BOLETÍN Nº 102 - 27 de mayo de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 74/2011, del 18 de mayo, del Director de la Escuela de Seguridad de Navarra, por la que se aprueba la convocatoria pública para constituir, entre el personal al servicio de la Administraciones Públicas de Navarra, una relación de especialistas en determinadas materias, con objeto de seleccionar entre ellos a quienes vayan a colaborar en la impartición de las actividades formativas para el personal de seguridad y emergencias.

El sistema integral de seguridad pública de Navarra, regulado en la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra, modificada por la Ley Foral 15/2010, de 25 de octubre y por la Ley Foral 22/2010, de 28 de diciembre, establece que el personal de los Cuerpos de Policía de Navarra deberá recibir la formación básica necesaria para el desempeño de la profesión, el ejercicio del mando y la gestión, así como la formación continua de actualización y especialización. También atribuye a la Escuela de Seguridad de Navarra la función de impartir la formación al personal de las Policías de Navarra.

Igualmente, la Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Navarra, modificada por la Ley Foral 16/2009, de 23 de diciembre, dispone que la formación del personal de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de Navarra, se realizará a través de la Escuela de Seguridad de Navarra.

Por otra parte, en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Seguridad de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/2005, de 12 de septiembre, se establece que la Escuela de Seguridad de Navarra tiene como finalidad la formación y la participación en los procesos selectivos del personal de seguridad pública de las Administraciones Públicas de Navarra. Asimismo, a los efectos de la formación, describe un concepto amplio del personal de seguridad pública, en el que figuran tanto el personal de seguridad como el de emergencias.

En el diseño y desarrollo de la formación impartida al personal de seguridad y emergencias tiene una relevancia importante el profesorado. De ahí que en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Seguridad de Navarra se regule no sólo el procedimiento para su designación, sino también sus funciones, entre las que figuran las de participar en la determinación y elaboración de los materiales didácticos, impartir las clases, atender las consultas del alumnado y participar en la evaluación.

Si bien la designación del profesorado corresponde al Director de la Escuela de Seguridad de Navarra, el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Seguridad de Navarra regula un procedimiento participativo previo a la designación. Así, el Coordinador de cada una de las áreas que integran el curso de formación colabora en la selección del profesorado de su área. A su vez, la Junta de Evaluación, como órgano colegiado de cada curso de formación, tiene entre otras funciones la de desarrollar y aplicar los criterios de evaluación, los criterios pedagógicos, así como la posibilidad de aportar propuestas de mejora. Por otra parte la Sección de Planificación, Desarrollo y Coordinación de la Escuela de Seguridad de Navarra tiene como una de sus funciones proponer criterios objetivos para la selección del profesorado.

No obstante, con la finalidad de desarrollar el procedimiento de designación del profesorado previsto en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Seguridad de Navarra, resulta necesario realizar la convocatoria contemplada en el artículo 37.4 de dicha norma reglamentaria, al objeto de elaborar una relación de especialistas en determinadas materias, que permita seleccionar a quienes vayan a participar en la impartición de las actividades formativas.

Los datos que se proporcionen por las personas interesadas en intervenir como profesores en los cursos de la Escuela de Seguridad de Navarra, se incluirán en el fichero de tratamiento automatizado de datos de carácter personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos aprobado por Orden Foral 752/ 2010, del 2 de diciembre de 2010, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 15.h) y 37.4 del Decreto Foral 113/2005, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Seguridad de Navarra,

RESUELVO.

1.º Es objeto de la presente convocatoria constituir, entre el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, una relación de especialistas en determinadas materias, para seleccionar entre ellos a quienes vayan a colaborar en las actividades formativas desarrolladas en la Escuela de Seguridad de Navarra para el personal de seguridad y emergencias de Navarra.

2.º Los interesados en impartir las materias formativas deberán formalizar su inscripción en el fichero informatizado denominado "Relación de especialistas para la formación", establecido por la Orden Foral 752/2010 del 2 de diciembre de 2010, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. El acceso al mencionado fichero será a través de http://esn.formainap.net.

3.º La inscripción en el fichero informatizado denominado "Relación de especialistas para la formación" otorgará los siguientes derechos:

a) Tener la posibilidad de participar como profesor en las actividades formativas desarrolladas por la Escuela de Seguridad de Navarra. La selección del profesorado de entre los aspirantes inscritos en el fichero informatizado denominado "relación de especialistas para la formación", se realizará por el Director de la Escuela de Seguridad de acuerdo con el procedimiento establecido en Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Seguridad de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/2005, de 12 de septiembre, y demás normas que resulten de aplicación.

b) Obtención de certificado, en el que constará la condición de profesor con expresión del curso y la materia impartida.

c) Percibir las contraprestaciones de carácter económico correspondientes a las clases impartidas, de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia.

4.º La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Beriáin, 18 de mayo de 2011.-El Director de la Escuela de Seguridad de Navarra, Jesús Barcia Lareu.

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