BOLETÍN Nº 85 - 5 de mayo de 2011

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NÚMERO UNO DE TUDELA

Edicto. Medidas de hijo no matrimonial 482/2010

Doña Nuria Creus Portas; Secretaria del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción número Uno de Tudela.

Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Tudela se tramita procedimiento de Medidas respecto a hijo no matrimonial con el número 482/2010 instados por la Procuradora doña M.ª José Ayala Lazaro actuando en nombre y representación de doña Bethy Natividad Peñaloza Bustamante frente a don Alexander Montaño Montaño en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado sentencia número 21/2011 de fecha 17 de febrero de 2011 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que en relación al hijo de doña Bethy Natividad Peñaloza Bustamante y don Alexander Montaño Montaño acuerdo la adopción de los efectos y medidas siguientes:

1.º Atribución a la madre de la guarda y custodia del menor Aitor Josép Montaño Peñaloza.

2.º Privación a don Alexander Montaño Montaño de la patria potestad de su hijo Aitor Josép Montaño Peñaloza, así como de cualquier régimen de visitas.

3.º El padre pagará, en concepto de pensión alimenticia para su hijo la suma de 100 euros mensuales; la señalada suma se actualizará anualmente mediante la aplicación porcentual del índice de precios al consumo que anualmente elabora el Instituto Nacional de Estadística para el total nacional y para el año anterior a la actualización. Los gastos extraordinarios serán sufragados por iguales partes por ambos progenitores previa justificación documental de dicho gasto, debiendo entenderse por gasto extraordinario todo aquel de carácter no periódico que por su cuantía o entidad se deba incluir dentro de la pensión alimenticia, y como tales, y entre otros tendrán esa consideración los gastos médicos, incluidos los psicológicos, no cubiertos por la Seguridad Social, los gastos farmacéuticos no cubiertos por la Seguridad Social, siempre que tengan contenido médico, los gastos escolares correspondientes a la matricula y compra de libros, y todos aquellos que por su entidad así lo aconsejen y se deriven de una actividad o acto consentido por ambos progenitores.

5.º La salida de la menor del territorio español requerirá el consentimiento expreso de la madre doña Bethy Natividad Peñaloza Bustamante.

Sin costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al en que se notifique esta resolución.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo. El Magistrado Juez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Alexander Montaño Montaño en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el fin de que su publicación y colocación en el Tablón de anuncios de este Juzgado.

Tudela, 6 de abril de 2011.-La Secretaria Judicial, Nuria Creus Portas.

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