2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
BAKAIKU
Tipos impositivos y tasa 2011
En sesión plenaria celebrada el 17 de diciembre de 2010, el Ayuntamiento de Bakaiku aprobó entre otros, el acuerdo cuyo texto íntegro se transcribe a continuación, de conformidad a lo establecido en la Ley Foral 2/1995 de 10 de marzo de Haciendas Locales de Navarra
1.-Aprobar los tipos y tasas que van a regir a partir del 1 de enero durante el año 2011.
-Contribuciones e Impuestos:
- Contribución Territorial Urbana: 0,30%.
- Contribución Territorial Rústica: 0,8%.
- Impuesto de Construcciones Instalaciones y Obras: 3,5%.
- Impuestos de Actividades Económicas: las fijadas con carácter general en la Ley Foral 7/1996.
- Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica: la establecida en la ley.
- Impuesto sobre incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:
- Hasta 5 años: 2,5%.
- Hasta 10 años: 2,5%.
- Hasta 15 años: 2,5%.
- Hasta 20 años: 2,5%.
- Se fija el tipo de gravamen en el 10%.
-Tarifas del agua:
- Tarifas Mínimas (hasta 20 m³): 7,6 euros + 7% IVA.
- Pasos adicionales m³: 0,6 euros + 7% IVA.
- Fuente del medio: se colocara un grifo permanente.
- Canon de 3,5 euros por mantenimiento de redes (por cada recibo).
- Toda reposición de contadores va a cargo del usuario.
-Fotocopias: A4: 0,2 euros. A3: 0,5 euros.
-Fax: cada hoja recibida 1 euro y cada hoja enviada 1euros (para particulares).
-Frontón:(por hora de utilización).
- Día: Pueblo: 0 euros. Foráneos: 0 euros.
- Noche: Pueblo: 6 euros. Foráneos: 12 euros.
-Tarifas Puestos de Fiestas:
- Barracas de comida: bocadillos, churrerías, hamburguesas: 200 euros.
- Barracas varias: tirapichón, hinchables: 50 euros.
- Barracas de venta chucherías y juguetes: 35 euros.
- Tasa de limpieza para bares estables pueblo (con pago de impuestos por esa actividad): 100 euros.
- Bares (abiertos como tal para fiestas en locales) y Barracas: 150 euros.
Las tarifas deberán ser abonadas en el momento de pedir la autorización para su instalación y en ningún caso se instalaran sin haber realizado el pago o en su caso se cobrará la tarifa a la persona que solicitó el permiso de instalación (por los cauces que el ayuntamiento crea oportunos).
-Tarifas Lotes de Leña para Hogares:
- El canon para optar a un lote de leña de hogares para 2010 será de 20 euros.
- En caso que sea necesario realizar obras específicas y especiales para acceder al lote, se cobrará la parte proporcional que corresponda a cada lote, de aquella parte que no sea subvencionada por el Gobierno de Navarra.
- Traer leña del monte (fuera del lote del año) se multará con 600 euros.
- Árboles durante el año (no del lote): se cubicará por el alguacil.
-Tarifa de Ocupación del suelo para obras:
- La ocupación del suelo para Obras se regirá respecto a la ordenanza ya existente al respecto.
-Tarifa de Guardería fin de semana y verano:
- Fines de semana durante el curso: Coste del personal se repartirá entre los niños asistentes.
- Vacaciones de verano: Coste del personal se repartirá entre los niños asistentes.
-Solicitudes:
- Aquellas que impliquen informe del arquitecto municipal: 60 euros.
- Cualquier otro informe adicional: lo correspondiente al coste del mismo.
- Temas catastrales: todo aquello que sea a nivel particular, será íntegramente abonado por el solicitante.
-Tasas cementerio municipal:
- Concesión de nichos para 10 años: gratis 10 primeros años para empadronados.
- Para no empadronados: 1.000 euros.
- Renovación de concesión de nichos para empadronados, por 10 años: 300 euros.
- Tasa anual para Panteones:
-Régimen sancionador ordenanza de caminos:
- Arrastre de troncos, exceso de peso, utilización de los caminos con lluvia o nieve para movimiento de material (con camión, tractor, todo terreno, ...): 600 euros de multa, además de la obligatoriedad de arreglo del camino.
- Exceso de velocidad: 100 euros y si fuese reincidente 600 euros.
- Queda excluido en esta apartado el trasporte para alimentar ganado, siempre que se realice con racionalidad y sin exceder el peso máximo autorizado.
- El ayuntamiento se reserva el derecho de negociar contrapartidas con propietarios o transportes que excediesen en peso o que hubieren de transportarse con inclemencias del tiempo.
-Régimen sancionador realización de obras sin previa autorización por el ayuntamiento:
- Paralización de la obra hasta obtención del permiso.
- Multa de 300 euros.
Bakaiku, 17 de diciembre de 2010.-El Alcalde, Eduardo Urrestarazu Fernández.
Código del anuncio: L1104742