BOLETÍN Nº 124 - 24 de junio de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.5. Estatutos y Convenios colectivos

RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2011, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Convenio Colectivo prorrogado de la empresa Asociación Tele-Taxi San Fermín, de Pamplona.

Visto el texto del Convenio Colectivo prorrogado de la empresa Asociación Tele-Taxi San Fermín, de Pamplona (Código número 31008762012008), que tuvo entrada en este Registro en fecha 15 de mayo de 2011, y que fue suscrito el día 14 de abril por la representación legal y sindical de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

RESUELVO:

1. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de Navarra.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

Pamplona, 6 de junio de 2011.-La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, Imelda Lorea Echavarren.

ACTA DE ACUERDO

Negociación convenio Tele-Taxi San Fermín

Parte social: Betiri Garralda (ELA).

Parte empresarial: Juan Luis García (Gerente). Agustín Iturralde (Presidente).

Siendo las 9,30 horas acordamos modificar e integrar los siguientes puntos al convenio laboral de empresa:

I.-Ámbito de aplicación:

Ámbito temporal: 2011 para un año. Con retroactividad al 1 de enero del 2011.

Una vez finalizada su vigencia y hasta su sustitución por un nuevo convenio de empresa se mantendrán prorrogadas sus cláusulas normativas. Con respecto a los salarios, se incrementarán anualmente en el mes de enero en la misma cuantía del IPC de Navarra del año anterior más 1% a cuenta del incremento definitivo que en su caso se establezca en un nuevo convenio de empresa.

Ámbito de denuncia: Compromiso de negociar tres meses antes de su vencimiento.

II.-Condiciones de trabajo:

Jornada de trabajo:

La jornada será de 1.650 horas al año. Los turnos serán de mañana, tarde y de noche.

Calendario anual: Fijación por acuerdo con la RLT y adelanto de la fecha de entrega individual a los trabajadores/as para la primera semana de diciembre de cada año. En 2011 será entregado antes del 15 de mayo.

Vacaciones:

Fijación de las mismas en 37 días naturales, que se disfrutarán en un bloque de 21 días en verano (entre el 6 de junio y el 18 de septiembre), el resto se disfrutarán de mutuo acuerdo entre empresa y trabajador, preferentemente en bloque de 16 días (entre, del 1 de enero y el 5 de junio y, del 19 de septiembre al 31 de diciembre).

Permisos retribuidos, maternidad, paternidad, adopción y lactancia:

Adecuación a la Ley de Igualdad.

Todas las licencias y permisos serán en días laborables.

Propuestas de mejoras en algunos de los supuestos:

-Todas las licencias se aplicarán a las parejas de hecho.

-Las licencias por enfermedad o ingreso se disfrutarán a lo largo del período de la misma.

Reducción de jornada: Inclusión de la reducción de jornada o reordenación del tiempo de trabajo en casos de violencia de género (justificada con denuncia).

III.-Condiciones económicas:

-Cobro de la nómina el primer día hábil de cada mes.

-Pagas extraordinarias: Cobro el 22 de junio y 22 de diciembre.

-Incremento salarial 2011: IPCN a 31-12-2010, en el caso de Navarra 2,8% + 1 punto.

-Garantía por parte de la empresa de que si el IPCN fuese negativo, éste no repercutiría en la subida salarial de los trabajadores.

-Incrementos adicionales:

  • Plus de Domingos y Festivos: 25 euros.
  • Plus de Nocturnidad: 20 euros por día trabajado.

En Pamplona a 14 de abril de 2011.

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