BOLETÍN Nº 190 - 26 de septiembre de 2011

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

ALLO

Providencia de apremio

Resolución 158/2001, de 12 de septiembre, del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Allo, dictando Providencia de apremio por la que se inicia el procedimiento de apremio frente a don Francisco Aedo Urra.

Don Fernando Sáinz Aldaba, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Allo.

Teniendo en cuenta que:

1.-Mediante la Resolución de Alcaldía número 124, de 1 de agosto de 2011, se requirió a don Francisco Aedo Urra para que en el plazo de un mes -a contar desde el día siguiente al de la notificación de la misma- abonase a este Ayuntamiento, mediante ingreso o transferencia a su cuenta número 2054.0037.87.1100000021, la cantidad de 14.548,82 euros, a la que asciende el importe de los gastos de redacción del proyecto, visados colegiales, dirección y ejecución de las obras de derribo de la edificación existente en la calle Santo Cristo, número 52, de esta localidad, correspondiente a la parcela 154 del polígono 3, ejecutadas de forma subsidiaria, con el apercibimiento de que, de no ejecutarse su pago en el citado período voluntario, se procedería a su exacción por el procedimiento de apremio.

2.-No figurando inscrita dicha finca en el Registro de la Propiedad de Estella número 2, en el Catastro de este Ayuntamiento figura como propietario don Francisco Aedo Urra, a quien se ha venido notificando las Resoluciones recaídas en este expediente mediante anuncios publicados en el Boletín Oficial de Navarra.

3.-La notificación del requerimiento de pago en período voluntario se efectuó mediante su publicación en el Boletín Oficial de Navarra número 156, de 8 de agosto de 2011.

Considerando lo dispuesto en el artículo 117-7 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria y los artículos 21, 82-b, 87-5, 88, 89, 90, 94, 97 y 98 del Decreto Foral 177/2001, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

Primero.-Dictar en el día de hoy, 12 de septiembre de 2011, la presente Providencia de apremio frente al deudor don Francisco Aedo Urra, por el concepto de gastos de redacción del proyecto, visados colegiales, dirección y ejecución de las obras de derribo de la edificación existente en la calle Santo Cristo, número 52, de esta localidad (correspondiente a la Parcela número 254 del Polígono 3), ejecutadas de forma subsidiaria por este Ayuntamiento, por importe de 17.458,58 euros (14.548,82 euros del principal de la deuda más 2.909,76 euros de recargo de apremio del 20% que se liquida en la presente Providencia), con indicación expresa de que la deuda no ha sido satisfecha, de que ha expirado el correspondiente plazo de ingreso de la misma en período voluntario, del devengo del interés de demora desde esta fecha y hasta la del ingreso de la cantidad adeudada.

Segundo.-Hacer constar, además, los siguientes datos:

a) Motivos de impugnación: El procedimiento de apremio podrá impugnarse por los siguientes motivos:

-Pago o extinción de la deuda.

-Prescripción.

-Aplazamiento.

-Falta de notificación de la liquidación o anulación o suspensión de la misma.

b) Suspensión del procedimiento: El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones establecidas en el artículo 91 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Posibilidad de aplazamiento: Conforme establece el artículo 48 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas en período ejecutivo, debiendo presentarse las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento en el Registro del Ayuntamiento de Allo.

d) Plazo y lugar de ingreso: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, la cantidad adeudada deberá ingresarse en la cuenta bancaria municipal número 2054.0037.87.1100000021, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta Providencia de apremio, con la advertencia de que, caso de no efectuar el ingreso en dicho plazo, se procederá sin más al embargo de bienes del deudor.

e) Intereses de demora: Las cantidades adeudadas, excluido el recargo de apremio, devengarán intereses de demora desde el inicio del período ejecutivo hasta la fecha de su ingreso, al tipo legal vigente a lo largo del período en que se devenguen.

f) Costas: En caso de producirse costas en el procedimiento, el Ayuntamiento de Allo repercutirá su importe al deudor, conforme a lo establecido en los artículos 142 y 146 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.

Tercero.-Notificar la presente a don Francisco Aedo Urra a través del Boletín Oficial de Navarra y Tablón de anuncios del Ayuntamiento, haciéndole saber el sistema legal de recursos que frente a la misma cabe interponer.

Cuarto.-Dar cuenta en el próximo Pleno que se celebre de esta Resolución.

Lo que notifico a Ud. para su conocimiento y efectos, haciéndose constar que contra la presente resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes Recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de este acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Organo de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que sea competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación del presente acuerdo, o

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de esta notificación.

Allo, 12 de septiembre de 2011.-El Alcalde Presidente, Fernando Sáinz Aldaba.

Código del anuncio: L1115424