BOLETÍN Nº 59 - 25 de marzo de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 27/2011, de 22 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se revoca la Resolución 24/2011, de 9 de marzo, por la que se corrige el error advertido en la base 6.3 de la Resolución 114/2010, de 20 de mayo, relativo a la valoración de la segunda prueba del segundo ejercicio de la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de plazas del puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 114/2010, de 20 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de plazas del puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, la cual se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 66, de 31 de mayo de 2010.

Advertido error por omisión en la valoración de la segunda prueba del segundo ejercicio contenida en la base 6.3 de la convocatoria, relativo a la eliminación de aquellos aspirantes que cometan un número determinado de faltas mecanográficas, se procede a su corrección mediante Resolución 24/2011, de 9 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública. Dicha Resolución se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 52, de 16 de marzo de 2011.

A través de esta Resolución se incluye en el proceso selectivo una causa de eliminación de los aspirantes en la prueba de mecanografía que no estaba prevista inicialmente en las bases de la convocatoria.

Con fecha 21 de marzo de 2011, el Defensor del Pueblo de Navarra comunica al Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública que ha recibido una queja en relación con la Resolución 24/2011 anteriormente reseñada, por lo que solicita la emisión del correspondiente informe y que se estudie con la máxima urgencia la posibilidad de acceder a la petición formulada en la queja, de manera que se celebre la prueba bajo las condiciones aprobadas y publicadas en la convocatoria y, en su caso, en la fecha prevista de 3 de abril de 2011, habida cuenta de las circunstancias del caso, de la fecha anunciada para la celebración del segundo ejercicio y de la existencia de un gran número de ciudadanos afectados.

Como consecuencia de esta petición, el Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública emite un informe jurídico que afirma que la corrección de errores efectuada supone en realidad una verdadera modificación de las bases de la convocatoria, la cual constituye en sí misma un acto desfavorable para todos los aspirantes, por lo que concluye que procede en este momento efectuar una revocación de la citada Resolución por el mismo órgano que la dictó.

El artículo 105.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que las Administraciones Públicas podrán revocar en cualquier momento sus actos de gravamen y desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, o sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

Por ello, en aras de la seguridad jurídica del proceso selectivo y de la garantía de los derechos de los opositores, procede revocar la Resolución 24/2011, de 9 de marzo, de esta Dirección Gerencia, y mantener la redacción originaria de la base 6.3 de la convocatoria respecto de la valoración de la segunda prueba del segundo ejercicio, contenida en la Resolución 114/2010, de 20 de mayo.

En consecuencia, y en aplicación de lo dispuesto por el artículo 55.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Revocar la Resolución 24/2011, de 9 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se corrige el error advertido en la base 6.3 de la Resolución 114/2010, de 20 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, relativo a la valoración de la segunda prueba del segundo ejercicio de la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de plazas del puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

2.º Trasladar la presente Resolución a los miembros del Tribunal calificador y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, significando a los interesados que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los efectos oportunos.

Pamplona, 22 de marzo de 2011.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.

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