1305/2013, el DAFO de la Comunidad Foral de Navarra en lo concerniente al desarrollo rural en general y sector agroalimentario en particular.

Así mismo se ha considerado la aportación de esta medida, en el contexto de Navarra, a la consecución y participación en las seis “prioridades de desarrollo rural de la Unión”, orientadas a la consecución de los objetivos de desarrollo rural que contribuyen a la Estrategia Europea 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y que reflejan los objetivos temáticos correspondientes al “Marco Estratégico Común” contemplado en el artículo 10 del Reglamento (UE) número 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) número 1083/2006 del Consejo.

Específicamente la presente medida se ajusta, conforme al artículo 17 del Reglamento 1305/2013, a la prioridad de desarrollo rural de la Unión consistente en “mejorar la viabilidad de las explotaciones y la competitividad de todos los tipos de agricultura en todas las regiones, y promover las tecnologías agrícolas innovadoras y la gestión forestal sostenible”.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Decreto Foral 137/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local

RESUELVO:

1.º Modificar el punto 4.º del resuelvo “plazo de presentación de solicitudes en la convocatoria del ejercicio 2015”, de manera que la redacción queda como sigue:

“El plazo de presentación de solicitudes en la presente convocatoria finalizará el día 30 de diciembre de 2015.”

Pamplona, 10 de noviembre de 2015.–El Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil Jordán.

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