BOLETÍN Nº 148 - 30 de julio de 2014

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 101E/2014, de 24 de junio, del Director de Servicio de Calidad Ambiental por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto de instalación de aerogenerador para suministro eléctrico a vivienda aislada, en el término municipal de Cabanillas, promovido por Aramendia Gil, Francisco Javier.

Ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anejo 2C epígrafe I) Instalaciones relativas a la energía: del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

La actuación proyectada consiste en la instalación de un aerogenerador de 3 kw junto a la Casa Las Marquesas, en el camino Casa de la huerta, instalado para dar la corriente eléctrica necesaria para la carga del sistema de baterías de acumulación en dicha vivienda, aislada de la red eléctrica dentro del término municipal de Cabanillas. La ubicación del aerogenerador proyectada queda fuera del entorno delimitado para el Bien de Interés Cultural Trujal de Belver.

Consta en el expediente informe favorable del Ayuntamiento de Cabanillas, del Servicio de Ordenación del Territorio, del Servicio de Infraestructuras Agrarias y del Servicio de Patrimonio Histórico. La Sección de Evaluación Ambiental informa favorablemente el expediente.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 1158/2013, de 31 de diciembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua.

RESUELVO:

1.º Conceder la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto de instalación de aerogenerador para suministro eléctrico a vivienda aislada, en el término municipal de Cabanillas, promovido por Aramendia Gil, Francisco Javier.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas:

  • Cualquier incidencia sobre la fauna será comunicada inmediatamente a la Sección de Evaluación Ambiental (email: secevamb@cfnavarra.es).
  • Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la actividad pretendida o que pudieran condicionar dicha ejecución, el promotor se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantos informes y autorizaciones fueran precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate.

3.º La Autorización de Afecciones Ambientales del Proyecto estará supeditada a la constitución de una fianza por importe de 2.500 euros para garantizar la restauración o minimización de daños que pudieran ocasionarse por la actividad autorizada.

4.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

5.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

6.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Ayuntamiento de Cabanillas, al Guarderío Forestal (demarcación Tudela) y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 24 de junio de 2014.–El Director de Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

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