BOLETÍN Nº 202 - 18 de octubre de 2013

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NÚMERO UNO DE AOIZ

Edicto. Ejecución hipotecaria 831/2011

Iosune Ardanaz Domench, Secretaria Judicial.

Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de Ejecución hipotecaria, bajo el número 831/2011, en el que se ha acordado sacar a pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo de este edicto, señalándose para que tenga lugar el acto en la sala de audiencias de este órgano, el día 21 de noviembre de 2013 a las nueve horas, con los requisitos siguientes:

1. Requisitos para pujar: Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones 0030 1846 42 0005001274 poniendo en concepto 3140 0000 06 0831 11 ó de haber prestado aval bancario por el 5 por 100 del valor por el que los bienes salen a subasta. (Si se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo). El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, no siendo necesario, en su caso, la consignación de cantidades para intervenir en la subasta. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero (Artículo 647, 669.1.º y 666 Ley de Enjuiciamiento Civil).

2. Posturas por escrito. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas oralmente (Artículo 648 Ley de Enjuiciamiento Civil).

3. Titulación y cargas. Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso. Asimismo aceptan que las cargas y gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, aceptando quedar subrogados en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudica a su favor.

La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (Artículo 668 y 669.2.º Ley de Enjuiciamiento Civil).

4. Condiciones para la aprobación del remate, Posturas admisibles.

1.1. Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 del valor por el que el bien ha salido a subasta se aprobará el remate a favor del mejor postor, quien dentro de los 20 días siguientes deberá consignar la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate.

1.2. Si sólo se hicieren posturas superiores al 70 por 100 del valor por el que el bien sale a subasta, pero ofreciendo pagar en plazos con garantías suficientes bancarias o hipotecarias podrá aprobarse el remate a favor de la mejor de estas posturas, salvo que el ejecutante en los 20 días siguientes pida la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 del valor de salida.

1.3. Si la mejor postura ofrecida en la subasta es inferior al 70 por 100 del valor por el que el bien sale a subasta sólo se aprobará el remate a favor del mejor postor siempre que:

Su postura supere el 50 por 100 del valor de tasación o, siendo inferior, cubra al menos la cantidad por la que se haya despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.

El ejecutado no haya hecho uso de la facultad concedida en el párrafo 4.º del artículo 670 de la L.E.C. (presentar tercero que mejore la postura).

O no concurriendo la circunstancia anterior, el ejecutante no pida la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad supere la mejor postura (Artículo 670 Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. Destino de los depósitos constituidos para pujar. Aprobado el remate se devolverá a los postores las cantidades depositadas a excepción de la correspondiente al mejor postor. Los demás postores podrán solicitar que las cantidades por ellos depositadas permanezcan a disposición del Tribunal para que, si el rematante no entregara en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan, por el orden de sus respectivas posturas. (Artículo 652 Ley de Enjuiciamiento Civil).

6. Quiebra de la subasta. Si el rematante no consignara el precio en el plazo señalado o si por su culpa dejara de tener efecto la venta, perderá el depósito que hubiere efectuado. (Artículo 653 Ley de Enjuiciamiento Civil).

1. Nave industrial. Inscripción. Registro de Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 338, Libro 545, Folio 120, Finca número 42213, por un principal de 115.307,4.

2. Nave industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz Tomo 3381, Libro 545, Folio 125, Finca 42215, por un principal de 115.307,4.

3. Nave industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3381, Libro 545, Folio 130, Finca 42217, por un principal de 115.307,4.

4. Nave industrial. lnscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 33Sl, Folio 135, Folio,545, Finca 42219, por un principal de 115.307,48 euros.

5. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3381, Libro 545, Libro 140, Finca 42221, por un principal de 115.307,48 euros.

6. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3381, Libro 545, Folio 145, Finca 42223, por un principal de 115.307,48 euros.

7. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3381, Libro 545, Folio 150, Finca 42225, por un principal de 115.307,48 euros.

8. Nave Industrial. lnscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3381, Libro 545, Folio 155, Finca 42227, por un principal de 115.307,48 euros.

9. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3381, Libro 545, Folio 160, Finca 42229, por un principal de 128.305,52 euros.

10. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3380, Libro 544, Folio 182, Finca 42153, por un principal de 122.630 euros.

11. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3380, Libro 544, Folio 187,Finca 42155, por un principal de 122.63.

12. Nave Industrial. lnscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3380, Libro 544, Folio 192, Finca 42157, por un principal de 122.63.

13. Nave Industrial. lnscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3380, Libro 544, Folio 197, Finca 42159, por un principal de 122.63.

14. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3380, Libro 544, Folio 202, Finca 42161, por un principal de 122.63.

15. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3380, Libro 544, Folio 207, Finca, 42163, por un principal de 122.63.

16. Nave Industrial. Irscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3380, Libro 544, Folio 212, Finca 42165, por un principal de 122.63.

17. Nave Industrial. lnscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3380, Libro 544, Folio 217, Finca 42167, por un principal de 122.63.

18. Nave Industrial. lnscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3380, Libro 544, Folio 222, Finca 42169, por un principal de 122.63.

19. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3381, Libro 545, Folio 1, Finca 42171, por un principal de 122.63.

20. Nave Industrial. lnscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 3381, Libro 545, Folio 6, Finca 42173, por un principal de 12263.

21. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz. Tomo 338], Libro 545, Folio II, Finca 42175, por un principal de 122.63.

22. Nave Industrial. lnscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz, Tomo 3381, Libro 545, Folio 16, Finca 42177, por un principal de 82.820,7.

23. Nave Industrial. lnscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz, Tomo 3382, Libro 546, Folio 6, Finca número 42257, por un principal de 244.544,0.

24. Nave Industrial. lnscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz, Tomo 3382, Libro 546, Folio 11, 12, Finca número 42259, por un principal de 244.544,04 euros.

25. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz, Tomo 3382, Libro 546, Folio 16, Finca número 42261, por un principal de 244.544,0.

26. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz, Tomo 3382, Libro 546, Folio 21, Finca número 42263, por un principal de 244.544,0.

27. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz, Tomo 3382, Libro 546, Folio 26, Finca número 42265, por un principal de 244.544,0.

28. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz, Tomo 3382, Libro 546, Folio 31, Finca número 42267, por un principal de 244.544,0.

29. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz, Tomo 3382, Libro 546, Folio 36, Finca número 42269, por un principal de 244.544,0.

30. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz, Tomo 3382, Libro 546, Folio 41, Finca número 42271, por un principal de 244.544,0.

31. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Ao1z, Tomo 3382, Libro 546, Folio 46, Finca número 42273, por un principal de 244.544,0.

32. Nave Industrial. Inscripción. Registro de la Propiedad número 1 de Aoiz, Tomo 3382, Libro 546, Folio 51, Finca número 42275, por un principal de 244.544,0.

Valoración: El valor indicado como principal en cada finca coincide con el precio de subasta.

Aoiz, 4 de octubre de 2013.–La Secretaria Judicial, Iosune Ardanaz Domench.

Código del anuncio: J1314018