BOLETÍN Nº 102 - 27 de mayo de 2011

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BARAÑÁIN

Corrección de errores ordenanzas fiscales, tipos impositivos y precios públicos del Ayuntamiento de Barañáin para el año 2011

En el Boletín Oficial de Navarra número 15, de 24 de enero de 2011 fue publicada la aprobación definitiva de modificación de ordenanzas fiscales, tipos impositivos y precios públicos del Ayuntamiento de Barañáin para el año 2011 y, posteriormente, en el Boletín Oficial de Navarra número 87, de 9 de mayo de 2011, se publicó la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local.

Habiéndose detectado errores en dichos anuncios en las ordenanzas fiscales números 4, 7,19 y 31 consistentes en que parte de los anexos de tarifas recogidos en dichas ordenanzas y publicados no obedecen al tenor literal otorgado a los mismos por el acuerdo plenario de fecha 30 de septiembre de 2010 en el que dichas ordenanzas fueron aprobadas y en el anexo de tarifas de la ordenanza número 12 por cuanto dicho anexo no tiene correspondencia con los acuerdo de pleno de fechas 30 de septiembre de 2010 y 27 de enero de 2011, plenos en los que dicha ordenanza fue aprobada y modificada, se procede en ejercicio de la facultad atribuida a las Administraciones Públicas por el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la rectificación de oficio de los mismo quedando, en consecuencia, los anuncios publicados en fecha 24 de enero de 2011 en el Boletín Oficial de Navarra número 15 y en fecha 9 de mayo de 2011 en el Boletín Oficial de Navarra número 87 en las ordenanzas referidas con el siguiente tenor:

Ordenanza número 4. Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por expedición y tramitación de documentos.

Se elimina el epígrafe VIII del anexo de tarifas.

Ordenanza número 7. Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por inspecciones previstas en ordenanzas y acuerdos municipales.

El epígrafe I del anexo de tarifas debe figurar con el siguiente tenor:

"Visitas de inspección efectuadas para la tramitación de:

-Licencia de primer uso y de modificación de uso de actividades no sometidas a licencia municipal de actividad clasificada.

-Transmisión de la licencia de primer uso de actividades no sometidas a licencia municipal de actividad clasificada.

-Licencia de apertura de actividades sometidas a licencia municipal de actividad clasificada contempladas en la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo.

-Cambios de titularidad de actividades sometidas a licencia municipal de actividad clasificada contempladas en la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo.

153 euros".

Ordenanza número 12. Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local.

El epígrafe I (Aprovechamientos especiales en el suelo) del anexo de tarifas debe figurar con el siguiente tenor:

-Mesas sillas, veladores descubiertos u otras instalaciones análogas de enero a diciembre por m²: 25,00.

-Veladores cubiertos por m²: 40,00.

-Barracas fiestas: 5.870,00.

-Caravanas, remolques y demás vehículos no automóviles, cuando sean autorizados expresamente, sin que el pago de la tasa prejuzgue la autorización:

Importe día: 3,75.

Importe mes: 55,65.

-Otra utilización o aprovechamiento para actividades no económicas, vallados, mudanzas, contenedor de obras... que no constituya una actividad económica: por cada 10 m² o fracción al día, a partir de 20 euros: 1,00.

-Otra utilización o aprovechamiento para actividades económicas: por cada 10 m² o fracción al día, a partir de 20 euros: 1,50.

-Barras de bar en fiestas: 830,00.

-Kioskos temporada mayo a octubre: 305.

-Mercadillo:

  • Importe día: 36,00.
  • Importe mes: 85,00.
  • Trimestre: 235,00.
  • Semestre: 450,00.
  • Anual: 850,00.

-Venta ambulante en fiestas: 84,25.

-Fianza por puesto de venta ambulante: 21,05.

-Cajeros de entidades bancarias instalados en fachadas a la vía pública: por cada cajero al año: 115,00.

-Kioskos y cabinas para la venta de cupones y loterías: por cada cabina o kiosko al año: 63,00.

-Expendedores instalados en fachadas a la vía pública: por cada expendedor al año: 63,00.

Ordenanza número 19. Ordenanza fiscal reguladora de precios públicos por entrada, inscripción o matrícula en cursos y actividades de carácter cultural organizados por el Ayuntamiento.

Se añade un apartado 6.4 al artículo 6 "tarifas" con el siguiente tenor:

6.4. En el caso de que algún curso genere déficit podrá cubrirse con el superávit generado por otro curso.

Ordenanza número 31. Ordenanza fiscal reguladora del precio público por asistencia a talleres de formación organizados por el Ayuntamiento de Barañáin en el telecentro municipal.

El anexo de tarifas, epígrafe I "talleres formativos organizados e impartidos por el telecentro" debe figurar con el siguiente tenor:

"Precio público por taller formativo y persona empadronada: 6,00 euros.

Precio público por taller formativo y persona no empadronada: 9,00 euros.

La administración y el cobro del precio público se llevarán a cabo por el Ayuntamiento de Barañáin, de acuerdo a la forma y lugar establecidos en cada caso por las bases de la organización del taller formativo.

Las personas no empadronadas en Barañáin sólo serán admitidas cuando queden plazas libres en los cursos o talleres. Para ellos el precio de cada curso será al menos el 50% superior a las personas empadronadas en Barañáin.

Acabado el plazo de inscripción, en cada caso de quedar plazas libres en alguno de los cursos o talleres ofertados, podrán darse nuevas matrículas siempre y cuando abonen la totalidad del curso.

Las tarifas a aplicar deberán cubrir en todo aso, como mínimo, el coste directo del servicio, entendiendo como tal, el coste del monitor o empresa que preste el servicio."

Lo que se hace público para general conocimiento.

Barañáin, 18 de mayo de 2011.-El Alcalde-Presidente, José Antonio Mendive Rodríguez.

Código del anuncio: L1108986