BOLETÍN Nº 59 - 25 de marzo de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO de 14 de diciembre de 2010, de la Comisión Foral para la Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios Públicos, por el que se establece el procedimiento para la formalización de encargos de evaluación externa de intervenciones públicas.

La Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos establece que la evaluación de las políticas públicas podrá realizarse por la propia Administración o, externamente, por la Comisión Foral para la Evaluación.

Esta evaluación externa se llevará a cabo por la Comisión Foral para la Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios Públicos, a solicitud del órgano competente de cada Administración. A tal efecto, podrá suscribirse el oportuno convenio en el que se reflejen los compromisos técnicos, jurídicos, administrativos y, en su caso, económicos de cada parte.

La Comisión Foral de Evaluación, considera necesario establecer e informar del procedimiento que seguirá ante la solicitud de evaluaciones externas por parte de las administraciones públicas de Navarra, que culminará en el convenio mencionado.

Por ello, la Comisión Foral para la Evaluación de las Políticas y los Servicios Públicos,

ACUERDA:

1.º La solicitud de evaluación externa de intervenciones públicas podrá realizarse por cualquiera de las administraciones públicas recogidas en el ámbito de aplicación de la Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, (Administración de la Comunidad Foral y sus organismos públicos, entidades locales de Navarra y sus organismos públicos, sociedades públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, y las fundaciones públicas que éstas constituyan conforme a dichas Leyes Forales, siempre que gestionen servicios públicos o presten servicios de interés general para la ciudadanía Navarra), a través del Catálogo de Servicios del Portal de Navarra.

2.º El Servicio de Calidad de las Políticas y Servicios Públicos del Instituto Navarro de Administración Pública, como unidad que presta asistencia a la Comisión Foral para la Evaluación será el encargado de analizar la solicitud y elaborar el correspondiente convenio.

3.º La solicitud solo será admitida en el caso de que cumpla con los criterios establecidos en el procedimiento de formalización de encargos. Posteriormente se realizará un análisis de evaluabilidad, de acuerdo al Protocolo de evaluabilidad elaborado por el Instituto Navarro de Administración Pública, y disponible en su página web, que puede determinar la no aceptación del encargo en caso de que su resultado sea negativo.

4.º En el caso de que el encargo haya superado todos los condicionantes establecidos, se firmará el correspondiente convenio en el que se reflejen los compromisos técnicos, jurídicos, administrativos y, en su caso, económicos de cada parte y se indicarán los siguientes pasos para la realización de la evaluación.

5.º El procedimiento a seguir se encuentra descrito en el Catálogo de Servicios del Portal de Navarra.

6.º Notificar este Acuerdo a los Directores Generales y Directores Gerentes de los organismos públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a los efectos de su conocimiento.

7.º Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos de su general conocimiento.

Pamplona, 14 de diciembre de 2010.-El Presidente de la Comisión Foral para la Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios Públicos, Javier Caballero Martínez.

Código del anuncio: F1104987