BOLETÍN Nº 85 - 5 de mayo de 2011

3. Administración del Estado

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Nota-Anuncio. Canon embalse Itoiz

Con fecha 22 de marzo de 2011, ha sido aprobada por la Dirección Técnica de este Organismo la propuesta de canon de regulación del embalse de Itoiz año 2011, a los efectos previstos en el artículo 302 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, R.D. 849/1986 de 11 de abril (Boletín Oficial del Estado: número 103 de 30 de abril).

A.-Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores I y II.1 abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 34,0555531139 euros/Ha.

B.-Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.2 y IV.3 abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 34,6475432844 euros/Ha.

C.-Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, anterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 2,9214343392 euros/Ha.

D.-Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, anterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 2,6467195440 euros/Ha.

E.-Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, posterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 26,6059008702 euros/Ha.

F.-Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, posterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de regulación del Embalse de Itoiz 14,1898137975 euros/Ha.

G.-El Eje del Ebro tendrá la consideración de beneficiario de la regulación del Embalse de Itoiz y abonará la cantidad de 55.162,90 euros, dicha cantidad se tendrá en consideración para el cálculo del canon de regulación del embalse del Ebro.

H.-Los usuarios hidroeléctricos con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0106423603 euros/Kwh.

I.-Los usuarios hidroeléctricos con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0035474534 euros/Kwh.

J.-Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el Canal de Navarra, o desde el rio Irati, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0266059009 euros/m³.

K.-Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el rio Aragón, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0088686336 euros/m³.

L.-Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Irati, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0026605901 euros/m³.

M.-Los ususarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Aragón, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz, 0,0008868634 euros/m³.

N.-El Estado como beneficiario de las Obras (defensa contra avenidas y demás beneficios generales) aportará al Organismo Gestor, en concepto de Canon de Regulación un total de 3.590.927,76 euros.

Lo que se hace público para que, cuantos se consideren perjudicados con dicho canon, puedan formular por escrito las reclamaciones que estimen pertinentes al Excelentísimo Señor Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro durante el plazo de quince (15) días, a contar desde la fecha siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, durante el cual estará de manifiesto la citada propuesta en las oficinas de la Confederación en Zaragoza, Paseo de Sagasta, número 26, en horas hábiles de oficina.

Zaragoza, 23 de marzo de 2011.-El Director Técnico, Francisco José Hijós Bitrián.

Código del anuncio: E1106104