BOLETÍN Nº 148 - 30 de julio de 2014

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

RESOLUCIÓN 1134/2014, de 16 de mayo, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que, en ejecución de la Sentencia firme de 25 de marzo de 2013, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Séptima, en el recurso de casación número 362/2013, se incluye a doña Begoña María Gómez Díaz en la lista de aspirantes seleccionados en la especialidad de Matemáticas (castellano), correspondiente a la convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, aprobada por Resolución 2470/2009, de 14 de diciembre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.

Por Resolución 2470/2009, de 14 de diciembre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, se aprobó la convocatoria para el ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, entre otras en la especialidad de Matemáticas (castellano), en la cual se convocaron veintiocho plazas. En el seno de dicho procedimiento, mediante Resolución 1860/2010, de 14 de junio, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos, se aprobaron las valoraciones definitivas de méritos correspondientes a la fase de concurso, en las que la aspirante doña Begoña María Gómez Díaz obtuvo una valoración de 4,6380 puntos. Interpuesto recurso de casación por la interesada frente a la desestimación del recurso contencioso administrativo contra dicha valoración, el mismo ha resultado estimado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Séptima, mediante la Sentencia dictada con fecha 25 de marzo de 2014 en el recurso de casación 362/2013.

El fallo de la citada sentencia estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por doña Begoña María Gómez Díaz contra la sentencia desestimatoria de fecha 19 de diciembre de 2012 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, Sección 2.ª, en el recurso número 986/2010, deducido por aquella contra la Orden Foral 607/2010, de 23 de septiembre, que confirma la Resolución 1860/2010, de 14 de junio, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación por la que se aprueba la valoración definitiva de méritos en la fase de concurso de la convocatoria para ingreso de Profesores de Enseñanza Secundaria y declara el derecho a la valoración de las publicaciones presentadas por doña Begoña María Gómez Díaz con un total de 0,90 puntos con las consecuencias que de ello se derive.

Siendo firme en vía jurisdiccional el mencionado fallo judicial, procede su ejecución en sus estrictos términos.

La puntuación obtenida por doña Begoña María Gómez Díaz en el procedimiento selectivo de referencia fue: 5,8900 puntos en la fase de oposición y 4,6380 puntos en la fase de concurso, lo que hacía un total de 5,3892 puntos, y conllevó su inclusión en la lista preferente de aspirantes a la contratación temporal que, habiendo superado la prueba de la fase de oposición, no superaron el procedimiento selectivo. En ejecución de sentencia, procede valorar los méritos señalados a dicha aspirante en la fase de concurso, de tal forma que su puntuación final en dicha fase ha de ser de 5,4830 puntos y su puntuación total de 5,7272 puntos. En consecuencia, procede incluir a doña Begoña María Gómez Díaz en la lista de aspirantes seleccionados, en la especialidad de Matemáticas (castellano), correspondiente a la convocatoria de concurso-oposición para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, aprobada mediante Resolución 2470/2009, de 14 de diciembre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la base undécima de la convocatoria, procede su nombramiento como funcionaria en prácticas, con efectos de 1 de septiembre de 2014, significando que deberá realizar la fase de prácticas durante el curso 2014-2015 en el destino que elija en el acto público que a tal efecto se celebre, entre los puestos vacantes o sustituciones de carácter temporal del Cuerpo, la especialidad e idioma superada o, en su caso, especialidades análogas. En caso de superar la fase de prácticas, se procederá a su nombramiento como funcionaria de carrera, retrotrayendo los efectos de dicho nombramiento a fecha 1 de septiembre de 2011, a fin de equiparar su situación a la del resto de aspirantes que superaron el procedimiento selectivo de ingreso convocado por la Resolución 2470/2009, de 14 de diciembre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.

Por otra parte, ha de tenerse en cuenta la doctrina establecida por el Tribunal Supremo, entre otras en la Sentencia de 11 de mayo de 2009 en el recurso de casación 613/2005, conforme a la cual las sentencias judiciales que revisan los procedimientos selectivos, con importante dilación temporal, reconociendo o restableciendo la situación jurídica individualizada del recurrente, únicamente producen efectos entre las partes y no tienen por qué afectar automáticamente a los aspirantes que ya fueron seleccionados y nombrados funcionarios de carrera tras la resolución del correspondiente proceso selectivo. Procede tener en cuenta en estos supuestos el artículo 106 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según el cual las facultades de revisión no podrán ser ejercitadas cuando por prescripción de acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a la equidad, a la buena fe, al derecho de los particulares o a las leyes.

En el presente supuesto, se considera que concurren las circunstancias para la aplicación del artículo 106 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en los términos de la aludida Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de mayo de 2009, en el recurso de casación 613/2005 y, por ello, que se ajusta a Derecho una ejecución de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Séptima, con fecha 25 de marzo de 2014, en la que la adjudicación de una plaza a doña Begoña María Gómez Díaz, aspirante a favor de la cual se declaran derechos en dicha sentencia, no conlleve el cese de don Roberto Carlos Estevez Soba.

Por lo expuesto, en virtud de las facultades delegadas por Resolución 15/2011, de 3 de agosto, del Director General de Recursos Educativos del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Dar cumplimiento en sus propios términos a la sentencia firme de 25 de marzo de 2014, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Séptima del Tribunal Supremo, en el recurso de casación número 362/2013, y en consecuencia:

A) Incluir a doña Begoña María Gómez Díaz en la lista de aspirantes seleccionados, de la especialidad de Matemáticas (castellano), con una puntuación de 5,7272 puntos, correspondiente a la convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, aprobada por Resolución 2470/2009, de 27 de enero, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.

B) Nombrar a doña Begoña María Gómez Díaz funcionaria en prácticas, con efectos de 1 de septiembre de 2014, significando que deberá realizar la fase de prácticas durante el curso 2014-2015 en el destino que elija en el acto público que a tal efecto se celebre, entre los puestos vacantes o sustituciones de carácter temporal del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Matemáticas (castellano) o, en su caso, de especialidades análogas.

En caso de superar la fase de prácticas, se procederá a su nombramiento como funcionario de carrera, retrotrayendo los efectos de dicho nombramiento a fecha 1 de septiembre de 2011, a fin de equiparar su situación a la del resto de aspirantes que superaron el procedimiento selectivo de ingreso convocado por la Resolución 2479/2009, de 14 de diciembre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.

C) Excluir a doña Begoña María Gómez Díaz de las relaciones de aspirantes a la contratación temporal en las que figure, en aplicación del apartado 14 de la Orden Foral 60/2009, de 8 de mayo, del Consejero de Educación.

2.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente Resolución a la Secretaría General Técnica, a la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, del Tribunal Supremo, a las Secciones de Convocatorias, de Régimen Jurídico de Personal y de Contratación de Personal del Servicio de Recursos Humanos, a doña Begoña María Gómez Díaz y a don Roberto Carlos Estevez Soba, indicándoles a estos últimos que contra la presente Resolución podrán promover incidente de ejecución de Sentencia de conformidad a lo establecido en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 16 de mayo de 2014.–La Directora del Servicio de Recursos Humanos, Begoña Unzué Vela.

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